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Antiguo 18-01-2011, 01:08
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Eirín Eirín esta desconectado
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Predeterminado Re: Legalidad De Un Fondeo Permanente En Muerto

En efecto, Al- Tanllaui, lo que tan magistral y brevemente te ha explicado Jangada es la situación que se repite muy abundantemente en muchos aspectos del derecho en general.No es posible apropiarte de algo que de por sí no puede tener dueño.Las calas, los fondos, las láminas de agua, son bienes de dominio público que por naturaleza son inalienables, no se pueden transmitir, ni adquirir.Salvo expropiación forzosa por causa de interés común, y ello tras la tramitación de un expediente y con el pago de un justo precio.

El hecho de que se esté "ocupando" sin título alguno o con la permisividad de las autoridades competentes, no posibilita su adquisición jurídica, ni permite una suerte de derecho por su uso a l largo del tiempo.
Es parecido a lo que ocurre con las propiedades privadas situadas de facto en terrenos lindantes con el mar o con la orilla.Por eso mucha gente se sorprende porque viene la Ley de Costas y les quita lo que han estado disfrutando ilegalmente y en perjuicio de los demas durante un porrón de años.
No puede nacer un derecho de una ilegalidad.Y usar el mar, o la costa, sin permiso del Estado y de forma privativa, es ilegal.

Un abrazo.

Eirín.
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Eirín.
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Al_Tanllaui (18-01-2011), Jangada (18-01-2011)