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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Es que me preguntaba, para emprezar, si sirve para algun trabajo como barcos de cargas o cosas asi...
Alguien sabe para que cosas puede servir? Y otra cosa, segun lo que he visto, el CY no tiene limites, de barcos de 20 metros para arriba y navegar por donde se quiera, pero digo yo que un capitan de yate no va a conducir un crucero de 250 metros... sabeis que limites tiene? Gracias! ![]() |
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#2
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Para trabajar profesionalmente, tienes que tener el titulo de Patron Peofesional de embarcaciones de recreo, que se obtiene después de cumplir un examen en Madríd, y varios cursillos.
Lógicamente solo se accede con el titulo de Capitan de Yate, y ese PPER, puede llevar embarcaciones de lista 6ª o 7ª hasta 12 pasajeros (incluido del patrón). De por si, el Capitan de Yate no puede ejercer en caso alguno como profesional, por tanto ni de marinero. ![]()
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Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante) EA 3 CBT
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Tatatoa | ||
ortocaso (20-05-2013) | ||
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#3
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Cita:
Por cierto este título permite el gobierno de embarcaciones sin ningún limite de eslora, potencia de motor o distancia a la costa. Las embarcaciones que tengan una eslora superior a 24 metros se ajustarán a las normas de seguridad específicamente establecidas para las mismas. Todo esto para embarcaciones de recreo y nunca para uso comercial.
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![]() RAFNI KAI www.RAFNI.es "Sean felices, porque la vida es urgente. La vida es una y ahora, así que hay que vivirla a tope y con intensidad" |
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#4
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Cita:
Exacto, literalmente como dice la DGMM : ' Las Titulaciones de Recreo facultan para manejar embarcaciones deportivas que no tengan fin comercial'. El PPER es la cualificación para poder trabajar, siendo previamente CY: llevando 11 pasajeros (charter) legalmente, haciendo traslados, dando las prácticas de motor y vela hasta PER, etc.. ![]() |
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#5
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Así es, en España.
Pero hay formas de trabajar en algunos países extranjeros (complementando la formación y la experiencia) ![]() |
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#6
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Cita:
Saludos ![]() |
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#7
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LIBRETA MARÍTIMA
La libreta Marítima (DIM) (documento de identidad del marino) es un documento de identidad de la gente de mar, emitido por la administración marítima española, exclusivamente para navegación exterior o extranacional. En la libreta no se "van anotando los días de mar". Se hacen constar las fechas de enrole (con la categoría o cargo a bordo) y desenrole (con el motivo) ![]() |
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#8
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a ortocaso | ||
Neska (20-05-2013) | ||
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#9
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El PPER me queda de maravilla con un marco de plata colgado de la pared..... de momento, poca cosa mas
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#10
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Lo siento es purquets pero la oferta de patrones nunca ha sido tan alta, normal que haya gente que no encuentre curro, no hay barcos para todos ....además están los que curran con el PER-PY
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#11
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#12
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Como ya se ha comentado aquí con el Capitan de Yate no se puede trabajar legalmente. Pero por supuesto que hay gente que trabaja, incluso con PER o PY.
Una gran parte de las empresas te piden por lo menos el curso de formacion basica y algun titulo de recreo, en caso de particulares es individual. El PPER te lo recomiendo si lo tienes muy claro ya que entre los cursillos que te haran falta de dejaras facilmente 2000€ y hay que renovarlos cada 5 años. Luego puedes llevar barcos hasta 24 metros de eslora, hasta 12 personas a bordo incluyendo la tripulación en aguas Españolas. Internacionalmente no tengo ni idea, y había que informarse país por país.. Espero haberte ayudado por lo menos un poco. ![]() |
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#13
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Cita:
Hombre company! Encantado de verte por aquí (que no te muestras mucho, no) . ![]() Suerte este verano. ![]() ![]()
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Iñaki |
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#14
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Cita:
Y hasta 3.000 € si lo cuentas todo, con desplazamientos, alojamientos, dietas...Internacionalmente con el PPER, nada de nada. ![]()
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Iñaki |
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