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  #1  
Antiguo 14-05-2013, 09:18
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Predeterminado Como fondear en la Isla de Ons

Si no quereis fondear, en la isla de Ons hay unas boyas que son de los restaurantes de la isla y que que podemos utilizar.
Por si acaso no lo habéis hecho nunca os pongo un video ilustrativo de como hacerlo.



Y acordaros de solicitar el permiso de fondeo si no quereis tener una sorpresa.
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  #2  
Antiguo 14-05-2013, 09:27
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Predeterminado Re: Como fondear en la Isla de Ons

gracias Royor, pero a la vista del video parece más facil desembarcar en Omaha que hacerlo en Ons !!!

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  #3  
Antiguo 14-05-2013, 09:42
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Predeterminado Re: Como fondear en la Isla de Ons

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gracias Royor, pero a la vista del video parece más facil desembarcar en Omaha que hacerlo en Ons !!!

Ya te digo
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  #4  
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Predeterminado Re: Como fondear en la Isla de Ons

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Ya te digo
Todos sabemos que las dificultades para "amarrar" en Ons están hechas a posta para impedir que se colapse de embarcaciones particulares.

Como se te ocurra tan siquiera arrimarte al muelle, te meten 6.001 € de multa sin cortarse lo más mínimo.



Así que ya sabes, lo mejor es irte con los vártulos a la preciosa playa más al norte y fondear todo el día y olvidarte del muelle y restaurante....
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  #5  
Antiguo 14-05-2013, 11:49
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Predeterminado Re: Como fondear en la Isla de Ons

Efectivamente en la propia web del parque dice que el muelle de Ons ni tocarlo. Alguien me dijo que amarrando a las boyas de los restaurantes te vienen a buscar en un bote. Si vas a comer, claro

No fui nunca a Ons, me lo podéis confirmar?

En Cies sin embargo se puede desembarcar en el muelle de Rodas a la tropa, y luego irte a fondear, es muy cómodo.

Salu222
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  #6  
Antiguo 14-05-2013, 11:58
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Predeterminado Re: Como fondear en la Isla de Ons

Cuando yo estuve allí, amarré en una boya de esas, había muchas libres y no sabía que eran de los restaurantes. Cuando llegué a tierra, pregunté a los guardias del parque y me dijeron que estaba perfecto amarrado a la boya, que lo dejara allí, pero no me aclararon nada más ni de sus propietarios ni nada.

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  #7  
Antiguo 14-05-2013, 12:36
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Predeterminado Re: Como fondear en la Isla de Ons

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Por si acaso no lo habéis hecho nunca os pongo un video ilustrativo de como hacerlo.
¿¿Y con un bichero que tal, te llaman la atención después por finolis??
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  #8  
Antiguo 14-05-2013, 12:43
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Predeterminado Re: Como fondear en la Isla de Ons

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Originalmente publicado por trabe Ver mensaje
Cuando yo estuve allí, amarré en una boya de esas, había muchas libres y no sabía que eran de los restaurantes. Cuando llegué a tierra, pregunté a los guardias del parque y me dijeron que estaba perfecto amarrado a la boya, que lo dejara allí, pero no me aclararon nada más ni de sus propietarios ni nada.


Pues creo que son de pescadores de la isla creo, yo también amarré a una de esas boyas la última vez (las que están fuera del muelle) y la guardia civil me dijo que eran boyas de pescadores, y que tuviera cuidado porque se movían demasiado.

En cualquier caso el muelle de Ons está "montado" para los barcos de pasajeros.
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  #9  
Antiguo 14-05-2013, 13:06
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Predeterminado Re: Como fondear en la Isla de Ons

Joe, bueno es saberlo. El verano pasado desembarqué allí a la chiquillería para ir luego a amarrar a la boya, afortunadamente sin consecuencias... Lo cierto es que los marineros del ferry que se acababa de ir no dijeron nada al respecto, ni los del restaurante al que íbamos a comer (y les llamamos antes para preguntarles el color de sus boyas)


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Originalmente publicado por woqr Ver mensaje
Todos sabemos que las dificultades para "amarrar" en Ons están hechas a posta para impedir que se colapse de embarcaciones particulares.

Como se te ocurra tan siquiera arrimarte al muelle, te meten 6.001 € de multa sin cortarse lo más mínimo.



Así que ya sabes, lo mejor es irte con los vártulos a la preciosa playa más al norte y fondear todo el día y olvidarte del muelle y restaurante....
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  #10  
Antiguo 14-05-2013, 13:08
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Predeterminado Re: Como fondear en la Isla de Ons

En mi caso, el verano pasado, nos dijeron que no era posible (yendo a comer). Tampoco les insistimos porque teníamos dinghy, y como dije arriba, desembarqué a la tripu en el muelle (sin saber que me jugaba un multón)


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Efectivamente en la propia web del parque dice que el muelle de Ons ni tocarlo. Alguien me dijo que amarrando a las boyas de los restaurantes te vienen a buscar en un bote. Si vas a comer, claro

No fui nunca a Ons, me lo podéis confirmar?

