La Taberna del Puerto Sergio Ponce
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  #1  
Antiguo 14-06-2015, 22:38
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Predeterminado Prácticas nueva normativa PY

Sabéis si teniendo el PER por la anterior normativa y habiendo aprobado la teoría del PY por la nueva, qué prácticas tengo que hacer ahora. Entiendo que debo hacer las prácticas de navegación, que las de vela no, porque me valen las del PER, ¿pero y las de radio? En algunos sitios me dicen que las de radio no, porque ya me valen las del PER, y en otros sitios que sí tengo que hacerlas de nuevo. ¿Podéis aclararme vosotros qué debo hacer?
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  #2  
Antiguo 15-06-2015, 09:43
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Predeterminado Re: Prácticas nueva normativa PY

Practicas de navegacion y radio.La de vela te sirve.

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  #3  
Antiguo 15-06-2015, 11:09
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Predeterminado Re: Prácticas nueva normativa PY

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Originalmente publicado por Jpozueco Ver mensaje
Sabéis si teniendo el PER por la anterior normativa y habiendo aprobado la teoría del PY por la nueva, qué prácticas tengo que hacer ahora. Entiendo que debo hacer las prácticas de navegación, que las de vela no, porque me valen las del PER, ¿pero y las de radio? En algunos sitios me dicen que las de radio no, porque ya me valen las del PER, y en otros sitios que sí tengo que hacerlas de nuevo. ¿Podéis aclararme vosotros qué debo hacer?
No tienes porque. Si lees el RD podrás comprobar que puedes realizar el canje de títulos, por lo tanto una vez canjeado te tienen que conceder el de Operador de Corto Alcance.

Desde ANAVRE ANDALUCÍA se esta haciendo gestiones con el IAD para que no se tenga ni siquiera que pedir el canje.

Saludos cordiales

Guillermo
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  #4  
Antiguo 15-06-2015, 12:00
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Predeterminado Re: Prácticas nueva normativa PY

Hola
Yo vivo en Andalucia y me dijeron algo distinto. Si canjeaba el PER me daban el nuevo "capado" con las atribuciones del antiguo y si queria las nuevas atribuciones tenia que hacer las practicas nuevas.
Asi que las practicas de radiooperador de corto alcance las vas a tener que hacer para conseguir las atribuciones del nuevo PER o para PY.
Pero como ya sabemos todos cada persona con la que hables te dira una cosa distinta. Suerte.
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  #5  
Antiguo 15-06-2015, 13:13
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Predeterminado Re: Prácticas nueva normativa PY

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Originalmente publicado por Javito1968 Ver mensaje
Hola
Yo vivo en Andalucia y me dijeron algo distinto. Si canjeaba el PER me daban el nuevo "capado" con las atribuciones del antiguo y si queria las nuevas atribuciones tenia que hacer las practicas nuevas.
Asi que las practicas de radiooperador de corto alcance las vas a tener que hacer para conseguir las atribuciones del nuevo PER o para PY.
Pero como ya sabemos todos cada persona con la que hables te dira una cosa distinta. Suerte.
Efectivamente, ese fue un error de interpretación de la Junta pero cuando se le reclamo por parte de ANAVRE lo subsanaron.

Saludos

Guillermo
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  #6  
Antiguo 15-06-2015, 15:05
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Predeterminado Re: Prácticas nueva normativa PY

Tiene pinta de que voy a tener que hacer la radio, pero a ver qué dicen en Asturias los de la Dirección General. En cuanto sepa seguro cómo va, al menos aquí, os digo algo.

Editado por Jpozueco en 15-06-2015 a las 15:13.
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  #7  
Antiguo 15-06-2015, 15:40
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Predeterminado Re: Prácticas nueva normativa PY

Veréis, lo que pasa es que a veces los funcionarios que leen las leyes no tiene idea de conceptos jurídicos y la interpreta a su libremente, unas veces a sabiendas y otras por desconocimiento.

Disposición adicional sexta. Títulos adquiridos en aplicación de la Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo.

Los poseedores de títulos obtenidos al amparo de la Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo, podrán optar bien por conservar dichos títulos con las atribuciones que confieren los mismos
o bien canjearlos por los títulos regulados en este real decreto, conforme a lo previsto en la disposición adicional siguiente.

