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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola cofrades, despues de mucho tiempo me surge una gran duda.
Estoy tratando de hacer el seguro de mi barco y me hablan de condiciones españolas o inglesas ![]() ![]() . Como esto es nuevo para mi he decidido consultar en La Taberna a ver que me aconsejais ya que las compañias en las que he pedido "presupuesto" unas aconsejan inglesas y otras españolas, incluso hay otra que desconoce el tema.Si alguien me puede ayudar con su experiencia se lo agradecere. Tabernerooo unas rondas ![]() para todos los presentes. |
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#2
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Buenas tardes compañero, un comentario que no se si se acomoda en tu consulta pero que algo tiene que ver con el asunto, normalmente la cias aseguradoras de España te aseguran el barco atendiendo a las especificaciones del mismo y a las atribuciones de tu titulo, despues el tema de todo riesgo o terceros es optativo, pero nunca fuera de la zona de navegación del despacho de tu embarcación ni de las atribuciones de tu titulo; hay compañias que operan habitualmente en España y que te ofrecen cobertura por zonas geograficas, como es el caso de AXA seguros, yo he consultado las zonas de vcobertura y entre otras me ofrecian todo el Mediterraneo e islas Canarias. Comentarte que no tengo intereses particulares ni en Axa ni en ninguna otra compañia aunque creo que vale la pena informarse y desde luego no te eximen de las responsabilidades en las que incurrieras al navegar fuera de la zona de tus atribuciones o de la zona de despacho del barco.
No se si te he ayudado. Saludos y ![]() ![]() ![]() |
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#3
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Saludos
. Me resulta de sumo interés puesto que estoy en situación de renovación. Me consta que hay cofrades profesionales del gremio y agradecería, al igual que Egaluce información al respecto. Mejor cobertura....mejor precio.... |
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#4
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No recuerdo bien la diferencia exacta, pero cuando renové mi seguro salió el mismo tema. Se ve que algunas compañias solo ofrecen cláusulas españolas y otras ofrecen las inglesas (yo lo tengo en vitalício con cláusulas inglesas) que son mas caras, pues son mas beneficiosas para el asegurado.
Pero lo de las cláusulas inglesas no se refiere a lo que dice Mofeta en cuanto a zona de cobertura y título del patrón, que aún con cláusulas inglesas persisten. ![]() |
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#5
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Me gustaria plantearos una cuestión de fondo referente a las llamadas clausulas inglesas.
Recientemente se ha producido un fallo judicial sobre un siniestro acaecido a un barco cuyo seguro estaba en base a las clausulas inglesas. Concretamente el litigio surgio al negarse la aseguradora a pagar la cobertura argumentando que el siniestro se habia producido en una situación anomala por ausencia de titulación adecuada. La sentencia ha sido contraria a la cia de seguros en base a que este habia sido efectuado con clausulas inglesas, por tanto prevalece la normativa inglesa, y en esta normativa no es preceptivo poseer ninguna titulación para navegar. La cuestión es si esta sentencia pudiera tener repercusiones "colaterales" en situaciones similares por incumplimiento de normativa española ante siniestros. Me agradaria conocer interpretaciones cualificadas sobre este interesante tema. Un saludo LORDRAKE ![]()
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El GRAN AZUL |
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#6
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Siempre las Españolas, estan mas buenas
![]() Salu2 y buena mar ![]() |
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#7
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El Sábado pasado estuve hablando del tema con un amigo que trabaja para Mapfre. Me comentó que a partir de ciertas esloras, entraban en vigor las clúsulas inglesas y me aseguraba que la compañía respondía sin duda ante cualquier siniestro, independientemente de la titulación y zona de navegación.
Saludos ![]() |
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#8
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Interesantísima duda.
