Yo lo vendería "as is", es decir, con bandera polaca, y con la documentación de cambio de titularidad del barco y de la licencia radio tramitadas ante las autoridades polacas. Si el nuevo propietario decide más adelante cambiar de bandera, es asunto suyo.
¿Por qué? Porque si por lo que sea los trámites tardan más de lo previsto, o al nuevo propietario le deniegan el abanderamiento, o tiene un accidente o peor aún, se dedica al tráfico de estupefacientes o de inmigrantes ilegales con un barco en el que tú figuras como propietario, te puedes ves metido sin necesidad en un lío que puede ser muy gordo.
Es cierto que algunas Administraciones (entre ellas la española) admiten el cambio de bandera simultáneamente al cambio de titularidad, pero a mí no me convence.
También hay otras Administraciones que por mucho que se les haya presentado un documento de compraventa, no consideran que la transferencia de la propiedad del barco se ha hecho efectiva hasta que ellos no han hecho el correspondiente asiento en su Registro. Creo que esta es la forma más seria de hacer estas cosas.
Saludos y