Cita:
Originalmente publicado por P27
Creeme que lo siento pero tengo que decirte dos cosas
Una: Leete los post que se ponen en LTP, cada vez que sale alguna legislacion te enteraras de mucho tanto obligaciones como derechos. Para eso tenemos este apartado especifico
Dos Usa esa legislacion para que no te tomen el pelo, y despues no protestes por no haberte enterado
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Gracias por el consejo, así lo haré pero entiende que se supone que el inspector y capitanía deberían conocer perfectamente la normativa y aplicarla correctamente (que ingenuo soy).
Respecto tu reproche, como dicen en mi pueblo, A COJON VISTO MACHO SEGURO....