La siguiente dice:

CANJES:

Patrón de embarcaciones de recreo por patrón de embarcaciones de recreo, con las atribuciones previstas en este real decreto: atribuciones básicas

y en las atribuciones básicas está, les guste o no a ellos, la de Operador de Radio de Corto Alcance, ya que las complementarias son las de vela y las de poder navegar de la Península a Baleares, eso si... ¡¡cuidado que hay que tener la embarcación despachada para como mínimo zona 3 !!

Por lo tanto a lo máximo que puede llegar las CC.AA. es a exigirte que solicites el canje antes de darte por realizadas las practicas de radio.

En Andalucía, a través de ANAVRE, conseguimos que para evitar el pago de una tasa mas, aquellos nuevos PY que solicitarán las titulaciones no se le exigiera las practicas de radio.

Espero que haya quedado claro

Saludos

Guillermo
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  #8  
Antiguo 15-06-2015, 18:13
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Predeterminado Re: Prácticas nueva normativa PY

Os pongo la respuesta de la DG de Pesca en Asturias sobre esta cuestión:

Deberá solicitar el canje (solicitud y tasa 17,17€) para obtener el PER con las nuevas atribuciones donde ya se reconocería Radio de corto alcance y entonces si le valdría para las prácticas de radio de PY.
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  #9  
Antiguo 15-06-2015, 18:50
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Predeterminado Re: Prácticas nueva normativa PY

Cita:
Originalmente publicado por Jpozueco Ver mensaje
Os pongo la respuesta de la DG de Pesca en Asturias sobre esta cuestión:

Deberá solicitar el canje (solicitud y tasa 17,17€) para obtener el PER con las nuevas atribuciones donde ya se reconocería Radio de corto alcance y entonces si le valdría para las prácticas de radio de PY.
Hola buenas tardes

Efectivamente eso es lo que en algunas comunidades están haciendo "recaudando"

Saludos

Guillermo
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  #10  
Antiguo 15-06-2015, 19:01
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Predeterminado Re: Prácticas nueva normativa PY

Por curiosidad, ¿cuanto costaría hacer el curso de radio de 12 horas?
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  #11  
Antiguo 15-06-2015, 19:11
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Predeterminado Re: Prácticas nueva normativa PY

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Originalmente publicado por sextante43 Ver mensaje
1º Las atribuciones, no tienen absolutamente nada que ver, con el certificado de operador de corto alcance ni de largo alcance
las atribuciones, son aquellos actos que podemos desempeñar, cada uno acorde con el titulo que posea,
en ningun sitio del RD " En Atribuciones " de los titulos pone que llevar, un certificado que solo acredita que se ha realizado ese curso, sea una atribucion
entendemos que un titulo atribuye, poder llevar un barco de X eslora, que atribuye poder salir hasta X millas, etc.
y por ultimo vuelvo a reiterar, que los articulos que se citan, en relacion a canjes, de titulos, se refieren a canjear un titulo antiguo, por otro moderno, pero siempre conservando la misma categoria,
segun la tesis que expone, un Capitan antiguo, va y solicita que le canjeen el titulo por otro de la nueva normativa, ¿ y que le dan, le dan el certificado de PPER ?
el caso que ha suscitado este debate, es un Sr, que tiene un PER. y, a estudiado para PY. y ha aprobado PY. el per ya lo puede descartar, ahora solicita el titulo de PY y tiene que hacer sus pruebas, y tiene que hacer, su curso, de radio de corto alcance, porque en los estudios de PY nuevos, no se ha dado Radio, y la normativa dice que hay que hacer un curso de corto alcance para poder ejercer de PY, y eso, en ningun sitio se puede considerar "un canje de titulo"
No, no tiene que hacer ningún curso de largo ni de corto alcance ¿sabes por qué?, en primer lugar porque en las nuevas a partir de PER te tiene que poner ya que tienes la titulación de corta alcance, y en segundo lugar porque los antiguos PER saben, o al menos deberían saber, mas que los actuales ya que no no solo hacían las practicas sino que sufrian un examen eliminatorio, aunque es bien cierto que el temario era algo diferente.

