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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Unas rondas. Os envío un artículo de prensa sobre los barcos abandonados. Seguro que hay un porcentaje importante que pueden tener una segunda vida- que se podría hacer?
Según los técnicos de la Asociación Nacional de Empresas Náuticas (ANEN), en la actualidad más de "1.000 embarcaciones están a la deriva o en estado de abandono en los clubes náuticos y marinas" de la costa española. Se estima que un club náutico español o marina de 300 amarres hay cinco o seis barcos de media en estado de abandono o de embargo. Esta situación se ha incrementado en los últimos meses con motivo de la crisis económica generando un gran problema a los gerentes y responsables de las entidades náuticas. "Por un lado no se puede desalojar el barco hasta que llegue una resolución judicial -con los siguientes gastos que acarrea esta operación- y por otro, los clubes no disponen de este amarre para su venta o alquiler", comenta el técnico de ANEN, José Luis Fayos. Además, estas embarcaciones perjudican también a la imagen del club si una embarcación está en estado de ruina o abandono. Pero hasta el momento no hay una legislación que regule esta situación y es por la está trabajando en estos momentos la asociación ANEN. "No hay referente jurídico, con la legislación ordinaria son procedimientos largos y costosos hasta que se permite el embargo y la autorización de entrar al barco. Sólo en Cataluña hay un reglamento que permite algunos avances", expresa Carlos Sanlorenzo de ANEN y abogado del despacho Del Moral y Arribas Abogados. El caso típico de este tipo de embarcaciones abandonadas responde a modelos con una eslora de 14 metros, el más habitual en el mercado europeo, y por clientes que temporalmente residen en España. "Bien porque el dueño desaparece o incluso por fallecimiento, la embarcación queda en el club inmovilizada hasta que intervenga un juez durante bastaste tiempo", añade Fayos. Posible soluciones Se da la circunstancia que a la Unión de Pescadores, por los convenios que tienen con la Unión Europea, les exigen desguazar las embarcaciones antiguas para poder seguir faenando. Mientras que el apartado del sector náutico de recreo todavía un reglamento que controle las bajas de los barcos o su reciclaje. Una de las soluciones sería el hundimiento de barcos de forma, con la autorización de las Capitanías, para generar pecios y fondos marinos adecuados al entorno. Sin embargo, la solución más práctica y ecológica cuando el volumen de embarcaciones es muy alto sería el reciclaje de todas las piezas de las embarcaciones, aunque todavía no hay gran número de empresas especializadas en España. |
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#2
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La cosa es complicada... cuando se considera abandonado??, imagino que el club lo considerará como tal una vez que el barco tenga un estado de abandono tal, que pueda haber peligro de hundimiento o de daños a otras embarcaciones y se haya intentado localizar al propietario sin ninguna respuesta.
Entonces llegado a este punto, la única manera es por resolución judicial, si no puedes ponerte en contacto con el propietario como te vas a hacer con el barco legalmente?? Y yo me pregunto otra cosa, no se podría aplicar aquí aquella parte del derecho marítimo relativa a cuando encuentras una embarcación en la costa y no la reclama nadie en X meses pasa a ser de tu propiedad?? |
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#3
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..tal vez con un Juez especializado en temas Náutico y Navales se aceleraran procesos y sobre todo como es debido..
..por que me da a mi que muchas veces no saben ni por donde cogerlo o al menos llevarlo con una Realidad Náutica.. ..de las palabras del Sr. Fayo tan solo decir que se le ve una leve brisa o tufo elitista de señorio.. ![]() ![]() ![]() |
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#4
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Es bastante peliagudo, porque segun tengo entendido mas o menos, la ley dice que hasta que no pasen X dias no es abandono, a partir de ahí el club puede solicitar a un juzgado que den el orden de retirarlo, se avisa al dueño, pero eso tarda como mínimo un par de años. En el caso de los embargos es parecido, sólo, que si una vez el dueño recibe la citación del juez, sale el juicio, y él dice que quiere pagar lo que debe, p.ej. en concepto de amarre al puerto, puede ir pagando "poco a poco" y como se considera que tiene buena fé y ánimo de pagar no le embargan. Pero claro, esa módica cantidad puede ser 1€ al día..., es un poco complicado, las leyes en España estan muuuuy mal redactadas, todas las leyes tienen trampa, y además casi siempre afavorecen al malechor.
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#5
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Cita:
final es de lo que se trata, solucionar 1.000 problemas en las marinas. Además en los contratos de arrendamiento debería haber una clausula que limitara el tiempo de impa- go a 10/12 meses con pérdida total de la embarcaciòn. Habría que ver el aspecto le- gal...,pero es que lo legal debe ser practico también, sino para que sirve demorar 2/4 años para resolver un poblema? y mientras causar otros ? |
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#6
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pués buscando por ahí resulta que tampoco iba tan encaminado, en una marina de Cádiz se daba el caso de haber varias embarcaciones abandonadas, se dispusieron en el varadero y un tío solicitó la titularidad , se declararon en abandono y a los 6 meses en un principio se debería resolver darle la propiedad a esta persona.
http://www.derecho.com/l/bop-cadiz/r...s-depositadas/ De la ley 48/2003, que se menciona en el anterior enlace: "Disposición adicional decimoctava. Buques abando- nados. 1. Corresponde al Estado la propiedad de los buques abandonados en la zona de servicio del puerto. 2. Se considerarán abandonados aquellos buques que permanezcan durante más de seis meses atracados, amarrados o fondeados en el mismo lugar dentro del puerto sin actividad apreciable exteriormente, y sin haber abonado las correspondientes tasas o tarifas, y así lo declare el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria. La declaración de abandono exigirá la tramitación del correspondiente procedimiento..." Editado por fluxa en 09-07-2010 a las 18:21. |
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#7
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..hombre Fluxa, pero este caso de Cádiz es un poco especial, se trata de gomonas rápidas que han venido del moro y abandonadas en la playa..