En Cies sin embargo se puede desembarcar en el muelle de Rodas a la tropa, y luego irte a fondear, es muy cómodo.

Salu222
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  #11  
Antiguo 14-05-2013, 13:47
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Predeterminado Re: Como fondear en la Isla de Ons

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Originalmente publicado por luisglezi Ver mensaje
Joe, bueno es saberlo. El verano pasado desembarqué allí a la chiquillería para ir luego a amarrar a la boya, afortunadamente sin consecuencias... Lo cierto es que los marineros del ferry que se acababa de ir no dijeron nada al respecto, ni los del restaurante al que íbamos a comer (y les llamamos antes para preguntarles el color de sus boyas)
oye una cosa es amarrar al muelle sin saber lo que te juegas (6.001 € de multa) y otra muy distinta es "andar" por ahí como si tal cosa, sin tan siquiera sacarte el permiso de navegación de las islas atlánticas, y ya no digamos sin llevar el permiso de fondeo para ese día en concreto.

Como me temo lo peor (parece que tampoco sabías esto) déjame que te informe que te has jugado pasar directamente a prisión preventiva sin fianza, a expensas de juicio rápido y pena de 2 a 5 años de carcel.....



ya sabes aquel principio jurídico que tan bien se conocen algunos: "el desconocimiento de las normas no exime de su cumplimiento", a lo cual yo siempre añado:

Ya..... pero es que el desconocimiento de una aberración administrativa anula automáticamente el principio anteior !!!

Editado por woqr en 14-05-2013 a las 13:51.
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  #12  
Antiguo 14-05-2013, 14:08
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Predeterminado Re: Como fondear en la Isla de Ons

Cita:
Originalmente publicado por Fanso Ver mensaje
Efectivamente en la propia web del parque dice que el muelle de Ons ni tocarlo. Alguien me dijo que amarrando a las boyas de los restaurantes te vienen a buscar en un bote. Si vas a comer, claro

No fui nunca a Ons, me lo podéis confirmar?

En Cies sin embargo se puede desembarcar en el muelle de Rodas a la tropa, y luego irte a fondear, es muy cómodo.

Salu222
Si es como te han dicho. Las boyas son de los restaurantes y si les llamas te van a recoger y después te llevan. El año pasado lo utilicé y funciona muy bien.
La única pega es que alguien les quitan las amarras a las boyas y tienes que utilizar las tuyas.
Nosotros estuvimos un día de buen sur con una ola de metro y las pasamos putas, hasta que llego West bay con la neumática y nos ayudo. Después llamamos a casa Checho y nos vino a recoger el hijo. Los barcos no se movieron ni un metro y como el día estaba mal, solo estábamos West bay y yo y después llego el telefónica, que lo utilizan para dar una vuelta a "los turistas" y comen allí.
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Antiguo 14-05-2013, 14:33
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Predeterminado Re: Como fondear en la Isla de Ons

El muelle pertenece a la Autoridad Portuaria de Marín, y su uso hay que solicitarselo a ellos. No entiendo que pinta el Illas Atlánticas en el muelle, ya que no es competencia de ellos. Otra cosa es hacerlo sin permiso de navegación. Tampoco entiendo xq hace falta permiso de fondeo para amarrarse a una boya ya existente, pero bueno aceptamos pulpo...

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  #14  
Antiguo 14-05-2013, 14:56
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Predeterminado Re: Como fondear en la Isla de Ons

En este caso no aplica, sí tenía el permiso de fondeo para los días que pasamos en Cíes y Ons.

De todas maneras me pregunto por qué no tienen ninguna señal de prohibición en el muelle (al menos que yo recuerde). A diferencia por ejemplo de Cabrera, que es un caso equivalente

Cita:
Originalmente publicado por woqr Ver mensaje
oye una cosa es amarrar al muelle sin saber lo que te juegas (6.001 € de multa) y otra muy distinta es "andar" por ahí como si tal cosa, sin tan siquiera sacarte el permiso de navegación de las islas atlánticas, y ya no digamos sin llevar el permiso de fondeo para ese día en concreto.

Como me temo lo peor (parece que tampoco sabías esto) déjame que te informe que te has jugado pasar directamente a prisión preventiva sin fianza, a expensas de juicio rápido y pena de 2 a 5 años de carcel.....



ya sabes aquel principio jurídico que tan bien se conocen algunos: "el desconocimiento de las normas no exime de su cumplimiento", a lo cual yo siempre añado:

Ya..... pero es que el desconocimiento de una aberración administrativa anula automáticamente el principio anteior !!!
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  #15  
Antiguo 14-05-2013, 15:03
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Predeterminado Re: Como fondear en la Isla de Ons

Cita:
Originalmente publicado por luisglezi Ver mensaje
En este caso no aplica, sí tenía el permiso de fondeo para los días que pasamos en Cíes y Ons.