Te adjunto un PER de canje (era PER desde 2009), recortado claro esta para no dar nombres, donde podrás ver como le han CONCEDIDO el Corto Alcance sin realizar ningún tipo de curso, y es que el RD obliga a ello.

Aquí en Andalucia ha ocurrido igual con los PY y con los CY, y precisamente suele frecuentar este foro un CY que podrá corroborarlo.

Saludos

Guillermo
Imágenes adjuntas
Tipo de archivo: jpg 1.jpg (90.9 KB, 30 vistas)
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  #12  
Antiguo 15-06-2015, 21:59
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Predeterminado Re: Prácticas nueva normativa PY

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Originalmente publicado por sextante43 Ver mensaje
bien amigo, eso que ud pone en la foto, es la tarjeta, ahora en formato papel, que acredita que se tiene "El titulo" y pone patron de embarcaciones de recreo, precisamente por que se tiene el titulo de patron de embarcaciones de recreo, y pone radio operador de corto alcance de acuerdo a las resoluciones de la UIT, pero hay que demostrar con certificado que se ha realizado el curso, y eso seria el titulo, el que lo ponga ahi no acredita que se tenga el titulo, sino se demuestra con el certificado oficial. pone muy claro de acuerdo a las resoluciones de la UIT, no pone de acuerdo al examen de patron de embarcaciones de recreo,
lo del capitan que cita ud. creo saber quien, pero ese sr. realizo una Asignatura completa de radio, en sus estudios de CY en la antigua normativa, y todas las asignaturas aprobadas tenian que reconocerselas.
RD 875/2014, Procedimientos y pruebas para la obtencion de los titulo
Art. 12 - requisitos para la obtencion de los titulos
Para la obtencion de los titulos regulados en este real decreto con sus atribuciones de caracter basico, sera necesario
superar, Las pruebas teoricas, las practicas, y curss de formacion conforme a lo previsto en los anexos II III y IV de este real decreto - el anaxo IV es el que detalla lo que es el curso de radio-operador de corto y largo alcance -
Art. 18 punto 1 - El titulo de Radio-operador de corto alcance, sera, de Caracter Obligatorio, siendo su superacion Requisito Indispensable, para la obtencion de los titulos de Patron de Embarcaciones de Recreo, Patron de Yate, y Capitan de Yate, con sus atribuciones basicas
punto 3 Una vez superado el curso de Radio-operador de "corto alcance" no sera necesario, repetirlo para la obtencion de cualquier otra, titulacion contemplada en este real decreto.
nota. en el caso que nos ocupa el cofrade tiene el titulo de PER pero no tiene el curso de Radio-operador de corto alcance, ahora se ha sacado, el PY y ademas de las practicas debe de hacer segun el RD el curso de Radio-operador, otra cosa es que las CCAA no sepan interpretar, estos articulos, y hagan lo que ellos quieran influenciados por otros entes.

Disposicion Adicional Septima. Canje de titulos.
punto k Patron de Embarcaciones de recreo, por Patron de Embarcaciones de Recreo, con las"atribuciones" previstas en este real decreto 12 millas, 15 mts,
Nota. El curso de Radio-operador de corto alcance, "no " es una atribucion, es un curso obligatorio, que hay que realizar, "atribucion" es aquello para lo que habilita este curso, en el anexo IV viene detallado. bien ahora le agradeceria, independientemente de lo que crean o hagan en las comunidades, me indicara ud. donde viene reseñado, en que capitulo, en que articulo, en que disposicion de este real decreto, que al pasar de un titulo antiguo, a uno nuevo hay que reconocerle, un curso que "no" ha realizado, y le repito, el curso "no" es una atribucion.
saludos
Vamos a ver porque creo te estas liando ya que todo lo que te he marcado en negrita es válido para las nuevas titulaciones y no para antiguas ya que esas estan reguladas en la disposición adicional sexta y séptima.

