La ley se interpreta en primer lugar conforme su sentido gramatical. Al igual que la ley del IVA , se distingue entre asociaciones deportivas de interés general y las que no lo son. El informe es claro y como se desprende del mismo el consultante es un club deportivo, que haberlos haylos!!!

Que se paga reducido es un hecho, ahora si hay otros lugares en que no se cumple la ley, para eso existe el procedimiento administrativo y el contencioso administrativo (si se quiere, claro, no es obligatorio).
mucha suerte. Creo que el tema ya está agotado (por mi parte)
unas caipirinhas cofrade