De todas maneras me pregunto por qué no tienen ninguna señal de prohibición en el muelle (al menos que yo recuerde). A diferencia por ejemplo de Cabrera, que es un caso equivalente
Hombre, cuando sacas el permiso de fondeo tienes que aceptar especificamente las condiciones de fondeo, y si te molestas en leerlas lo dice muy clarito

Por otro lado, alguien se molestó en llamar o mandar un mail a la autoridad portuaria de Marín? No vaya a ser que sea tan fácil como eso.

http://www.apmarin.com/es_home.php

Salu222
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  #16  
Antiguo 14-05-2013, 15:11
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Predeterminado Re: Como fondear en la Isla de Ons

Cita:
Originalmente publicado por Fanso Ver mensaje
Hombre, cuando sacas el permiso de fondeo tienes que aceptar especificamente las condiciones de fondeo, y si te molestas en leerlas lo dice muy clarito

Por otro lado, alguien se molestó en llamar o mandar un mail a la autoridad portuaria de Marín? No vaya a ser que sea tan fácil como eso.

http://www.apmarin.com/es_home.php

Salu222
Yo les mandé un mensaje hará un año. El mensaje lo envié a sac@apmarin.com y su contenido era:
Estimados Sres:

Me gustaría preguntar una duda:

¿Es posible utilizar el muelle de la isla de Ons por parte de las embarcaciones de recreo para cargar/descargar personas y sus correspondientes equipajes?

Me explicaré: Vamos a pasar a la isla de Ons el próximo fin de semana y ya tenemos los preceptivos permisos de navegación y fondeo, reserva de alojamiento, etc. pero nos gustaría saber si podemos acercar nuestra embarcación al muelle para que desembarquen y embarquen los pasajeros (mi mujer e hijas) y su equipaje.

Si fuese posible esto: ¿habría que realizar algún trámite? ¿tiene algún coste o tasa? ¿podría disponer de algún documento que autorizase a realizar esto? Lo digo porque tengo oído hablar el celo con el que los guardianes del Parque en la isla actúan.

Muchas gracias.
Aún estoy esperando respuesta. Supongo que estarán liados.
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  #17  
Antiguo 14-05-2013, 15:13
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Predeterminado Re: Como fondear en la Isla de Ons

Lo siento, pero no he podido evitar reirme al verlo:

En http://www.apmarin.com/es_sac.html dice:
Todas las comunicaciones recibidas en el S.A.C tienen un plazo máximo de respuesta de diez días hábiles.
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  #18  
Antiguo 14-05-2013, 15:48
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Predeterminado Re: Como fondear en la Isla de Ons

Cita:
Originalmente publicado por carlos_fk Ver mensaje
Yo les mandé un mensaje hará un año. El mensaje lo envié a sac@apmarin.com y su contenido era:
Estimados Sres:

Me gustaría preguntar una duda:

¿Es posible utilizar el muelle de la isla de Ons por parte de las embarcaciones de recreo para cargar/descargar personas y sus correspondientes equipajes?

Me explicaré: Vamos a pasar a la isla de Ons el próximo fin de semana y ya tenemos los preceptivos permisos de navegación y fondeo, reserva de alojamiento, etc. pero nos gustaría saber si podemos acercar nuestra embarcación al muelle para que desembarquen y embarquen los pasajeros (mi mujer e hijas) y su equipaje.

Si fuese posible esto: ¿habría que realizar algún trámite? ¿tiene algún coste o tasa? ¿podría disponer de algún documento que autorizase a realizar esto? Lo digo porque tengo oído hablar el celo con el que los guardianes del Parque en la isla actúan.

Muchas gracias.
Aún estoy esperando respuesta. Supongo que estarán liados.
He contado unas 4 preguntas y no se que de un equipaje.....



vamos yo hubiera hecho lo mismo que el que recibió el email; no te hubiera contestado por pesao !!!

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  #19  
Antiguo 14-05-2013, 15:50
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Predeterminado Re: Como fondear en la Isla de Ons

Cita:
Originalmente publicado por woqr Ver mensaje
He contado unas 4 preguntas y no se que de un equipaje.....



vamos yo hubiera hecho lo mismo que el que recibió el email; no te hubiera contestado por pesao !!!

