La Taberna del Puerto Almayer
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  #1  
Antiguo 11-09-2009, 23:07
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Tabernero, llene la barra de chupitos para todos/das.

Cada vez veo más anuncios proponiendo la propiedad compartida o de armadores cediendo el 50% de la propiedad de su barco y, logicamente, de los gastos y mantenimiento relacionado. Todos pensaremos que es lógico dada la depresión económica que padecemos. Ahora bien se me plantean varias cuestiones en relación a este tema: ¿Puede un barco tener la hoja de asentamiento a nombre de más de un titular? ¿Como funcionan las responsabilidades y obligaciones ante terceros, solidariamente, subsidiarimente? Si los co-propietarios son de diferente nacionalidad ¿qué bandera llevará el barco? ¿Quien es el patrón delante del seguro? etc etc etc , ahí queda eso...........más chupitos tabernero..........
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  #2  
Antiguo 11-09-2009, 23:50
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Predeterminado Re: Propiedad Compartida

lo subo que el tema es interesante .
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  #3  
Antiguo 12-09-2009, 00:07
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Predeterminado Re: Propiedad Compartida


Tengo un barco al 50% y no hubo problema en poner todo a nombre de los dos socios, en lo del seguro no se que decirte, solo está a mi nombre porque solo yo tengo el PER.
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Capitan Barbosa (12-09-2009)
  #4  
Antiguo 12-09-2009, 01:31
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Predeterminado Re: Propiedad Compartida

yo tengo el barco al 50% con mi hermano, y así figura en la documentación del mismo...compartimos gastos, y el seguro da lo mismo quien figure, lo importante es que la embarcación y los posibles daños que cause la misma están cubiertos frente a terceros, y eso si, siempre titulado quien la lleve...al menos eso me dijeron en AMA cuando me hice la póliza
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  #5  
Antiguo 12-09-2009, 08:39
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Predeterminado Re: Propiedad Compartida

Cita:
Originalmente publicado por Capitan Barbosa Ver mensaje
Tabernero, llene la barra de chupitos para todos/das.

Cada vez veo más anuncios proponiendo la propiedad compartida o de armadores cediendo el 50% de la propiedad de su barco y, logicamente, de los gastos y mantenimiento relacionado. Todos pensaremos que es lógico dada la depresión económica que padecemos. Ahora bien se me plantean varias cuestiones en relación a este tema: ¿Puede un barco tener la hoja de asentamiento a nombre de más de un titular? ¿Como funcionan las responsabilidades y obligaciones ante terceros, solidariamente, subsidiarimente? Si los co-propietarios son de diferente nacionalidad ¿qué bandera llevará el barco? ¿Quien es el patrón delante del seguro? etc etc etc , ahí queda eso...........más chupitos tabernero..........
1.- Sí, el barco puede tener más de un titular registral. Y lo que es más, las cuotas respectivas no tienen por qué ser iguales.
2.- La responsabilidad civil de la que deba responder el armador, funcionará en la misma proporción que las cuotas de titularidad. Salvo mejor acuerdo legítimo y válido en Derecho.
3.- La bandera del registro marítimo del país de abanderamiento.
4.- El que acredite serlo tal y como sucede con un barco con un único titular registral. No existe relación forzosa entre titular registral-patrón.

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Saludos,
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Capitan Barbosa (12-09-2009), formentera (12-09-2009)
  #6  
Antiguo 12-09-2009, 08:53
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Predeterminado Re: Propiedad Compartida

gracias por la info
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  #7  
Antiguo 12-09-2009, 10:33
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Predeterminado Re: Propiedad Compartida

Por otros lares la propiedad compartida es un asunto normal. Forman un pequeño sindicato y a compartir gastos. Normalmente hasta cuatro socios. Lo que más me ha llamado siempre la atención es que luego esas partes pueden salir al mercado. Vamos, que alguien, por cansancio o por cambiar, vende una cuarta parte de barco y los demás aceptan o no al futuro copropietario. Cuestión de mentalidades. Y de cartera, claro.

Saludos y
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  #8  
Antiguo 12-09-2009, 11:45
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Predeterminado Re: Propiedad Compartida

En mi puerto hay varios asi de propiedad compartida,el unico dato es que son barcos grandes.

Me refiero 10/12 metros.

Para mi son grandes
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  #9  
Antiguo 12-09-2009, 20:07
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Predeterminado Re: Propiedad Compartida

Cita:
Originalmente publicado por Inspectorate Ver mensaje
1.- Sí, el barco puede tener más de un titular registral. Y lo que es más, las cuotas respectivas no tienen por qué ser iguales.
2.- La responsabilidad civil de la que deba responder el armador, funcionará en la misma proporción que las cuotas de titularidad. Salvo mejor acuerdo legítimo y válido en Derecho.
3.- La bandera del registro marítimo del país de abanderamiento.
4.- El que acredite serlo tal y como sucede con un barco con un único titular registral. No existe relación forzosa entre titular registral-patrón.

Inspectorate, ante todo gracias por esta información tan precisa. Al hilo de lo que mencionas me surgen dos cuestiones:
  1. ¿como soporte a la inscripción registral debe existir contrato con registro notarial?
  2. Tenía entendido que el abanderamiento tenía que estar adscrito a la nacionalidad del armador. En el ejemplo que nos ocupa serían dos o más titulares/armadores ¿Significa eso entonces que si me asocio con un Irlandés el barco podría tener bandera Irlandesa y yo podría utilizarlo aunque tenga nacionalidad española sin tener que rendir cuentas a los requisitos españoles?
Más ron para todos

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  #10  
Antiguo 12-09-2009, 20:29
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Predeterminado Re: Propiedad Compartida

Hombre, no creo que sea un problema que el barco tenga mas de un propietario, en ese caso es una sociedad, y lo que mandaria seria el nombre de la sociedad que es como si fuera uno solo, no se si me explico.
Y lo del seguro, supongo que poniendo el seguro a nombre de la sociedad, mientras que si pasa algo este cubierto con un seguro, no creo que haya problema, eso si, si el piloto no esta titulado, el seguro no se hara responsable.
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  #11  
Antiguo 12-09-2009, 20:37
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Predeterminado Re: Propiedad Compartida

Hola Cofrade:

Mi experiencia puesto que mi barco es compartido al 50%, es que no hay problema, toda la documentacion esta a nombre de los dos, el seguro solo puede estar a un nombre, pero estamos ambos cubiertos. Por supuesto la titulacion debe ser la adecuada a la zona de despacho del barco.
Espero haberte ayudado.

Buena mar

Willy-foc
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Capitan Barbosa (18-09-2009)
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