Acabamos de asegurar nuestro nuevo barco con coberturas inglesas, sin saber muy bien qué es eso, sólo porque parecía que las coberturas eran realmente beneficiosas para el asegurado, tal y como ya ha comentado algún cofrado. ¿Y los que saben de esto????? Unas ronditas para animarless ![]() ![]() ![]()
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#9
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Cita:
En principio, si se aplican las cláusulas inglesas, no hay esa exigencia... pero ojo con las condiciones particulares, hay que leerlas muy bien antes de firmar. ![]() ![]() a vuestra salud!!! |
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#10
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Pues debe ser eso, porque en mi póliza además de haber restricciones geográficas las hay de la titulación y despacho y eso que tan inglesas son que como anexo están las cláusulas de la RYA en inglés.
Tomaré buena nota de lo que comentáis cara a la renovación!!! ![]() |
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#11
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Esto de ser incapaz de plantearse la más remota posibilidad de ponerse a leer las cláusulas del seguro del barco y, además, compararlas con las de otra póliza, es muy latino.
Por lo tanto, si uno es muy latino es mejor que opte por las cláusulas españolas, porque ¡a saber lo que han puesto los ingleses en las suyas! Por si acaso, y en vista de que va proliferando el whisky on the rocks y el gin and tonic en algunos ambientes, los interesados en enterarse de qué va el tema pueden buscar en Google las "institute yacht clauses", que son las conocidas por aquí como Las Inglesas. |
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#12
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Unos cafés para los cofrades.
Estoy muy interesado en el tema, dentro de poco se acaba el seguro de nuestra embarcación. La hemos cambiado recientemente de pabellón, la póliza es alemana y ahora estamos a ver si nos mandan traducción de la apóliza y renovamos con los alemanes o hacemos otra, me interesa una póliza que no tenga clausulas de titulación y zona, (obviamente por que ni mi titulación ni el despaccho del barco están dentro de lo que pretendo hacer, pero es otro debate..), por lo que se comenta en las inglesas pueden no existir este tipo de clausulas, la pregunta es: ¿dónde se puede poner uno en contacto con una aseguradora de clausulas inglesas? Yo me pongo a investigar si saco algo en claro te lo comunico Egaluze. Gracias al resto de cofrades, dejad de leer que se enfría el café. Salud y buen viento |
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#13
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Yo tengo vitialicio con cláusulas inglesas, pero creo recordar que tengo cláusulas adicionales de titulación y geografía. Tendré que ir a mirarlo...
Pregunta en vitalicio si te lo pueden hacer sin cláusulas adicionales. ![]() |
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#14
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La sentencia a la que haces referencia ya ha salido en alguna ocasión en este foro.
Desde el año 1999 las originales cláusulas inglesas ya no se pueden contratar en España, por lo tanto esa sentencia hubiera sido completamente distinta si el siniestro hubiera ocurrido en la actualidad. En cuanto a las diferencias podríamos extendernos durante cientos de líneas, conceptos como “peligro de mar” o “negligencia del patrón “empleado en las cláusulas inglesas son muy importantes y deben de tenerse muy presente a la hora de decidirse por unas u otras. Yo personalmente prefiero las Españolas de hecho las tengo en el seguro de mi barco. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a maite | ||
LORDRAKE (23-01-2009) | ||
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#15
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Cita:
no hay dialogo. ante todo, y resumiendo mucho, las clausulas inglesas vienen a decir que: " lo que no está excluido, está incluído " las clausulas españolas suelen poner en negrita las exclusiones. Esto hace que los condicionados generales en España sean de 30 páginas o más. En los condicionados ingleses " wording" sólo hay 2 ó 3 páginas, ( suficiente ). Dicho ésto, te puedo garantizar, amigo cofrade, que de cada día ambas condiciones se parecen más. No obstante si pretendes con tu embarcación navegar lejos ( caribe, grecia, etc... ) te aconsejo las clausulas inglesas por motivos de asistencia ( el Lloyd's está en todas partes ) |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a tarkus | ||
pep garfio (23-01-2009) | ||
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#16
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Cita:
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#17
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´Hooola y buenas noches.
Yo contraté el seguro con cláusulas inglesas a "mi" agente (Vitalicio) y, cuando le comenté lo de viajar por ahí, literalmente, me dijo: hablaremos con "Pantaenius". Lo que si me aclaró es, que puestos a navegar, hablamos y aclaramos condiciones. El mundo es muy grande y las compañías......más. Saludos Luis
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https://amzn.eu/d/afeYznv Vivir en la tierra es caro pero eso incluye un viaje gratis alrededor del sol todos los años ¡¡ Disfrútalo !!http://www.facebook.com/pages/Nautic...69148226436999 |
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#18
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Hola de nuevo.