Mañana mismo me instalo en uno de estos: http://www.jmarior.net/wp-content/fo...do-Mar-003.jpg

O lo mismo invado Polonia.
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  #20  
Antiguo 14-05-2013, 17:10
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¿Tu no sabes que hay 4 clases de mensajes?
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  #21  
Antiguo 14-05-2013, 17:24
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Predeterminado Re: Como fondear en la Isla de Ons

Acabo de llamar a la A.P. de Marín y tras saltar de persona en persona me han dicho lo siguiente:

- La A.P. de Marín sólo es propietaria del muelle, la lámina de agua es del Parque.
- La A.P. de Marín sólo da permisos para embarcaciones de pasaje, no las dan a particulares, pero que "si vd. se acerca al muelle para desembarcar personas y nos la hace, pues nos la hace". Le consta que lo hace mucha gente.
- La persona con la que hablé cree que Parques sí puede sancionar el uso del muelle. Que trate de hablar con ellos.

Ahora alguien que llame a Parques y que haga la misma pregunta que he hecho yo, osea, la que mandé por mail hace 9 meses.

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Pone que el video ha sido eliminado por el usuario
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Predeterminado Re: Como fondear en la Isla de Ons

Hombre Fanso, ya se que cuando uno firma cualquier papel, acepta las condiciones que te ponen para ello (habitualmente en letra pequeña). No te digo que no. Vamos, que me voy ahora mismo a hacerle una transferencia de 6001€ a los de Parques...

Y para mi próxima visita prometo aprenderme DE MEMORIA las condiciones de fondeo adjuntas, igual que tu

CONDICIONES PARA LAS EMBARCACIONES CON PERMISO DE FONDEO
CONDICIONES GENERALES
  • El fondeo deberá realizarse respetando la zona balizada reservada a los bañistas (200 metros hasta la orilla de las playas). Se ubicará de modo que permita el acceso de las embarcaciones a los muelles de la isla, dejando el correspondiente pasillo.
  • La práctica del submarinismo precisa autorización escrita, que será requerida antes del inicio de la actividad subacuática.
  • La pesca deportiva y la pesca submarina están prohibidas dentro de los límites del Parque Nacional
  • No está permitido introducir especies vegetales o animales exóticas, salvo perros lazarillo.
  • Deberá gestionar sus residuos según establece la Orden FOM/1144/2003, de 28 de abril, por la que se regulan los equipos de seguridad, salvamento, contra incendios, navegación y prevención de vertidos por aguas sucias, que deben llevar a bordo las embarcaciones de recreo (BOE de 12 de mayo 2003). No podrán abandonarse residuos en las islas o en el mar, deberá llevarse la basura de vuelta a tierra.
  • En caso de encontrar o avistar cetáceos o aves marinas, es muy importante comportarse de manera respetuosa con objeto de no interferir su actividad vital.
    • Se debe mantener una distancia mínima de 100 metros con las manadas o con los animales solitarios. A partir de esa distancia, son los animales los que decidirán acercarse si les apetece.
    • Debe guardarse silencio, sin tocar bocinas y sin acelerar bruscamente o gritar.
    • La presencia humana no debe alterar las actividades normales de los animales ligados al mar. Éstos se alimentan y/o se reproducen en las Rías.
    • No es recomendable bañarse cerca de los cetáceos y las aves marinas. Los primeros son animales grandes y salvajes que, en ocasiones extremas, pueden mostrar agresividad y causar daños.
  • A efectos de esta autorización, se considera que se realiza una actividad recreativa sin carácter lucrativo o comercial.
  • El autorizado deberá estar en posesión de todas las licencias y permisos necesarias para llevar a cabo las actividades de navegación y fondeo. La navegación, el fondeo y la estancia dentro del Parque Nacional deberá ajustarse a la normativa vigente de aplicación. El incumplimiento de alguna de las condiciones señaladas, así como de lo establecido en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad; la Ley 5/2007, de 3 de abril, de la Red de Parques Nacionales; la Ley 15/2002, de 1 de julio, de declaración del Parque Nacional marítimo terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia; el Real Decreto, 274/1999 de 21 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de Recursos Naturales de las Islas Atlánticas, y el Real Decreto 1803/1999, de 26 de noviembre por el que se aprueba el Plan Director de la Red de Parques Nacionales, y demás normas concordantes, dará origen a la resolución y extinción de la autorización, con independencia de las sanciones administrativas que pudieran corresponder. Además, los visitantes deberán atender en todo momento a las indicaciones del personal del Parque.
CONDICIONES EN EL ARCHIPIÉLAGO DE CÍES
  • Las únicas zonas de fondeo autorizadas en el archipiélago de CÍES son: Praia das Rodas, Praia de Nosa Señora y Praia de San Martiño.
El desembarco ha de realizarse por el muelle de Rodas. El muelle de Carracido es propiedad de la Autoridad Portuaria de Vigo y, salvo su autorización expresa, no es posible atracar o usar dicho muelle. En la isla Sur o de San Martiño, al no existir muelle, el desembarco podrá realizarse con embarcación de apoyo.
La navegación en el archipiélago de Cíes podrá practicarse en las aguas del Parque Nacional delimitadas por el espacio poligonal consignado en el anexo de la Ley 15/2002, a excepción de las Zonas de Reserva Marina:
  • Desde Cabo Bicos hasta el muelle de Os Fornos, hasta la isobata 10
  • Alrededores del Illote Boeiro, hasta la isobata 10
  • Baixo Carrumeiro, hasta la isobata 10
CONDICIONES EN EL ARCHIPIÉLAGO DE ONS
  • Las únicas zonas de fondeo autorizadas en el archipiélago de ONS son: zona Dornas-Castelo y Praia de Melide.
El muelle de Dornas (isla de Ons) es propiedad de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra (Ministerio de Fomento). Salvo autorización expresa de dicha Autoridad Portuaria, no podrá atracar ni usar dicha instalación
La isla de Onza es Zona de Reserva según el Decreto 274/1999 de 21 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de las Islas Atlánticas, por lo que está prohibido desembarcar en ella.

