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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Saludos a los cofrades.
Tengo una duda (otra más) sobre una pregunta de un test que afecta a las reglas 14 y 18 del R.I.P.A.; Situación de Vuelta Encontrada y Obligaciones entre Categorías de Buques, respectivamente. El test plantea esta pregunta: Si navegando en un buque de propulsión mecánica nos encontramos por la proa con otro buque que exhibe una marca consistente en dos conos unidos por las puntas y a la derecha un cono con el vértice hacia arriba ¿quién debe maniobrar? El buque de las marcas lo identifico como un pesquero no de arrastre con aparejos >150 mts., extendidos por su costado de babor. Y por eso, aplicando la regla 18, pienso que deberíamos maniobrar nosotros (buque de propulsión mecánica maniobra a buque de pesca). Sin embargo, el test da como respuesta correcta que ambos buques deben maniobrar cayendo a estribor; aplicando, por ello, la regla 14. Pero, pienso yo, si caemos a estribor pasaríamos por el costado de babor del buque, que es por el que lleva extendido el aparejo, y solo sabemos que su longitud es >150 mts. pero no su longitud total. No entiendo mucho (más bien nada) de aparejos de pesca, pero por documentales que he visto sé que algunos llegan a medir kilómetros; posiblemente estos sean más los de arrastre, pero puede que otro tipo de pesca los use también de longitud considerable. Por todo lo dicho, a mi escaso entender, creo que lo más conveniente para esta situación sería maniobrar nosotros al pesquero y pasarle por su costado de estribor y así nos evitaríamos complicaciones. Aunque lo que yo crea y "ná" es lo mismo, porque para eso están las reglas. ¿Es correcto que esta situación se resuelve aplicando la regla de Situación de Vuelta Encontrada, o no? Saludos ![]() |
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#2
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Buenas:
El RIPA, define como buques de propulsión mecánica en la regla 3, a todos aquellos propulsado por una máquina. La regla 14 dice que solo existe vuelta encontrada con buques de propulsión mecánica. Los buques de pesca cuando no están faenando son simples propulsiones mecánicas y les afecta la regla 14, cayendo ambos a estribor. La regla 18 establece las obligaciones de ceder el paso de los propulsiones mecánica a todos los demás, osea veleres, pesqueros, maniobras restringidas, sin gobierno y restringidos por su calado. dicho esto si nos encontramos por la proa un buque con las marcas de de día de un pesquero y con un cono negro con el vértice hacia arriba en un palo en dirección a las redes extendidas, nos está indicando que debemos maniobrarle pasando por el costado que no tenga extendidas las redes, en aplicación de la regla 18 (preferencias de paso) que es la que corresponde aplicar y no la 14 pues esta última solamente se da entre propulsiones mecánicas nada más. Por consiguiente esa respuesta es errónea. Un saludo. |
| 2 Cofrades agradecieron a SAMORP este mensaje: | ||
jfmt (12-11-2016), rockman2003 (14-11-2016) | ||
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#3
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Gracias por tu respuesta Samorp. Imaginaba que debería ser así, pero ahora puedo confirmarlo.
Gracias de nuevo y un saludo. |
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