![]() ..y por lo que parece hasta la intención es de volverlas a poner a faenar.. Tele-Narco, dígame ?..País, que País !! ![]() ![]() ![]() ![]() |
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#8
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Son buenas noticias. Debería haber un mecanismo legal para la adquisición de estos barcos.
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#9
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..tal vez a alguién mi anterior comentario no le haga ni un poquito de gracia por el tema mencionado..
..pero es que a mi me ha producido un poco de risa e incluso leve desajuste neuronal de lo que llega a permitir la Justicia en este País.. .en mi juicio personal esas embarcaciones a excepción de ser donadas a algún club de buceo deberían haber sido Quemadas ..pero claro, que bien especular hasta con ellas.. ![]() ![]() ![]() P.D. se de casos de estupendos Veleros que si han aparecido abandonados y han continuado Avandonados en una boya durante tres años hasta que se ha querido hacer algo con ellos, y para entonces ya os podéis imaginar el estado del barco durante esos años Abandonado, saqueado, etc.. ..lo dicho, que País, que Justicia y que País !! |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Colt Cabrera | ||
Vicente P (14-12-2013) | ||
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#10
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Vicente P (14-12-2013) | ||
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#11
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Rondas para tod@s
![]() ![]() ![]() Y mi esposa y yo...llevamos mucho tiempo buscando la oportunidad de hacernos con uno de esos barcos ... esperando...y tantos abandonados...sin navegar...volver abordo. ![]() ![]() ![]() ![]() : brindis:
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Cabalgar las olas a bordo de un velero, el mejor lugar del mundo, vivir a bordo y dormir arrullado y sosegado por la mar...volver a la mar... ![]()
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#12
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¿Y qué pasa cuando el barco es de pabellón extranjero? Conseguir que un juez ordene algo sobre una propiedad de otro país puede ser muy complicado.
Cita:
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#13
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Actualmente hay centenares de barcos abandonados o "casi", localizados en algunos puntos concretos del planeta, aparte de España. Son fundamentalmente veleros de eslora alrededor de los doce metros, la mayoría de ellos en muy buen estado y bien equipados, cuyos propietarios se han visto sorprendidos por la crisis económica con el pie cambiado y estarían dispuestos a desprenderse de su propiedad flotante perdiendo dinero, pero sin tener que soportar unos gastos mensuales inasumibles. Barcos localizados en una Marina, Puerto o fondeo regulado, en un país diferente al del propietario, donde su barco sigue depreciándose a la espera de un comprador que nunca llega.
Barcos sin ningún problema legal. Sin quebraderos de cabeza. Sin problemas. Elegir barco, pagar, y hacer una buena compra. Todos contentos: comprador y vendedor. Bastante sencillo: sólo hace falta tener tiempo para mirar sin prisas. Dinero en el bolsillo y las ideas superclaras. Saludos ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Navegaciones | ||
Vicente P (14-12-2013) | ||
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#14
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#15
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![]() ![]() para tod@sEs cierto...hay situaciones, como la mia, en las que dispones de todo el tiempo..de la experiencia necesaria y de mucha ilusión y energía...el dinero es el que escasea en este momento... Si alguna o algún cofrade tiene conocimiento de velero de 35 a 40 pies abandonado ...posibilidad de papeleo...en condiciones para navegar...no importa el bricolaje y mantenimiento que necesite..iría a buscarlo a Canarias, Peninsula y Baleares. Estoy en dique seco hace 6 años ...antes vivía a bordo de mi primer velero un Endurance 35. Puñetera crisis. Bueno brindemos de nuevo y horizontes despejados. ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() irata :
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Cabalgar las olas a bordo de un velero, el mejor lugar del mundo, vivir a bordo y dormir arrullado y sosegado por la mar...volver a la mar... ![]()
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#16
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La única forma segura de acceder a la titularidad de un barco abandonado es adjudicárselo en pública subasta.
Si el Club Naútico es diligente en la reclamación de cuotas impagadas por la ocupación del amarre, el procedimiento judicial no tiene porque alargarse necesariamente, sobretodo si la cantidad no excede de treinta mil euros y se acude a un procedimiento ágil como el procedimiento monitorio. Si el deudor no se opone a la reclamación en el perentorio plazo que se le da en el requerimiento de pago, el acreedor puede pedir directamente que se despache ejecución y se embarguen bienes del deudor. El barco es un bien mueble embargable, y una vez despachada ejecución y efectuada la traba, procede que un perito lo valore y salga a pública subasta. El adjudicatario queda plenamente cubierto como comprador en una venta judicial. En condiciones normales el proceso no debería alargarse más de seis meses. Saludos ![]() |
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