De momento te digo que ya no te dan ningún certificado ya que son las propias Escuelas quien lo hacen telemáticamente y lo segundo, y con esto acabo mi intervención en este hilo, se dan porque el RD así lo expresa:

Disposición adicional sexta. Títulos adquiridos en aplicación de la Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo.
Los poseedores de títulos obtenidos al amparo de la Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo, podrán optar bien por conservar dichos títulos con las atribuciones que confieren los mismos o bien canjearlos por los títulos regulados en este real decreto, conforme a lo previsto en la disposición adicional siguiente.


y el canje conlleva "jurídicamente" , y siento que no te guste, el reconocimiento de Operador de Corto Alcance, por lo que "no hay que demostrar nada, solo que se es PER"

Todo lo que te he marcado en negrita no vale para nada con respecto a las antiguas titulaciones, son para las nuevas, las antiguas solo se regula

Saludos cordiales

Guillermo

Editado por GNA1950 en 15-06-2015 a las 22:07.
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  #13  
Antiguo 15-06-2015, 22:08
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Predeterminado Re: Prácticas nueva normativa PY

Simple y llanamente, si acabas de aprobar el PY y ni siquiera sabes que prácticas hay que hacer, ALGO FALLA.
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  #14  
Antiguo 15-06-2015, 23:01
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Originalmente publicado por jiauka Ver mensaje
Simple y llanamente, si acabas de aprobar el PY y ni siquiera sabes que prácticas hay que hacer, ALGO FALLA.
Creo que no te has parado demasiado a leer de qué trata el hilo antes de responder . Sé de sobra las prácticas que tengo que hacer, pero como podrás ver en los mensajes anteriores, no está tan claro si la radio del PER por la anterior normativa evita tener que hacer el curso de radio operador de corto alcance que hay en las nuevas normativas
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  #15  
Antiguo 15-06-2015, 23:11
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Originalmente publicado por Jpozueco Ver mensaje
Creo que no te has parado demasiado a leer de qué trata el hilo antes de responder . Sé de sobra las prácticas que tengo que hacer, pero como podrás ver en los mensajes anteriores, no está tan claro si la radio del PER por la anterior normativa evita tener que hacer el curso de radio operador de corto alcance que hay en las nuevas normativas

Pues si el BOE NO está claro, pregunta a los que hicieron la ley. No en 1 foro.

En cualquier caso opino que solo deberás hacer las prácticas que dice la ley.
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  #16  
Antiguo 15-06-2015, 23:28
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Predeterminado Re: Prácticas nueva normativa PY

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Originalmente publicado por jiauka Ver mensaje
Pues si el BOE NO está claro, pregunta a los que hicieron la ley. No en 1 foro.

En cualquier caso opino que solo deberás hacer las prácticas que dice la ley.
Con todos mis respetos puedo preguntar donde quiera y más en un foro de títulos náutico deportivos. Si algo bueno tiene esto es que cada uno puede compartir lo que sabe para ayudar al resto de la gente, como así ha sido
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  #17  
Antiguo 16-06-2015, 08:18
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Predeterminado Re: Prácticas nueva normativa PY

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Originalmente publicado por Jpozueco Ver mensaje
Os pongo la respuesta de la DG de Pesca en Asturias sobre esta cuestión:

Deberá solicitar el canje (solicitud y tasa 17,17€) para obtener el PER con las nuevas atribuciones donde ya se reconocería Radio de corto alcance y entonces si le valdría para las prácticas de radio de PY.
Efectivamente a lo máximo que te pueden obligar es a pedir un "canje" que nada tiene que ver con solicitar una "nueva titulación". El canje se regula exclusivamente en la disposición sexta y séptima afectado solo a las titulaciones obtenidas en aplicación de la Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre.

A tu pregunta del costo que supone por Andalucía son unos 100 euros mas IVA lo que suele costar, por lo que te ahorras unos 100 euros si solicitas el canje eso si, tienes que esperar a que te envíen el canje y posteriormente solicitar el PY.