CONDICIONES EN EL ARCHIPIÉLAGO DE SÁLVORA
  • La única zona de fondeo autorizada en el archipiélago de SÁLVORA es: Praia do Castelo ou do Almacén.
Por motivos de conservación, la visita a la isla de Sálvor se limita a la Praia do Almacén y al camino que va hasta el Faro (si la visita cuenta con un guía, también es posible usar el camino hasta el poblado). Ningún visitante podrá alejarse de los senderos autorizados ni acceder al resto de la isla
El muelle de Sálvora es propiedad de la Autoridad Portuaria de Vilagarcía (Ministerio de Fomento). Salvo autorización expresa de dicha Autoridad Portuaria, no podrá atracar ni usar dicha instalación.
La navegación en el archipiélago de Sálvora está permitida dentro del espacio poligonal consignado en el anexo de la Ley 15/2002, a excepción de las Zonas de Reserva Marina que a continuación se indican:

    • Zona entre Punta Lagos y Punta Zafra, hasta la isobata 10
    • Baixos Fillo de Pegar, hasta la isobata 10
El islote de Vionta, así como el resto de los islotes cercanos a la isla de Sálvora, son Zona de Reserva según el Decreto 274/1999 de 21 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de las Islas Atlánticas, por lo que está prohibido desembarcar en ellos.
CONDICIONES EN EL ARCHIPIÉLAGO DE CORTEGADA
Las islas de Malveira Grande, Malveira Chica y Briñas son Zonas de Reserva según el Decreto 88/2002 de 7 de marzo, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Isla de Cortegada. Poe lo tanto, está prohibido desembarcar en ellos.
Por motivos de conservación, la visita a la isla de Cortegada se restringirá al sendero que discurre por el perímetro de la isla, así como a un pequeño camino interior que permite acortar dicho sendero, encontrándose ambos debidamente señalizados. Ningún visitante podrá alejarse de los dos senderos autorizados ni acceder al interior de la isla. El acceso a las playas sí está permitido.
Por motivos de seguridad y de conservación está prohibido entrar en cualquiera de las edificaciones existentes, incluido todo el entorno del poblado, salvo el tramo del sendero perimetral que transcurre por su interior.
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Originalmente publicado por Fanso Ver mensaje
Hombre, cuando sacas el permiso de fondeo tienes que aceptar especificamente las condiciones de fondeo, y si te molestas en leerlas lo dice muy clarito

Por otro lado, alguien se molestó en llamar o mandar un mail a la autoridad portuaria de Marín? No vaya a ser que sea tan fácil como eso.

http://www.apmarin.com/es_home.php

Salu222
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  #24  
Antiguo 14-05-2013, 18:34
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Predeterminado Re: Como fondear en la Isla de Ons

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Originalmente publicado por luisglezi Ver mensaje
Hombre Fanso, ya se que cuando uno firma cualquier papel, acepta las condiciones que te ponen para ello (habitualmente en letra pequeña). No te digo que no. Vamos, que me voy ahora mismo a hacerle una transferencia de 6001€ a los de Parques...

Y para mi próxima visita prometo aprenderme DE MEMORIA las condiciones de fondeo adjuntas, igual que tu

