![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
#1
|
||||
|
||||
|
Ronditas!
El tema ha salido varias veces , pero no acabo de verlo claro. Resulta que mi barco tiene marcado CE , está matriculado y su certificado de navegabilidad indica que como mucho me vaya a 5 millas. Al estar marcado CE y tener en su placa la indicacion de zona C (12 millas ) ¿me basta con llevar simplemente los elementos de seguridad adicionales (radio fija, pirotecnia, aro)?. ¿Me pueden decir algo porque en el certificado de navegabilidad ponga solo 5 millas? ¿Por tener certificado de navegabilidad y matricula en lugar de registro debo solicitar un certificado de navegabilidad nuevo? ![]() |
|
#2
|
||||
|
||||
|
Si tienes CE para que es el certificado navegabilidad? Porque que yo sepa (que te lo confirme algun otro cofrade) el CE sustituye a este ultimo.
Si quieres pasar de zona navegacion 5 a 4 tienes que irte a capitania maritima y rellenar nuevamente la inscripcion (o matriculacion) y adjuntar que solicitas la categoria 4. Luego está por ver si te la conceden. Lo del tema de seguridad es algo tuyo, de obligacion pero tuyo. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a jose_fley | ||
sinpapeles (21-02-2019) | ||
|
#3
|
||||
|
||||
![]() Para pasar de 5 a 12 millas, debes solicitar un ITB que certifique que dispones de los elementos propias de esa zona. Lo del marcado C es la categoría de diseño. Con esa C, no podrías pasar a 60 millas. La categoría de diseño encuadra a un barco a navegar dentro de una zona atendiendo a su construcción, el viento que es capaz de soportar y el oleaje. Se pueden diferenciar 4 categorías de diseño que se identifican con letras. A.- Barcos aptos para navegación oceánica, con gran autonomía y capaces de soportar vientos mayores a fuerza 8 en la escala Beaufort (más de 40 nudos de viento sostenido), además de resistir el embiste de olas de más de 4 metros de altura. B.- Barcos aptos para navegar en alta mar, capaces de soportar vientos de hasta 40 nudos, equivalente a un temporal de fuerza 8 en la escala Beaufort y una altura significativa de ola de hasta 4 metros. Aquí se encuadran la mayoría de los megayates. C.- Barcos destinados a navegar en aguas costeras con capacidad resistir vientos de fuerza 6 en la escala Beaufort (25 nudos aproximadamente). La altura máxima de ola exigida es de 2 metros. D.- Barcos para aguas interiores y aguas protegidas capaz de navegar en una altura máxima de ola de 30 centímetros y resistir vientos de fuerza 4 (15 nudos). Buena proa
__________________
En la mar, ni tiempo ni marea paran o esperan. Los doctores son hombres que prescriben medicinas que conocen poco, curan enfermedades que conocen menos, en seres de humanos de los que no saben nada. Voltaire (1694-1778) Albaid en youtube |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Kiro | ||
sinpapeles (21-02-2019) | ||
|
#4
|
||||
|
||||
|
El barco es del 2006 por lo que entiendo anterior a la nueva normativa. Por eso entiendo que se matriculó. Yo lo compré el año pasado
Cita:
|
|
#5
|
||||
|
||||
|
No basta con tener marcado CE, debe constar en el certificado de navegabilidad el número de homologación.
Con estos dos requisitos no hace falta pasar itb. El barco podrá navegar hasta 12 millas, siempre que lleves todo el material de seguridad para esas millas. ![]() |
![]() |
Ver todos los foros en uno |
|
|