Saludos

Guillermo

Editado por GNA1950 en 16-06-2015 a las 08:51. Razón: corregir frases
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  #18  
Antiguo 16-06-2015, 12:58
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Que panda de cap.... en Andalucia.
Pues me la querian meter pero bien.
Pues voy mañana mismo a pedir el canje del PER y una vez lo tenga intentare pedir el PY (solo me faltan las practicas de radio). No es por el dinero porque las he encontrado por 100 euros, la historia es que son a casi 200 km de mi casa y en tres dias con todos los gastos que conlleva.
Lo voy a intentar y a ver que pasa.
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  #19  
Antiguo 16-06-2015, 14:21
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Originalmente publicado por Jpozueco Ver mensaje
Sabéis si teniendo el PER por la anterior normativa y habiendo aprobado la teoría del PY por la nueva, qué prácticas tengo que hacer ahora. Entiendo que debo hacer las prácticas de navegación, que las de vela no, porque me valen las del PER, ¿pero y las de radio? En algunos sitios me dicen que las de radio no, porque ya me valen las del PER, y en otros sitios que sí tengo que hacerlas de nuevo. ¿Podéis aclararme vosotros qué debo hacer?
Hay que pasar por caja, mi tarjeta del PER le quedaban aún muchos años para su vencimiento pero da igual, tuve que pagar las tasas para tener el papel nuevo con las nuevas atribuciones y ya... mágicamente solo pagando no tengo que hacer las practicas de radio para PY. Las opciones que me dieron era pagar por la nueva tarjeta (50€ aprox) o hacer las practicas de radio (70€).
Esto demuestra una vez más la preocupación que existe por capacitación para realizar una navegación segura.
Ya que estoy aprovecho de hacer un comentario sobre las practicas de navegación, las hice hace poco, maravillosas! bebimos cerveza, hicimos todos los chistes machistas que conocemos, eso nos convierte en gente de mar!!!... El barco muy bonito pero no estaba en condiciones de navegar bien a vela, tenia detalles chapuzas con todo que no tenia mas de 10 años, así que a motor y eso si a poner a prueba a toda la tripulación porque un velero con mar de fondo y sin un poco de trapo para estabilizarlo, se hace duro. No aprendimos a entrar o salir del puerto ni con una barca de 6 mts pero si a ir a 100 millas de la costa con un 24mts sin marearnos, los fondeos mal hechos pero claro para que hacerlos bien si hace buen tiempo....
Entiendo que existan titulaciones compradas, ¿para que pasar por esto? si tengo dinero y puedo evitar pasar por esto...
Pues hasta aqui por que para que recordar, ya pasó.
Mucha suerte Jpozueco, que lo consigas resolver
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  #20  
Antiguo 16-06-2015, 18:13
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Cita:
Originalmente publicado por GNA1950 Ver mensaje
Efectivamente a lo máximo que te pueden obligar es a pedir un "canje" que nada tiene que ver con solicitar una "nueva titulación". El canje se regula exclusivamente en la disposición sexta y séptima afectado solo a las titulaciones obtenidas en aplicación de la Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre.

A tu pregunta del costo que supone por Andalucía son unos 100 euros mas IVA lo que suele costar, por lo que te ahorras unos 100 euros si solicitas el canje eso si, tienes que esperar a que te envíen el canje y posteriormente solicitar el PY.

Saludos

Guillermo
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Originalmente publicado por ComunElefante Ver mensaje
Hay que pasar por caja, mi tarjeta del PER le quedaban aún muchos años para su vencimiento pero da igual, tuve que pagar las tasas para tener el papel nuevo con las nuevas atribuciones y ya... mágicamente solo pagando no tengo que hacer las practicas de radio para PY. Las opciones que me dieron era pagar por la nueva tarjeta (50€ aprox) o hacer las practicas de radio (70€).
Esto demuestra una vez más la preocupación que existe por capacitación para realizar una navegación segura.
Ya que estoy aprovecho de hacer un comentario sobre las practicas de navegación, las hice hace poco, maravillosas! bebimos cerveza, hicimos todos los chistes machistas que conocemos, eso nos convierte en gente de mar!!!... El barco muy bonito pero no estaba en condiciones de navegar bien a vela, tenia detalles chapuzas con todo que no tenia mas de 10 años, así que a motor y eso si a poner a prueba a toda la tripulación porque un velero con mar de fondo y sin un poco de trapo para estabilizarlo, se hace duro. No aprendimos a entrar o salir del puerto ni con una barca de 6 mts pero si a ir a 100 millas de la costa con un 24mts sin marearnos, los fondeos mal hechos pero claro para que hacerlos bien si hace buen tiempo....
Entiendo que existan titulaciones compradas, ¿para que pasar por esto? si tengo dinero y puedo evitar pasar por esto...
Pues hasta aqui por que para que recordar, ya pasó.
Mucha suerte Jpozueco, que lo consigas resolver
Gracias
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