La Taberna del Puerto Sergio Ponce
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  #1  
Antiguo 11-02-2010, 19:18
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Piratilla
 
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Predeterminado Deberes Y Derechos De Los Armadores

Hola a todos y por delante un carajillo.

Os quiero consultar un problema que tengo a ver si me podeis ayudar. Durante años el puerto me ha ido moviendo entre diferentes amarres. Este último atraque desde el mes de septiembre 2009. Con las tormetas de invierno se me han ido rompiendo y doblando los candeleros del costado de babor donde tengo por vecina una embarcación con una regala que vuela y en la que la estructura de mi barco se engancha cuando hay mala mar. Las dudas que me asaltan son las siguientes: ¿Qué derechos tengo como socio a que se me mueva nuevamente a otro amarre para evitar este tipo de accidentes ?. ¿ Qué obligaciones tiene mi vecino a solucionar un problema de diseño de su embarcación que favorece la rotura de los candeleros ?. ¿ Quien tiene que pagar la factura de la reparacion: yo, el puerto o el vecino ?. Os doy las gracias por adelantado porque es un tema que me esta generando una total impotencia. Si no me mueven la embarcacion y arreglo los candeleros, en el proximo temporal se volveran a romper.

Saludos a todos.

Ventoral.
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  #2  
Antiguo 11-02-2010, 19:23
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Capitán pirata
 
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Predeterminado Re: Deberes Y Derechos De Los Armadores

Unas rondas. En breve: creo que deberías buscar asesoramiento profesional , quizás en o a través de ANAVRE.
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  #3  
Antiguo 11-02-2010, 21:00
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Predeterminado Re: Deberes Y Derechos De Los Armadores

Yo creo que lo de moverte de plaza es una putada, pero una putada que debe estar reflejada en alguna parte, ya sea normas, estatutos, condiciones de arrendamiento... Si no es así, perfectamente podrías presentar una queja y pedir explicaciones de ese trato que estás recibiendo, pues no creo que el 100 % de los amaristas sufran los mismos cambios y como consecuencia habría un diferente trato para varias personas que en teoría deben de tener los mismos derechos.
En cuanto al pájaro de al lado, exigir desde el primer día que proteja las partes de su barco que puedan dañar el tuyo, a la vez que tú proteges tu barco para que no dañe al de al lado.
Te debería pagar la reparación.
Saludos.
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  #4  
Antiguo 11-02-2010, 21:19
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Hermano de la costa
 
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Predeterminado Re: Deberes Y Derechos De Los Armadores

Yo creo que te interesa ir por las buenas. Según cuentas, ese amarre te lo ha elegido el personal del puerto. Si es así, debes presionarles para volver a cambiar de pantalán por la evidencia de los hechos. Deberías llamar al armador de al lado y explicarle la situación para hacer un frente común. Que él también proteste. De esta forma, no te enfrentarías sólo. Amenazar ambos con recurrir a los tribunales por la impericia demostrada en la ubicación de las embarcaciones y exigirles los daños causados bajo su responsabilidad. Suerte!
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  #5  
Antiguo 11-02-2010, 21:55
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MAGISTER PILTRAFIA
 
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Predeterminado Re: Deberes Y Derechos De Los Armadores

