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  #1  
Antiguo 05-12-2007, 11:07
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Predeterminado Ayuda: circular 795 de arpege

Buenas a Todos.

Un amigo necesita presentar la circular 795 de un arpege para hacer un cambio de bandera.

Si alguien ha cambiado la bandera de un arpege y dispone de ese informe le agradecería se ponga en contacto conmigo.

Ya sé que pido imposibles pero gracias de todas formas.
Ahora voy a poner una vela a algun Santo a ver si me echa una mano.
__________________
La costa se iba acercando
a nuestros ojos cansados
y el perfume de los pinos
y el rumor de los guijarros
y en el agua un espejo
para vernos reflejados.


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  #2  
Antiguo 05-12-2007, 12:35
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Predeterminado Re: Ayuda: circular 795 de arpege

Voy a ver si te puedo echar un cable.

Si me dices la capitania en que vas a hacer el trámite mejor.

Meto tu mensaje en el grupo de yahoo en que nos hemos unido algunos arpegianos http://es.groups.yahoo.com/group/EL_MITICO_ARPEGE/ a ver si alguno te ayuda.

Saludos

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Originalmente publicado por jontranquilo Ver mensaje
Buenas a Todos.

Un amigo necesita presentar la circular 795 de un arpege para hacer un cambio de bandera.

Si alguien ha cambiado la bandera de un arpege y dispone de ese informe le agradecería se ponga en contacto conmigo.

Ya sé que pido imposibles pero gracias de todas formas.
Ahora voy a poner una vela a algun Santo a ver si me echa una mano.

Editado por seequivocolapalo en 05-12-2007 a las 12:39.
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  #3  
Antiguo 05-12-2007, 14:23
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Predeterminado Re: Ayuda: circular 795 de arpege

Te mando el texto de la circular. la tengo en PDf si quieres me das un mail y te la mando. Saludos

CIRCULAR Nº 7 /95
ASUNTO: CONSTRUCCION, EQUIPO Y RECONOCIMIENTO DE EMBARCACIONES DE RECREO

En aplicación de las facultades que la segunda parte del párrafo a) y párrafo b) del Art. 1-12 del Decreto 3384/1971 -atribuye al Inspector General de Buques, y las competencias que el Art. 8 c) y el Art. 86.5 de la Ley 27/1992 de Puertos del Estado y de la Marina Mercante concede a la Administración Marítima;

Teniendo en cuenta el texto de la Directiva publicado en el D.O.C.E. el 30.6.94 de la "Directiva 94/25/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de junio de 1994 relativa a la Aproximación de las Disposiciones Legales, Reglamentarias y Administrativas de los Estados Miembros Relativas a Embarcaciones de Recreo", se recogen conceptos y definiciones, y se adoptan algunas de las normas armonizadas
sobre los requisitos básicos referidos en el Artículo 3 de dicha Directiva;
Esta Dirección General, ha resuelto publicar esta Circular, cuyo texto figura en el anexo, con objeto de aclarar e interpretar la normativa vigente, reunir Circulares y Escritos que sobre la materia existen, recoger las sugerencias de la Comisión Europea y unificar los criterios a aplicar en todas las Inspecciones Periféricas.

Los fabricantes, distribuidoras o representantes comerciales de embarcaciones de recreo legalmente fabricadas y/o comercializadas y homologadas en un Estado miembro de la Comunidad Europea u originarias de los Estados miembros AELC signatarios del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, presentarán la solicitud de homologación acompañada de la documentación técnica correspondiente (traducida al español), extendida en su caso por la Administración del Estado de origen o por organismos reconocidos por este. Una vez que se compruebe que las embarcaciones ofrecen un nivel de seguridad equivalente al exigido por la normativa española, se emitirá el Certificado de Homologación a que hace referencia el apartado 6.1.3, sin necesidad de presentar otros documentos ni realizar pruebas ya efectuadas en el Estado de origen que estén refrendadas por la documentación aportada.

Esta Circular podrá ser aplicada en el momento de su publicación y obligatoriamente a partir del 1 de noviembre de 1995, de acuerdo con lo indicado en el apéndice V del anexo.

