En la lectura de este post se aprecian muchas propuestas diferentes que van desde una simplificación de las titulaciones, la eliminación de algunas y a el mantenimiento de estas modificando atribuciones pero manteniendo serias restricciones.
Es lógico entender que muchos de los que ya se han examinado y aprobado sus exámenes, consideren injusto que los nuevos aspirantes a navegantes tuviesen que superar exámenes y pruebas más sencillas con más atribuciones.
Por otra parte, muchos de los que navegamos en este país, lo hacemos cada vez más a menudo hacia otros mares, dentro y fuera del entorno de Europa. Ello conlleva que en nuestras singladuras coincidimos con otros navegantes de otros países, en la mayoría de los cuales, las titulaciones son voluntarias o solamente obligatorias en el caso de las embarcaciones de recreo.
De hecho tal como indica el cofrade Teteluis existe la resolución nº 40 de Naciones Unidas TRANS/SC.3/147, adoptada ya por estos países de la UE (ver página 4
http://www.unece.org/trans/doc/2009/...3-2009-10e.pdf) y que España aún no ha adoptado. Pero de hecho, en alguna zonas de navegación, las autoridades españolas ya están solicitando esta certificación de título como indica el sitio de NOONSITE. Lo que hace sospechar que tarde o temprano, dicha resolución, será ratificada por España como por los pocos países de la UE que aún no lo han hecho.
En mi opinión, sería interesante conocer las titulaciones voluntarias y obligatorias existentes dentro de la UE y adaptar la nueva legislación a esta realidad europea. Los navegantes españoles no somos menos capaces y responsables que los franceses, belgas o ingleses u otros que no exigen, por ejemplo, la titulación obligatoria para las embarcaciones de vela en cualquier tipo de navegación. La reforma se debe hacer con la idea de simplificar y de alineación con las normas de los países de nuestro entorno.
Las asociaciones que defienden los intereses de los navegantes (no los de las academias ni de otras empresas que existen y viven por la legislación actual) deberían hacer primero un cuadro comparativo de los títulos obligatorios y voluntarios, y de los casos de la no existencia de obligación de títulos, dentro de nuestro entorno de la UE así como de sus legislaciones. Y a partir de estos cuadros hacer una propuesta de simplificación, por ejemplo con uno titulo costero para embarcaciones de motor y uno de altura, añadiendo la limitación lógica impuesta por la categoría de navegación de la homologación del barco y de su equipamiento, y liberar a los veleros de la obligación de titulo en cualquier tipo de navegación. No olvidemos que el desarrollo de la náutica en España viene lastrado por las titulaciones actuales y la fiscalidad. El argumento de la siniestrabilidad por falta de titulo no es válido, basta con mirar los índices de siniestrabilidad de Francia, Inglaterra, Bélgica y Alemania.
Estamos ante una muy buena ocasión para adecuar nuestra legislación y propiciar un real despegue de la náutica en España.