Re: Registro de amarre
El amarre entiendo que no puede ser embargado por es propiedad del Estado, y el vendedor del barco lo único que tiene es un derecho de uso de ese amarre por un tiempo determinado. Pregunta primero en el puerto y después en la Comunidad autónoma y ten en cuenta (en mi puerto ha habido recientemente varios engaños con motivo del término de la concesión) de que nunca vas a ser el propietario del mismo.
Suerte con la venta.
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