CONDICIONES PARA LAS EMBARCACIONES CON PERMISO DE FONDEO
CONDICIONES GENERALES
  • El fondeo deberá realizarse respetando la zona balizada reservada a los bañistas (200 metros hasta la orilla de las playas). Se ubicará de modo que permita el acceso de las embarcaciones a los muelles de la isla, dejando el correspondiente pasillo.
  • La práctica del submarinismo precisa autorización escrita, que será requerida antes del inicio de la actividad subacuática.
  • La pesca deportiva y la pesca submarina están prohibidas dentro de los límites del Parque Nacional
  • No está permitido introducir especies vegetales o animales exóticas, salvo perros lazarillo.
  • Deberá gestionar sus residuos según establece la Orden FOM/1144/2003, de 28 de abril, por la que se regulan los equipos de seguridad, salvamento, contra incendios, navegación y prevención de vertidos por aguas sucias, que deben llevar a bordo las embarcaciones de recreo (BOE de 12 de mayo 2003). No podrán abandonarse residuos en las islas o en el mar, deberá llevarse la basura de vuelta a tierra.
  • En caso de encontrar o avistar cetáceos o aves marinas, es muy importante comportarse de manera respetuosa con objeto de no interferir su actividad vital.
    • Se debe mantener una distancia mínima de 100 metros con las manadas o con los animales solitarios. A partir de esa distancia, son los animales los que decidirán acercarse si les apetece.
    • Debe guardarse silencio, sin tocar bocinas y sin acelerar bruscamente o gritar.
    • La presencia humana no debe alterar las actividades normales de los animales ligados al mar. Éstos se alimentan y/o se reproducen en las Rías.
    • No es recomendable bañarse cerca de los cetáceos y las aves marinas. Los primeros son animales grandes y salvajes que, en ocasiones extremas, pueden mostrar agresividad y causar daños.
  • A efectos de esta autorización, se considera que se realiza una actividad recreativa sin carácter lucrativo o comercial.
  • El autorizado deberá estar en posesión de todas las licencias y permisos necesarias para llevar a cabo las actividades de navegación y fondeo. La navegación, el fondeo y la estancia dentro del Parque Nacional deberá ajustarse a la normativa vigente de aplicación. El incumplimiento de alguna de las condiciones señaladas, así como de lo establecido en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad; la Ley 5/2007, de 3 de abril, de la Red de Parques Nacionales; la Ley 15/2002, de 1 de julio, de declaración del Parque Nacional marítimo terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia; el Real Decreto, 274/1999 de 21 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de Recursos Naturales de las Islas Atlánticas, y el Real Decreto 1803/1999, de 26 de noviembre por el que se aprueba el Plan Director de la Red de Parques Nacionales, y demás normas concordantes, dará origen a la resolución y extinción de la autorización, con independencia de las sanciones administrativas que pudieran corresponder. Además, los visitantes deberán atender en todo momento a las indicaciones del personal del Parque.
CONDICIONES EN EL ARCHIPIÉLAGO DE CÍES
  • Las únicas zonas de fondeo autorizadas en el archipiélago de CÍES son: Praia das Rodas, Praia de Nosa Señora y Praia de San Martiño.
El desembarco ha de realizarse por el muelle de Rodas. El muelle de Carracido es propiedad de la Autoridad Portuaria de Vigo y, salvo su autorización expresa, no es posible atracar o usar dicho muelle. En la isla Sur o de San Martiño, al no existir muelle, el desembarco podrá realizarse con embarcación de apoyo.
La navegación en el archipiélago de Cíes podrá practicarse en las aguas del Parque Nacional delimitadas por el espacio poligonal consignado en el anexo de la Ley 15/2002, a excepción de las Zonas de Reserva Marina:
  • Desde Cabo Bicos hasta el muelle de Os Fornos, hasta la isobata 10
  • Alrededores del Illote Boeiro, hasta la isobata 10
  • Baixo Carrumeiro, hasta la isobata 10
CONDICIONES EN EL ARCHIPIÉLAGO DE ONS
  • Las únicas zonas de fondeo autorizadas en el archipiélago de ONS son: zona Dornas-Castelo y Praia de Melide.
El muelle de Dornas (isla de Ons) es propiedad de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra (Ministerio de Fomento). Salvo autorización expresa de dicha Autoridad Portuaria, no podrá atracar ni usar dicha instalación
La isla de Onza es Zona de Reserva según el Decreto 274/1999 de 21 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de las Islas Atlánticas, por lo que está prohibido desembarcar en ella.

CONDICIONES EN EL ARCHIPIÉLAGO DE SÁLVORA
  • La única zona de fondeo autorizada en el archipiélago de SÁLVORA es: Praia do Castelo ou do Almacén.
Por motivos de conservación, la visita a la isla de Sálvor se limita a la Praia do Almacén y al camino que va hasta el Faro (si la visita cuenta con un guía, también es posible usar el camino hasta el poblado). Ningún visitante podrá alejarse de los senderos autorizados ni acceder al resto de la isla
El muelle de Sálvora es propiedad de la Autoridad Portuaria de Vilagarcía (Ministerio de Fomento). Salvo autorización expresa de dicha Autoridad Portuaria, no podrá atracar ni usar dicha instalación.
La navegación en el archipiélago de Sálvora está permitida dentro del espacio poligonal consignado en el anexo de la Ley 15/2002, a excepción de las Zonas de Reserva Marina que a continuación se indican:

