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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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HOla me ofrecen un Yamaha 20 cv antiguo pero el señor me dice que me hace contrato de compra-venta pues le robaron el barco con los papeles mi pregunta es con el contrato de compra-venta y fotocopia dni de el señor me vale para llevarlo y si me paran es legal?.un saludo a todos y gracias
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#2
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Hola,
Consulta en Capitanía, si es por escrito mejor. Si uno tiene un motor puede solicitar duplicado de alguna factura, compra, mantenimiento, copia de la hoja de asiento en el barco donde estaba, etc. Hay mucho chanchullo con los fuerabordas. Por cierto, no soy de leyes, pero un documento privado a los cinco años caduca. Por favor que me corrijan si me equivoco. Unas ![]() ![]() |
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#3
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yo pregunte aqui en capitania y me dicen que con un contrato de compraventa ya vale
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#4
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si el motor estaba instalado en un barco con solicitar en capitania una libre disposición del mismo es suficiente, luego contrato de compraventa y pago de impuestos de transmisiones.
he leído ya en varios sitios lo de únicamente contrato de compraventa, y digo yo esto no abre una puerta a la venta de motores robados |
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#5
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Copia del DNI del vendedor.
Contrato compra venta entre particulares con todos los detalles del motor (incluyendo el nr del motor). Asegurate que el nr de serie del motor que está el la plaquita coincide con el que menciona el contrato. Pagar el ITP. Al dia de hoy ya no se asientan los fuerabordas en la documentación.
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"Born to sail, but forced to work..." |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a RMR2ENG | ||
Percebero (17-07-2013) | ||
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#6
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Cita:
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#7
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Hola, vuelvo a incidir en el tema legal. ¿Un contrato privado no prescribe?
Consulta en una notaría el coste de realizarlo allí. O en algún sitio que te hagan un reconocimiento de firma. Antes se hacía en los bancos. Para todos ![]() ![]() |
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#8
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Hola a todos osea que con copia del dni del vendedor,con contrato de compra-venta del motor indicando numero de modelo ,numero de serie,marca y caballos del motor pagar el impuesto de trasmisiones es suficiente para que este a mi nombre?.un saludo
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#9
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Para pagar transmisiones, por lo menos en la Comunidad Valenciana, te piden la documentación del motor, sea como asiento en una embarcación o como libre disposición.
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#10
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Gracias a todos pero no me queda claro vale solo con el contrato de compra venta o se necisita algo mas.un saludo
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a guaman2001 | ||
Wilfred692 (06-09-2024) | ||
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#11
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![]() Yo vendí uno hace cosa de un año, y no tenia papeles pero en su momento estaba acoplado a un barco; en capitanía me dijeron que solo contrato de compraventa y el motor ya está totalmente legal, que ellos ya no pintan nada en los fueraborda (ni impuesto de transmisiones ni nada). |
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#12
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Gracias osea que con el contrato de compraventa y la copia del dni del comprador es suficiente .un saludo ![]() |
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#13
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#14
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saludos |
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#15
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moraleja, si no hay una justifiacion de su legitima procedencia, no se compra, una persona puede haber perdido " una factura legal" con el paso de los años, pero debe pedir una copia al distribuido de la marca, o al comercio donde la adquirio saludos |
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#16
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Algo que parecería tan sencillo y lo liado que se presenta.
Yo creo que, sí que hace falta un documento oficial que acredite la posesión por parte del vendedor; y sí que hay que pasar por hacienda. Si cumples ambos requisitos, quiero pensar que ya no tienes riesgo alguno. Pero mejor escuchar más opiniones.
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Me esperan los dias que pretendo llenar y que me hagan vibrar. Y aprendiendo mi vida solo quiero sentir que no es vida perdida |
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#17
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hace unos pocos años compré un motor FB viejo que acabé vendiendo dos años después.
