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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola cofrades, que corra
el ron a mi cuenta en este antro tabernario!!!Tengo un familiar que ha iniciado las gestiones para la compra de un velerito de 24 pies con bandera española. El problema es que el vendedor, que adquirió la embarcación hará un año, no fue a capitanía a registrar la compra, y me imagino que tampoco pagaría el ITP correspondiente... Claro, ante capitanía el dueño de la embarcación es el anterior propietario, pero existe un contrato de compraventa firmado hace un año. ¿Sería legal la compraventa, y tendría algún problema mi familiar al registrar la embarcación en capitanía, cuando comprueben que el vendedor no es el titular de la embarcación, aunque exista un contrato de compraventa? A ver si me podéis aclarar algo. Y que siga corriendo el ron. Salud |
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#2
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Creo que sabes perfectamente la respuesta. No se puede vender legalmente nada que no sea tuyo y si en la documentación del barco figura el nombre de una persona diferente a la que figura en el contrato de compraventa sería una transacción ilegal. El vendedor debe poner primero el velero a su nombre y para eso deberá presentar su propio contrato de compra y resto de documentación oportuna.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Mariate | ||
JoeBannon (17-02-2021) | ||
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#3
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Obvio, y lógico.
Gracias. |
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#4
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Tiene que registarse primero, para eso aparte del contrato de compra venta, tiene que tener fotocopia DNI del vendedor y comprador. Se paga el ITP y poco más. se puede nombrar un representante para que haga los tramites en su nombre. por si eso es un problema. y poco más se puede hacer.
De todas maneras creo recordar que hay un tiempo limite para hacer los tramites (podría ser seis meses) |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Bernardo II | ||
JoeBannon (17-02-2021) | ||
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