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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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El gobierno acaba de anunciar decreto náutico. Sin mucha información más. Seguro que no es nada bueno.
Saludos y buena mar. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Rebalaje | ||
Trackalia (05-04-2019) | ||
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#2
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De momento lo único que ha trascendido es un RD sobre el espinoso tema de la contratación de los estibadores.Estaremos atentos al BOE y con las escopetas cargadas... ![]()
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* Contra la aplicación de normas abusivas a las embarcaciones de recreo. * Por una legislación específica para la náutica deportiva diferenciada de la Marina Mercante. * No a las sanciones desmesuradas y desproporcionadas. http://paom.es/ Únete a nosotros. |
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#3
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Seguramente se publicará mañana o el lunes.
La referencia del Consejo de Ministros es la siguiente: IMPULSO DEL SECTOR DE LA NÁUTICA DE RECREO El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que actualiza la normativa sobre titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo y la relativa a las medidas de seguridad de las motos náuticas. El objeto principal de este Real Decreto es facilitar el desarrollo del sector de la náutica de recreo, que en nuestro país supone un importante foco de actividad económica vinculado a nuestra larga tradición marítima, ampliando su campo de acción y modernizando la formación requerida para su obtención y las medidas de seguridad exigidas. Por lo que se refiere a las titulaciones náuticas, se modifica el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo, ampliándose sus atribuciones profesionales, de forma que se extiende su capacitación a nuevos campos como el transporte de personas y suministros con destino a embarcaciones de recreo fondeadas en aguas interiores marítimas, o la realización de excursiones marítimas y pesca en las embarcaciones de recreo. Por otra parte, se realizan modificaciones en las condiciones de obtención de estas titulaciones, poniendo el foco en la realización de cursos de especialización más acordes a la actividad que se realiza, y en la mejora de la calidad de la formación, incluyendo la necesidad de realizar prácticas reglamentarias de navegación y la obligatoriedad de los cursos de radiocomunicaciones. Asimismo, se incorporan los últimos avances en la administración electrónica, potenciando la tramitación electrónica y la agilización de los trámites administrativos, un objetivo que el Ministerio de Fomento se ha marcado como prioritario para la modernización de los sectores bajo su competencia. Por otra parte, en relación a la seguridad, se modifica el Real Decreto 259/2002, de 11 de marzo, por el que se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas, incorporando los últimos avances experimentados en los equipos. Saludos, |
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#4
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Buenas intenciones,.... vamos a ver como queda.
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#5
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Buenas
, parece que seguimos con mas cursos y menos competencias, a mar revuelto ganancia para Anem http://www.anen.es/el-consejo-de-min...otos-nauticas/y academias...![]() ABC_N Actualizado: 05/04/2019 14:33h 0 Como avanzó el Director General de la Marina Mercante, Benito Núñez Quintanilla, durante el pasado VII Congreso Náutico, y tras dos años de intensa actividad y trabajo conjunto de ANEN con la DGMM, el Consejo de Ministros ha aprobado hoy una de las normas más esperadas por el sector náutico. Mañana se publicará en el B.O.E. el Real Decreto por el que se establecen habilitaciones anejas a las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo y se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas, que entrará en vigor el próximo 1 de julio. El objetivo principal de la nueva norma es dar respuesta a la demanda expresada largamente por los titulados náuticos de recreo “en el sentido de que su esfera de actividad pueda extenderse al ejercicio de determinados servicios remunerados que resulten acordes con la titulación de recreo que posean”. NUEVAS ATRIBUCIONES QUE REGULA ESTE REAL DECRETO Atribuciones para prestar determinados servicios remunerados por parte de Patrones de Embarcaciones de Recreo, Patrones de Yate y Capitanes de Yate: El transporte de suministros efectuados mediante embarcaciones de recreo y motos náuticas, con destino a otras embarcaciones o buques de recreo efectuado mediante embarcaciones de recreo con destino a otras embarcaciones o buques de recreo. Realizar actividades de atraque, fondeo o desplazamiento de embarcaciones de recreo dentro de las aguas correspondientes a puertos, puertos deportivos o marinas. Realizar pruebas de mar a bordo de embarcaciones de recreo y motos náuticas. Gobierno de embarcaciones destinadas al socorrismo en playas. Realizar traslados de embarcación a otro puerto o lugar siempre que la navegación no tenga lugar a una distancia superior a cinco millas náuticas de la costa. Además de todas las anteriores atribuciones mencionadas, tanto el Patrón de Yate como el Capitán de Yate estarán habilitados para la realización de excursiones turísticas y para la práctica de la pesca de recreo. Para optar a las habilitaciones indicadas, los titulados náuticos exclusivamente deberán efectuar el curso de Formación básica de seguridad para gente de mar de la DGMM, además de disponer de aquellas atribuciones complementarias propias de cada título de náutica de recreo. Una vez obtenido dicho curso, los titulados náuticos estarán facultados para llevar a cabo las actividades de prestación de servicio indicadas con las siguientes limitaciones: Los titulados náuticos mencionados, una vez obtenida la habilitación mediante la realización del curso y el pago de la tasa correspondiente, tendrán una limitación hasta cinco millas -del puerto, puerto deportivo o marina desde el que se realice la prestación- para desempeñar las mencionadas actividades. No se podrá trasladar un número de pasajeros o un volumen de carga mayor de aquél para el que estuviesen diseñadas las embarcaciones, sin que, en ningún caso, el número de pasajeros pueda ser superior a 6 personas. Modificación del RD 259/2002, de 8 de marzo, por el que se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de motos de agua. El objetivo es actualizar y homogeneizar los requisitos para el desarrollo de actividades relacionadas con la explotación comercial de motos de agua, tanto por lo que se refiere al alquiler por horas o fracción en circuitos, excursiones con monitor o al alquiler particular de motos de agua. Con la nueva redacción se pretende dar solución a las múltiples dudas de interpretación que hasta el momento existían por parte de la Administración y de los operadores de esta actividad náutica. De igual forma, se permitirá el gobierno de motos de agua a través de la licencia de navegación, y se alcanzan otras reivindicaciones solicitadas por las empresas dedicadas a la explotación de las motos agua. El RD aprobado hoy introduce también algunas modificaciones con respecto al Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo con el objetivo de: Reforzar la formación para la obtención de las titulaciones de recreo. Reducir algunas cargas sobre los poseedores de los títulos de recreo. Y aclarar determinados preceptos que incurren en alguna errata o la práctica ha demostrado que precisan de alguna concreción. Para el sector náutico, representado por la patronal ANEN, la aprobación de este Real Decreto supone un importante paso en la actualización de su legislación que repercutirá en la mejora de la competitividad de sus profesionales. TEMAS Marina Marina Mercante https://www.abc.es/deportes/vela/otr...0_noticia.html
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Quién mira fijamente al mar ya está navegando un poco. Paul Carvel. http://www.vigonavega.com/ https://navegaybucea.com/ Editado por norin en 05-04-2019 a las 18:17. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a norin | ||
Chemaximus (07-04-2019) | ||
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#6
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Parece ser que son mas competencias para los deportivos. CY y PY con formación básica podrán realizar actividades profesionales.