Madrid, 19 de julio de 1995

EL DIRECTOR GENERAL DE LA MARINA MERCANTE
Pedró Anatael Meneses Roqué"


Cita:
Originalmente publicado por jontranquilo Ver mensaje
Buenas a Todos.

Un amigo necesita presentar la circular 795 de un arpege para hacer un cambio de bandera.

Si alguien ha cambiado la bandera de un arpege y dispone de ese informe le agradecería se ponga en contacto conmigo.

Ya sé que pido imposibles pero gracias de todas formas.
Ahora voy a poner una vela a algun Santo a ver si me echa una mano.
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  #4  
Antiguo 05-12-2007, 14:24
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Predeterminado Re: Ayuda: circular 795 de arpege

Te mando el texto de la circular. la tengo en PDf si quieres me das un mail y te la mando son 38 folios con el anexo incluido. La he colgado en el apartado de "ARCHIVOS" del grupo de yahoo de los ARPEGES (http://es.groups.yahoo.com/group/EL_..._ARPEGE/files/). Saludos

CIRCULAR Nº 7 /95
ASUNTO: CONSTRUCCION, EQUIPO Y RECONOCIMIENTO DE EMBARCACIONES DE RECREO

En aplicación de las facultades que la segunda parte del párrafo a) y párrafo b) del Art. 1-12 del Decreto 3384/1971 -atribuye al Inspector General de Buques, y las competencias que el Art. 8 c) y el Art. 86.5 de la Ley 27/1992 de Puertos del Estado y de la Marina Mercante concede a la Administración Marítima;

Teniendo en cuenta el texto de la Directiva publicado en el D.O.C.E. el 30.6.94 de la "Directiva 94/25/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de junio de 1994 relativa a la Aproximación de las Disposiciones Legales, Reglamentarias y Administrativas de los Estados Miembros Relativas a Embarcaciones de Recreo", se recogen conceptos y definiciones, y se adoptan algunas de las normas armonizadas
sobre los requisitos básicos referidos en el Artículo 3 de dicha Directiva;
Esta Dirección General, ha resuelto publicar esta Circular, cuyo texto figura en el anexo, con objeto de aclarar e interpretar la normativa vigente, reunir Circulares y Escritos que sobre la materia existen, recoger las sugerencias de la Comisión Europea y unificar los criterios a aplicar en todas las Inspecciones Periféricas.

Los fabricantes, distribuidoras o representantes comerciales de embarcaciones de recreo legalmente fabricadas y/o comercializadas y homologadas en un Estado miembro de la Comunidad Europea u originarias de los Estados miembros AELC signatarios del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, presentarán la solicitud de homologación acompañada de la documentación técnica correspondiente (traducida al español), extendida en su caso por la Administración del Estado de origen o por organismos reconocidos por este. Una vez que se compruebe que las embarcaciones ofrecen un nivel de seguridad equivalente al exigido por la normativa española, se emitirá el Certificado de Homologación a que hace referencia el apartado 6.1.3, sin necesidad de presentar otros documentos ni realizar pruebas ya efectuadas en el Estado de origen que estén refrendadas por la documentación aportada.

Esta Circular podrá ser aplicada en el momento de su publicación y obligatoriamente a partir del 1 de noviembre de 1995, de acuerdo con lo indicado en el apéndice V del anexo.

Madrid, 19 de julio de 1995

EL DIRECTOR GENERAL DE LA MARINA MERCANTE
Pedró Anatael Meneses Roqué"
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Editado por seequivocolapalo en 05-12-2007 a las 14:29.
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  #5  
Antiguo 05-12-2007, 14:37
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Predeterminado Re: Ayuda: circular 795 de arpege

Los proyectos de 7/95 son individuales para cada barco. Si presenta de otro barco, no deberian de aceptarlo en Capitanía.

Si no me falla la memoria, un amigo realizó un proyecto de 7/95 de un Arpege, imagino que no será caro adaptarlo y visarlo para otro Arpege... contactarme por email si quereis y os paso el contacto.

Salu2
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