Cita:
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Durante años el puerto me ha ido moviendo entre diferentes amarres. Pregunta, así de buen rollito, si eso está establecido por escrito en alguna norma que desonozcas. Este último atraque desde el mes de septiembre 2009. Con las tormetas de invierno se me han ido rompiendo y doblando los candeleros del costado de babor donde tengo por vecina una embarcación con una regala que vuela y en la que la estructura de mi barco se engancha cuando hay mala mar. Otra vez de buen rollito, pregunta quién se hace cargo de reparar tu barco ¿el puerto o la propietaria? Como usuario del puerto tu tienes derecho a un abrigo seguro y no lo ha sido, aunque el puerto sea indirecto responsable, es responsable puesto que a él le pagas. Las dudas que me asaltan son las siguientes: ¿Qué derechos tengo como socio a que se me mueva nuevamente a otro amarre para evitar este tipo de accidentes ? Depende del contrato que firmas de alquiler o de amarre. ¿ Qué obligaciones tiene mi vecino a solucionar un problema de diseño de su embarcación que favorece la rotura de los candeleros ?.Estudiado el tema ambos debéis poner la solución a medias. QUÉ TAL UNA BOYA DE 50cm DE DIÁMETRO ¿ Quien tiene que pagar la factura de la reparacion: yo, el puerto o el vecino ?.El tema es complejo, pero probablemente vecino y puerto al 50%. Necesitarás ahí meterte en abogados porque no creo que vayan de buenas. A veces tu seguro y el del otro se apañan. Los puertos tienen obligación de tener seguro colectivo. Os doy las gracias por adelantado porque es un tema que me esta generando una total impotencia. Si no me mueven la embarcacion y arreglo los candeleros, en el proximo temporal se volveran a romper. Insisto. Si rozan es porque están muy cerca. Solución ALEJAR. BOYA GIGANTE EN MEDIO.
Si quieres ir a las buenas pero con cojones, pide los papeles del otro barco por los daños causados diciendo que vas a denunciar en el seguro y necesitas la eslora, manga y documentación. Si el diseño es estandar no habrá problema, pero en cuanto el otro tenga añadidos fuera del diseño normal, se pueden cagar desde el ingeniero de la ITB pasando por el puerto, el dueño, etc... Por eso te digo que BUEN ROLLO. Tú pide papeles y papeles, que ya se acojonan los demás.

Un saludo.
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~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~
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  #6  
Antiguo 11-02-2010, 21:59
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Hermano de la costa
 
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Predeterminado Re: Deberes Y Derechos De Los Armadores

Hola, según yo veo, tienes derecho a un amarre que asegure la integridad de tu barco y tu vecino también. Los operarios del puerto deben elegir en qué espacio deben poner cada barco en función de sus características asegurando la integridad de las embarcaciones en condiciones normales. Toda responsabilidad es, por tanto, del puerto. Respecto a lo de los movimientos, sé de otros puertos en que también ocurre. Supongo que debe estar recogido de alguna forma en los estatutos del club.

Saludos y
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  #7  
Antiguo 11-02-2010, 22:10
Avatar de Iñaki/Sinvergüen
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Predeterminado Re: Deberes Y Derechos De Los Armadores

Me parece que debéis reclamar los dos al puerto, que para eso tendrán un seguro de RC, por las consecuencias de las decisiones de sus empleados... Y lograr un nuevo traslado más adecuado a tu barco!!!
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Iñaki
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  #8  
Antiguo 11-02-2010, 22:24
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KIRAN
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Predeterminado Re: Deberes Y Derechos De Los Armadores

Consejo :

Te vas al barco del vecino con dos cervezas bajo el brazo, y lo hablais. En cuanto está todo solucionado, pillas tres cervezas y os vais todos a hablar con el Contramaestre del Puerto, o el Capitan, y lo hablais.

No falla.

Si al llegar a casa la parienta te dice que has hecho, no le digas que solucionando el tema del amarre, que no se lo va a a creer.

Si esto falla (que seguro que no), vuelves y preguntas, entonces miraran los contratos, papeles, etc ...

Suerte !!!
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a
Iñaki/Sinvergüen (12-02-2010)
  #9  
Antiguo 12-02-2010, 18:17
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Predeterminado Re: Deberes Y Derechos De Los Armadores

Gracias amigos,

intentaré poner en práctica vuestros sabios consejos. Ya os contaré como me ha ido.

Ventoral.
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  #10  
Antiguo 12-02-2010, 19:57
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Predeterminado Re: Deberes Y Derechos De Los Armadores

la verdad no entiendo lo de que te vayan moviendo, pero referente al enganchon con el vecino, no veo el motivo para que pague el los desperfectos, y el puerto tampoco.