Pensando en seguros y ventanas. En este foro puede abrirse una nominada: segurosparabarcos.com. ¿ Experiencia al respecto? ![]() |
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#19
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Cita:
te rogaria aclarases si hay un error en lo que pusiste o por el contrario es correcto. un saludo
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No hi pots perdre res, si vols podràs no pots perdre el temps, els dies s’estan acabant Viu la vida viu, no paris mai sent que cada respir és de veritat (Clepton) |
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#20
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Un afectuoso saludo Quim.
Lo tienes por babor en la página principal. La cofrade Maite ha sido muy amable al responder ciertas cuestiones por privado. No te quepa duda que le pediré presupuesto al igual que en otras aseguradoras donde prime la seriedad y la eficacia. En mi caso hay dos supuestos: Que se amplíe la cobertura a zonas donde no está despachado y que prime el valor contratado y no el venal al ser un barco de 1975. ![]() |
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#21
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Unas copichuelas para el frío
![]() Yo tengo mi tractor a todo riesgo en Mapfre, claúsulas inglesas, sin franquicia. No recuerdo si hay limitación de título, pero lo que sí declaré fue la zona por la que habitualmente navego (España, Portugal, Mediterráneo, incluida la costa africana). Para salir de tu zona habitual hay que hablar con el seguro. He encontrado esta página de la Asociación de Patrones de Yate http://www.apy.es/actividades/Riesgo...%20Nautico.htm (perdón, no se pegarla en modo breve) con información sobre tipo de seguros naúticos. Salud para felices travesías
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En la mar, ni tiempo ni marea paran o esperan. Los doctores son hombres que prescriben medicinas que conocen poco, curan enfermedades que conocen menos, en seres de humanos de los que no saben nada. Voltaire (1694-1778) Albaid en youtube |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Kiro | ||
patachula (27-01-2009) | ||
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#22
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Hola Navegantes, cualquier cosa menos contratar seguros sin leer las claúsulas. Os cuento que contraté un seguro con ALLIANZ y completo, 4 años más tarde se rompió el mástil del barco, que tenía 9 años de antiguedad.
Al principio todo que si, finalmente no pagaron nada y alegaron desgaste de material. Olvidaos de meteros en Juicio, lo tienen todo perfectamente estudiado para no pagar. Saludos Marineros. |
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#23
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Hola.
¿Lo tenías con condiciones españolas o inglesas?, a todo riesgo te habrían pagado igual ¿no?.
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LSV - BARCO KAU-BÉ. "La información errónea es peor que la ignorancia pues se sigue ignorante y además engañado" (LSV). MMSI: 261000743 VER Mi canal en YOUTUBE VER TODOS MIS DISEÑOS 3D |
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#24
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Seguros y coberturas:
Según me acaban de decir, aunque tengas un seguro a todo riesgo, si el barco está en una boya o fondeado no te cubre el robo, parcial o total de la embarcación .¿Alguien sabe alguna cosa más de este tema?
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LSV - BARCO KAU-BÉ. "La información errónea es peor que la ignorancia pues se sigue ignorante y además engañado" (LSV). MMSI: 261000743 VER Mi canal en YOUTUBE VER TODOS MIS DISEÑOS 3D |
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#25
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Yo tengo un seguro hecho con un broker de Sotogrande donde se aplican la legislacion inglesa y si hay diferencias con la española dice textualmente que se aplicara la inglesa. En el 2011 hice la ida y vuelta al Caribe con el barco despachado en zona 2 y el titulo de Patron de yate y me aseguraron que no habia problemas. Tengo intencion de volver a hacerlo en el 2013 y me ha vuelto a asegurar lo mismo. Si alguien esta interesado que me mande un privado y le doy los datos del broker.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a CONSUL IV | ||
tuerto (15-05-2012) | ||
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