    • Zona entre Punta Lagos y Punta Zafra, hasta la isobata 10
    • Baixos Fillo de Pegar, hasta la isobata 10
El islote de Vionta, así como el resto de los islotes cercanos a la isla de Sálvora, son Zona de Reserva según el Decreto 274/1999 de 21 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de las Islas Atlánticas, por lo que está prohibido desembarcar en ellos.
CONDICIONES EN EL ARCHIPIÉLAGO DE CORTEGADA
Las islas de Malveira Grande, Malveira Chica y Briñas son Zonas de Reserva según el Decreto 88/2002 de 7 de marzo, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Isla de Cortegada. Poe lo tanto, está prohibido desembarcar en ellos.
Por motivos de conservación, la visita a la isla de Cortegada se restringirá al sendero que discurre por el perímetro de la isla, así como a un pequeño camino interior que permite acortar dicho sendero, encontrándose ambos debidamente señalizados. Ningún visitante podrá alejarse de los dos senderos autorizados ni acceder al interior de la isla. El acceso a las playas sí está permitido.
Por motivos de seguridad y de conservación está prohibido entrar en cualquiera de las edificaciones existentes, incluido todo el entorno del poblado, salvo el tramo del sendero perimetral que transcurre por su interior.
Jajajajaja, pero venga, no estamos hablando de 40 páginas a tamaño liliputiense y que encima tendría que analizar un abogado. Hablamos de DOS páginas, y en concreto UN PÁRRAFO. Te molestaste en sacarte el permiso de navegación para el parque, te molestaste en sacar el permiso de fondeo, pero no te molestaste en perder 30 segundos en echar un vistazo a las condiciones de fondeo. Ni siquiera te molestaste en abrir el enlace (hasta ahora).

Me alegro que no te hayan metido el paquetón de 6001, primero por que es una aberración desproporcionada y segundo por que no le deseo mal a nadie, pero hay amijo, búscate una excusa mejor.

Salu222 y
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Predeterminado Re: Como fondear en la Isla de Ons

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Originalmente publicado por luisglezi Ver mensaje
Hombre Fanso, ya se que cuando uno firma cualquier papel, acepta las condiciones que te ponen para ello (habitualmente en letra pequeña). No te digo que no. Vamos, que me voy ahora mismo a hacerle una transferencia de 6001€ a los de Parques...

Y para mi próxima visita prometo aprenderme DE MEMORIA las condiciones de fondeo adjuntas, igual que tu

CONDICIONES PARA LAS EMBARCACIONES CON PERMISO DE FONDEO
CONDICIONES GENERALES
  • El fondeo deberá realizarse respetando la zona balizada reservada a los bañistas (200 metros hasta la orilla de las playas). Se ubicará de modo que permita el acceso de las embarcaciones a los muelles de la isla, dejando el correspondiente pasillo.
  • La práctica del submarinismo precisa autorización escrita, que será requerida antes del inicio de la actividad subacuática.
  • La pesca deportiva y la pesca submarina están prohibidas dentro de los límites del Parque Nacional
  • No está permitido introducir especies vegetales o animales exóticas, salvo perros lazarillo.
  • Deberá gestionar sus residuos según establece la Orden FOM/1144/2003, de 28 de abril, por la que se regulan los equipos de seguridad, salvamento, contra incendios, navegación y prevención de vertidos por aguas sucias, que deben llevar a bordo las embarcaciones de recreo (BOE de 12 de mayo 2003). No podrán abandonarse residuos en las islas o en el mar, deberá llevarse la basura de vuelta a tierra.
  • En caso de encontrar o avistar cetáceos o aves marinas, es muy importante comportarse de manera respetuosa con objeto de no interferir su actividad vital.
    • Se debe mantener una distancia mínima de 100 metros con las manadas o con los animales solitarios. A partir de esa distancia, son los animales los que decidirán acercarse si les apetece.
    • Debe guardarse silencio, sin tocar bocinas y sin acelerar bruscamente o gritar.
    • La presencia humana no debe alterar las actividades normales de los animales ligados al mar. Éstos se alimentan y/o se reproducen en las Rías.
    • No es recomendable bañarse cerca de los cetáceos y las aves marinas. Los primeros son animales grandes y salvajes que, en ocasiones extremas, pueden mostrar agresividad y causar daños.
  • A efectos de esta autorización, se considera que se realiza una actividad recreativa sin carácter lucrativo o comercial.
  • El autorizado deberá estar en posesión de todas las licencias y permisos necesarias para llevar a cabo las actividades de navegación y fondeo. La navegación, el fondeo y la estancia dentro del Parque Nacional deberá ajustarse a la normativa vigente de aplicación. El incumplimiento de alguna de las condiciones señaladas, así como de lo establecido en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad; la Ley 5/2007, de 3 de abril, de la Red de Parques Nacionales; la Ley 15/2002, de 1 de julio, de declaración del Parque Nacional marítimo terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia; el Real Decreto, 274/1999 de 21 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de Recursos Naturales de las Islas Atlánticas, y el Real Decreto 1803/1999, de 26 de noviembre por el que se aprueba el Plan Director de la Red de Parques Nacionales, y demás normas concordantes, dará origen a la resolución y extinción de la autorización, con independencia de las sanciones administrativas que pudieran corresponder. Además, los visitantes deberán atender en todo momento a las indicaciones del personal del Parque.
CONDICIONES EN EL ARCHIPIÉLAGO DE CÍES
  • Las únicas zonas de fondeo autorizadas en el archipiélago de CÍES son: Praia das Rodas, Praia de Nosa Señora y Praia de San Martiño.
El desembarco ha de realizarse por el muelle de Rodas. El muelle de Carracido es propiedad de la Autoridad Portuaria de Vigo y, salvo su autorización expresa, no es posible atracar o usar dicho muelle. En la isla Sur o de San Martiño, al no existir muelle, el desembarco podrá realizarse con embarcación de apoyo.
La navegación en el archipiélago de Cíes podrá practicarse en las aguas del Parque Nacional delimitadas por el espacio poligonal consignado en el anexo de la Ley 15/2002, a excepción de las Zonas de Reserva Marina:
  • Desde Cabo Bicos hasta el muelle de Os Fornos, hasta la isobata 10
  • Alrededores del Illote Boeiro, hasta la isobata 10
  • Baixo Carrumeiro, hasta la isobata 10
CONDICIONES EN EL ARCHIPIÉLAGO DE ONS
  • Las únicas zonas de fondeo autorizadas en el archipiélago de ONS son: zona Dornas-Castelo y Praia de Melide.
El muelle de Dornas (isla de Ons) es propiedad de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra (Ministerio de Fomento). Salvo autorización expresa de dicha Autoridad Portuaria, no podrá atracar ni usar dicha instalación
La isla de Onza es Zona de Reserva según el Decreto 274/1999 de 21 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de las Islas Atlánticas, por lo que está prohibido desembarcar en ella.