Seria cosa del puerto si se hubiera roto un muerto o similar y a consecuencia de eso hubiera habido los daños, pero si el problema es que el barco toca con el vecino me temo que la responsabilidad es de cada uno, para eso existe la costumbre de poner defensas entre los barcos, para evitar que estos se golpeen, si en este caso por diseño el barco del vecino es mas robusto y ha causado daños yo me atreveria a decir que la solucion pasa por poner unas defensas mas gordas, pero que culpa tiene el vecino?? el tiene su barco alli, bien amarrado y tanto se menea su barco como el tuyo, no veo el porque la culpa tiene que ser suya.

Si yo tuviera por vecino un barco que me diera la sensacion de que me puede producir daños no tardaria nada en poner las defensas que fueran necesarias, sin ir mas lejos, en mi caso a uno de los dos lados tengo a un cafre y sin dudarlo opte por poner un par de defensas mas por si las moscas.

saludos
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  #11  
Antiguo 13-02-2010, 01:58
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Predeterminado Re: Deberes Y Derechos De Los Armadores

Sobre la situación con el puerto, existe un contrato, por consiguiente, en virtud de este contrato, no puede el puerto obligarte a soportar dificultadoes en las facultades de disfrute de tu amarre. Inherente al contrato tiene una responsabilidad, para garantizar un servicio correcto, es su obligación. La tuya es pagar el precio en el plazo pactado y respetar las normas de uso.
Sobre los daños que pueda causar un vecino, la ley es clara. La moral no porque cada uno tiene la suya propia. Si él te provoca daños, ambos en el uso correcto de vuestra plaza asignada, tiene que poner los medios para evitar los daños provocados, fruto de su tamaño, diseño o distribución. Desconzco una ley civil que te obligue a soportar los daños de otros, sean ellos intencionados o no. Se trata en este caso, de la responsabilidad objetiva extracontratual, porque entre los dos no manteneis ningún contrato.

todo ello salvo mejor opinión

unas caipirinhas....
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Vivimos todos, en este mundo, a bordo de un navío zarpado de un puerto que desconocemos hacia un puerto que ignoramos.
(Fernando Pessoa -1931)
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  #12  
Antiguo 13-02-2010, 21:28
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Predeterminado Re: Deberes Y Derechos De Los Armadores

A veces en el puerto y por causas de algun temporal los barcos se suelen golpear, a pesar de las defensas, si no entran ambos barcos a moverse de forma sincronizada, es posible que tu barco suba y el del vecino baje y eso puede ocasionar que el candelero del vecino se enganche en la regala de tu barco.

A mi me paso. Entre el vecino y yo intentamos arreglar el desperfecto de mi barco ya que tenía toda la regala levantada, y a con el martillo la dejamos más o menos bien. Su candelero quedo completamente torcido. Se lo llevo a su mecanico que lo enderezo y aquí acabo la historia.

Ambos creo que comprendimos que era motivado por una fuerza mayor, y en los años que compartimos la vecindad, jamás habiamos tenido problema alguno por tanto que más podiamos hacer....

Ponemos cuantas defensas se pueden entre ambos barcos, más que suficientes para que no ocurrra ningún percance, y tenemos muy buena relación. Que más se puede pedir.

Si eso ocurriera constantemente, y vieramos que su candelero se engancha continuamente en la regala, cosa que no ocurre, supongo que estudiariamos alguna forma de cubrir la regala o el candelero para evitar más problemas.

Una defensa abierta y cubriendo el candelero y guardamancebo debidamente atada, o algo similar sería la solución. Todo es cuestión de mirar el problema y buscar solución.
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  #13  
Antiguo 21-02-2010, 00:48
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Predeterminado Re: Deberes Y Derechos De Los Armadores

Buenas noches,

En el club náutico han solucionado el problema poniéndome en otro amarre. Creo que ha sido la mejor decisión y espero no volver a tener percances similares en los próximos años. Vuestras opiniones me han ayudado a tener más objetividad a la hora de plantear la cuestión en el club.
Ahora toca arreglar los desperfectos y roturas.