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![]() En cada mariñeiro dorme un ser mitolóxico
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#7
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Me fío ná y menos... Y si es ANEN la que hace el anuncio, todavía menos. Eso no quiere decir otra cosa que la DGMM y sus secuaces tenían todo listo desde hace mucho...
No brindo cuando hay maquinaciones de la Administración de por medio... ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#8
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Parece que no tiene nada que ver con la OM. Hay que seguir también
pendiente de ésta. ![]() Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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#9
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Quedo a la escucha, puede ser interesante
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#10
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Esto es lo de PY y CY como dice Moryak, llevaba tiempo gestándose, a ver cómo queda al final...
Pero vamos, que si lo que quieren es impulsar la náutica de recreo española deberían aflojar un poquito las condiciones leoninas del pabellón español, no?
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Cuando cruzo una calle de un solo sentido, miro a ambos lados. Esa es la fé que tengo en la sociedad. sdk.
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#11
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Cita:
Hola amigo. Quedará como siempre, las empresas contratarán profesionales con formación mínima para pagar proporcionalmente a ello. Nada nuevo en España ni en el mundo naútico. Los que vean aquí un filòn y oportunidad profesional, o “para sacarse unos durillos” van a dar un buen patinazo. Lo siento por los PPER, PPortuarios y los colegas P litoral .
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![]() En cada mariñeiro dorme un ser mitolóxico
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#12
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Yo soy más positivo, y creo que se están dando muchas circunstancias que pueden hacer pensar que la náutica en España podría cambiar, y dejar de ser una actividad elitista. Y este foro, y todos vosotros estáis ayudando más de lo que pensáis, así como muchos otros que a través de YouTube, de redes sociales, de iniciativas como Anavre, portales náuticos, empresas de charter, están colaborando para acercar la náutica a todos, con más o menos recursos. Sólo hay que ver el número creciente de titulados que hay todos los años en España.
Quedan muchas cosas por hacer, pero todo esto son pequeños pasos, que hay que dar, y en este caso, permitir a los títulos náuticos de recreo, realizar ciertas actividades profesionales, dará seguridad jurídica a muchas actividades que hoy en día se ya están haciendo ilegalmente, sin mala intención, pero fuera de la ley, aunque una ley náutica muy defectuosa, que habrá que corregir. ![]() |
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#13
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Perdonadme mi torpeza.
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![]() En cada mariñeiro dorme un ser mitolóxico
Editado por moryak en 06-04-2019 a las 12:47. |
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#14
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No, si yo soy muy positivo, y estoy de acuerdo en que se mejore nuestra naútica. Ojalá sea el comienzo de un verdadero impulso y próximamente haya leyes mas modernas y tengamos un modelo de gestión náutica flexible como en otros paises. Mira si soy positivo que en cuanto salga el BOE voy con el Capi y el taco de STCW a ver que me dan.
Por otro lado temo que se repita lo que sucedió en su día con otros títulos profesionales que se crearon para determinados casos y luego mediante modificaciones a base de RD fueron utilizados para otra cosa. Cuando el gobierno y la patronal dicen “dinaminación del sector”, curiosamente, siempre salen beneficiados unos y directamente proporcional, perjudicados los de siempre. Por la mar 🍺🍺🍺 Por cierto. No comentan nada del reconocimiento médico del ISM, pensaba que todos los profesionales de la mar debían tenerlo en vigor.
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![]() En cada mariñeiro dorme un ser mitolóxico
Editado por moryak en 06-04-2019 a las 16:16. |
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#15
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preparo mi lupa y mi nariz para leer y detectar las trampas de estos usureros
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Si al perseguir un sueño, te desesperas, sigue trabajando a pesar de la desesperación
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#16
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Felicidades a los Patrones de Yate deportivos por poder optar a trabajar como patrones profesionales, sólo os pido mucho cuidado ahí fuera y dejen el listón igual o mejor que el resto de profesionales.
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#17
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ANEN fue el primero en anunciar la noticia.
Casi antes que el mismo Consejo de ministros ![]() ![]() Por aquí estamos a la espera de que se publique en el BOE pero verlo con detenimiento. ![]()
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#18
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Ver todos los foros en uno |
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