Ver mensaje
  #72  
Antiguo 02-02-2011, 14:43
Avatar de Iñaki/Sinvergüen
Iñaki/Sinvergüen Iñaki/Sinvergüen esta desconectado
Hermano de la costa
 
Registrado: 12-01-2007
Localización: Puerto base en Cataluña
Edad: 61
Mensajes: 2,098
Agradecimientos que ha otorgado: 554
Recibió 403 Agradecimientos en 265 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011

He encontrado un matiz interesante en el Decreto 1867/1970, de 9 julio. Reglamento General de trabajadores del mar. (B.O.E. de 11 de julio de 1969)
y es que: para formar parte de este régimen has de vivir fundamentalmente de esta actividad.

Entiendo, pues que alguien que tiene esta actividad como un pluriempleo o como una actividad profesional complementaria de otra que sí es principal, no tiene o no puede acogerse al Régimen Especial del Mar...

Por lo que creo que se puede estar dado de alta del régimen de trabajadores autónomos siempre que esta actividad no sea la principal de la que vives.

Seguiré investigando...
__________________
Iñaki
Citar y responder