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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola buenas tardes y antes de nada birras fresquitas para todos.
He comprado un motor auxiliar de 4cv 2t y quisiera saber si hay que registrar con los papeles del barco o no hace falta el motor tiene papeles gracias y saludos. |
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Klusplay (21-11-2017) | ||
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#2
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¿Nuevo o de segunda mano?
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Mi blog: https://pescaenelmariate.blogspot.com/ |
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#3
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La preguta correcta es ¿intraborda o fueraborda?
4CV 2T suena a fueraborda, y ya hace tiempo que no hay que acoplarlo documentalmente al barco. ![]() |
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#4
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Gracias a todos por las respuesta es fueraborda un saludo y buena mar
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#5
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Que es fueraborda es evidente, decía lo de segunda mano, porque si lo quieres llevar de forma legal, y aunque no es necesario hacer el acople sí que es necesario otra formalidad
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Mi blog: https://pescaenelmariate.blogspot.com/ |
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#6
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Si no me equivoco para fueraborda, tanto nuevo como de segunda mano, con la factura basta.
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#7
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Efectivamente solo contrato de compraventa o factura además de los papeles del motor.
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#8
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La pregunta importante es que si es nuevo o segunda mano. ¿Por qué? Pues que para llevar totalmente legal un motor de segunda mano, además de lo que apuntáis, ES NECESARIO E IMPRESCINDIBLE, pagar el impuesto de transmisiones, cuyo importe es el 4% del valor declarado en el contrato de compraventa.
Si no pagáis este impuesto, estáis fuera de la ley y os pueden multar. Luego si nos paran, volveremos a despotricar de la Guardia Civil o algún otro. ![]()
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Mi blog: https://pescaenelmariate.blogspot.com/ Editado por Mariate en 01-12-2017 a las 12:54. |
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#9
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![]() ![]() Mariate, seguro que el impuesto es de sucesiones ?? Será de trasmisiones o algo parecido. Saludos.
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Los políticos y los pañales se han de cambiar a menudo... y por los mismos motivos. (George Bernard Shaw) |
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Mariate (01-12-2017) | ||
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#10
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Cita:
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#11
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El de suceciones, si hubiera heredado el motor...
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#12
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Estoy con Mariate,y para poder pagar el impuesto de transmisiones ,además de rellenar un impreso que te dan allí,te piden el contrato de compra venta,fotocopias dni vendedor y comprador ,y factura de compra,si no tienes esta documentación,no te dejan pagar el impuesto,al menos aquí en Cartagena.
Como ya han dicho varios,”no” es necesario después pasar por Capitania para solicitar el acople. Saludos |
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Mariate (05-12-2017) | ||
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#13
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Cita:
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