CONDICIONES EN EL ARCHIPIÉLAGO DE SÁLVORA
  • La única zona de fondeo autorizada en el archipiélago de SÁLVORA es: Praia do Castelo ou do Almacén.
Por motivos de conservación, la visita a la isla de Sálvor se limita a la Praia do Almacén y al camino que va hasta el Faro (si la visita cuenta con un guía, también es posible usar el camino hasta el poblado). Ningún visitante podrá alejarse de los senderos autorizados ni acceder al resto de la isla
El muelle de Sálvora es propiedad de la Autoridad Portuaria de Vilagarcía (Ministerio de Fomento). Salvo autorización expresa de dicha Autoridad Portuaria, no podrá atracar ni usar dicha instalación.
La navegación en el archipiélago de Sálvora está permitida dentro del espacio poligonal consignado en el anexo de la Ley 15/2002, a excepción de las Zonas de Reserva Marina que a continuación se indican:

    • Zona entre Punta Lagos y Punta Zafra, hasta la isobata 10
    • Baixos Fillo de Pegar, hasta la isobata 10
El islote de Vionta, así como el resto de los islotes cercanos a la isla de Sálvora, son Zona de Reserva según el Decreto 274/1999 de 21 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de las Islas Atlánticas, por lo que está prohibido desembarcar en ellos.
CONDICIONES EN EL ARCHIPIÉLAGO DE CORTEGADA
Las islas de Malveira Grande, Malveira Chica y Briñas son Zonas de Reserva según el Decreto 88/2002 de 7 de marzo, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Isla de Cortegada. Poe lo tanto, está prohibido desembarcar en ellos.
Por motivos de conservación, la visita a la isla de Cortegada se restringirá al sendero que discurre por el perímetro de la isla, así como a un pequeño camino interior que permite acortar dicho sendero, encontrándose ambos debidamente señalizados. Ningún visitante podrá alejarse de los dos senderos autorizados ni acceder al interior de la isla. El acceso a las playas sí está permitido.
Por motivos de seguridad y de conservación está prohibido entrar en cualquiera de las edificaciones existentes, incluido todo el entorno del poblado, salvo el tramo del sendero perimetral que transcurre por su interior.
Yo en su dia me lei todo esta "novela" del tiron y lo que eche de menos es que no pusieran en negrita y tamano de fuente 46 eso de la multa de 6.001 € en caso de no cumplir con todo lo anteriormente expuesto.

Os juro que si ponen lo de la multa bien clarito en el primer parrafo, veriais como todos sabriamos perfectamente las normas, pero claro en dicho caso no hubieran puesto todas las multas de estos ultimos veranos

Quiza sea por eso no ?? es que uno es muy mal pensado con la administracion
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