Compañero cofrade:
A falta de una opinión "colegiada" yo diria que sin papeles del barco y sin tansiquiera un contrato de compraventa resulta que el barco no es tuyo.
Lo que sí podrías hacer, si se trata de una deuda reconocida documentalmente es negociar la permuta con los herederos del deudor.
Esa es mi opinión, naturalmente discutible.
Un saludo y unas
