[quote=fletxa;968976]

Lo que no entiendo es porqué el Capitán introduce para la zona 3 el concepto de "puerto de abrigo". La definición de la zona 3 sólo se refiere a la distancia a la costa:
[font=5485][color=#292526][font=5485][color=#292526]
"Zona «3». Navegación en la zona comprendida entre
la costa y la línea paralela a la misma trazada a 25 millas."
[font=5485][color=#292526](En cambio, la definición de la zona 5 sí que se basa en la noción de puerto de abrigo: "
Navegación en la cual la embarcación no se aleje más de 5 millas de un abrigo o playa accesible.")
A ver si algún cofrade nos puede iluminar...
Bueno...creo que esta va a ser mi cruzada personal!!
Como bien sabemos, zona 3 = navegar a como máximo 25 millas de la costa.
Bien, según el propio Ministerio de Fomento, a través del Instituto Geográfico Nacional, la definición de costa es

rilla del mar, tierra próxima a ella(os pongo el enlace)
http://www.ign.es/ign/layoutIn/aneDe...?palabra=costa
A su vez, reconocen Columbretes como isla o islote español(territorio español), con lo que, territorio español + orilla del mar = costa española ¿no?
http://www.ign.es/ign/layoutIn/faqcgg.do