Como siempre, unas rondas de mi parte

Después de buscar en muchos hilos, no he encontrado la solución, espero que algún cofrade me pueda aclarar esta duda:
Acabo de comprar un barco que tiene el IVA de importación pagado en Portugal en el año 2002 (el barco tenía bandera canadiense), y me están tramitando el alta de la bandera británica. El barco lleva bastante tiempo en España y el contrato de compra-venta se firmó en Portugal. Según entiendo no hay que volver a pagar el IVA en España, y únicamente tendría que pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales por ser ciudadano español y residente en nuestro país, verdad
Os agradezco la información que me podáis aportar