Antes de comprarlo me informé en capitanía, y lo que necesitaba para comprárselo a un particular era: factura original de compra o en su defecto el certificado de desacople/libre disposición del mismo, que fue mi caso. Además, los contratos de compraventa de las diferentes ventas sucesivas que haya habido de tal forma que se vea la progresión del comprador inicial (o a partir del desacople) al final. No recuerdo el tema de los dni's. Además ir a hacienda a pagar el impuesto de transmisión. Y no sé si habrá habido recientemente algún cambio en el procedimiento ![]() |
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#18
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Hace unos años compre un fueraborda Yamaha de 6 cv a una caja de ahorros (procedente de un impago). Me dieron papel de compra venta a nombre del comprador original con su firma, imagino que le pidieron que firmase para saldar la deuda.
Un poco mosqueado fui a capitanía y el capitán marítimo me pedía de todo, acople, desacople, factura original, DNI del anterior propietario, me dirigí al concesionario Yamaha que lo había vendido en busca de la factura y me dijeron que con el papel de compraventa donde figurasen los datos del vendedor y del motor suficiente. Vuelta a capitanía esta vez hablo con un funcionario, y también me dice que suficiente con el papel de compraventa con todos los datos. ![]() ![]() |
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#19
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Yo sigo pensando que debería haber, oficialmente desde la administración un único procedimiento.
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Me esperan los dias que pretendo llenar y que me hagan vibrar. Y aprendiendo mi vida solo quiero sentir que no es vida perdida |
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#20
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los documentos privados solo son eficaces entre los firmantes.No se pueden hacer valer frente a terceros.espero haber sido un pelin decayuda |
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#21
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Yo tengo dos fuerabordas, uno de 9.8 "legal" y un 15 cv que le regalaron a mi padre. El caso es que con el "ilegal" navegábamos (eso si hace 15 años o mas) y nunca nos pidieron nada. Del teóricamente legal, sólo tengo el resguardo de la tienda que se lo vendió a mi padre en el año 86, ya que en su momento no se acopló a la embarcación, y esa tienda hará 20 años que cerró. Cuando mi padre ha fallecido voy a capitanía y aparece en la embarción un motor del anterior dueño de la misma, y que nunca ha sido nuestro. En capitanía me aconsejan que una vez esté a mi nombre haga el desacople del motor que nunca fué nuestro, y navegue con la factura a nombre de mi padre y una fotocopia del testamento (te cagas para una mierdecilla de 9.8). He oído que algunos establecimientos, previo pase por caja, te hacen una "factura" con fecha de hace 20 años... es lo único que se me ocurre para poner el 15cv a funcionar
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#22
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Hola , otra consulta , tengo mirado un motor fueraborda en Francia de segunda mano con un año , con la factura y contrato de compraventa ¿ Ya vale ?
¿ Sin problema para ponerlo aquí ? ¿Hay que pagar en hacienda el 4 % tambien ? ¿ O al traerlo de Francia no ? Gracias ![]()
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Editado por tam en 01-12-2017 a las 22:14. |
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#23
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Está claro que aquí nadie lee lo escrito, volver a preguntar lo mismo con un montón de respuestas que ya lo aclaran.
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Mi blog: https://pescaenelmariate.blogspot.com/ |
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#24
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En otro hilo hablan de pasar por hacienda y aquí no lo he visto .
Saludos
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#25
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Hola buenos días unas ronditas de ron calentito
Bueno yo os voy a comentar lo que yo la semana pasada y ce tenia un Yamaha de 5 cv 2 y lo compre en el 2009 y el muchacho me izo un contrato de compraventa y yo no ice nada asta la semana pasada y fui a capitanía y me dijo que tenia que ir hacienda y pagar las tasa y fui y se paga un 4 x100 del valor que le pongas yo le pusimos 100 € page 4 € y entonces pase por capitanía y me dijo el muchacho que con la tasa y el contrato ya era suficiente pero es muy importante que lleve el numero de serie del motor sin el nuero puedes tener problema suelte |
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