Buen viento a todos y a empezar a entrenar que llega el buen tiempo.

Ventoral.
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  #14  
Antiguo 21-02-2010, 10:18
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seria tambien bueno que avisases al nuevo amarrista de tu ex-amarre para que este atento ....
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de Baja por en crisis económica ??
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a dunic
abraao (21-02-2010)
  #15  
Antiguo 22-02-2010, 18:42
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Hola a todos y por delante un carajillo.

Os quiero consultar un problema que tengo a ver si me podeis ayudar. Durante años el puerto me ha ido moviendo entre diferentes amarres. Este último atraque desde el mes de septiembre 2009. Con las tormetas de invierno se me han ido rompiendo y doblando los candeleros del costado de babor donde tengo por vecina una embarcación con una regala que vuela y en la que la estructura de mi barco se engancha cuando hay mala mar. Las dudas que me asaltan son las siguientes: ¿Qué derechos tengo como socio a que se me mueva nuevamente a otro amarre para evitar este tipo de accidentes ?. ¿ Qué obligaciones tiene mi vecino a solucionar un problema de diseño de su embarcación que favorece la rotura de los candeleros ?. ¿ Quien tiene que pagar la factura de la reparacion: yo, el puerto o el vecino ?. Os doy las gracias por adelantado porque es un tema que me esta generando una total impotencia. Si no me mueven la embarcacion y arreglo los candeleros, en el proximo temporal se volveran a romper.

Saludos a todos.

Ventoral.
La mayoría de las preguntas que haces vienen respondidas en el Reglamento de Explotación y Policía que regula las actividades en el recinto portuario donde tienes tu amarre.

Este Reglamento es obligatorio que exista en tu puerto y deberías tener una copia, de hecho, si lees tu contrato de arrendamiento posiblemente vendrá en algún lugar escrito que se te ha entregado una copia o se te ha informado de su existencia.

La mayoría de estos Reglamentos recogen el derecho del concesionario(Puerto deportivo) a mover los barcos alegando que el derecho es a un amarre de las dimensiones contratadas.

En este caso habría que distinguir entre la cesión de derechos de uso preferente, que son aquellos amarres contratados normalmente a más de un año en los cuales se especifica un punto de amarre concreto, estos también se pueden mover pero sólo por cuestiones justificadas, seguridad, impago de cuotas, etc.

Otro caso son el de los llamados alquileres de base de menos de un año, estos no te ofrecen el derecho preferente al uso de un punto de amarre concreto. Normalmente se respeta el punto pero no existe contrato en tal sentido, sólo el alquiler de un amarre de unas dimensiones concretas.

En cuanto a la seguridad, en el reglamento también se establece la obligatoriedad de todo armador o patrón de equipar el barco con las defensas adecuadas a la situación de las barcos amarrados, por tanto, la responsabilidad es del armador o patrón, cosa distinta sería la rotura del amarre al muerto que sí es normalmente responsabilidad del puerto.

Te aconsejo que a buenas trates con tu vecino de tramitar un parte amistoso de daños, caso de que ambos tuviérais las defensas puestas porque si las tenía él pero tú no lo tienes mal.

Si ambos las teníais puestas se trata de una responsabilidad objetiva por daños y responde el barco que causa los mismos.

En cuanto a lo del cambio de amarres, ve a las oficinas pide el Reglamento léelo y luego hablas con el responsable de cambios, que es el contramaestre y le haces ver que sabes tus derechos y con mano izquierda y mano derecha hazle ver que no te haga tantos cambios, si sabe que conoces tus derechos posiblemente deje de tocarte las narices.

Un saludo


Editado por addabaran en 22-02-2010 a las 18:47.
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