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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hace ya tiempo que no intervengo, pero desconozco si existe algún cambio, o estoy interpretando mal la pregunta
En el pasado examen de PER en Andalucía, pusieron está pregunta: 11. ¿Qué resguardo, como mínimo, hay que darle a una embarcación que tenga izada la señal “A” (ALFA) del Código Internacional de Señales?: a) 100 metros por ambas bandas o costados b) 25 metros por cualquiera de sus bandas o costados c) 50 metros por una de sus bandas o costados d) Ninguno, solo es necesario reducir la velocidad, ya que el buzo está sumergido La respuesta correcta que han dado es la b) En mi opinión este resguardo se regula según el Real Decreto 550/2020, de 2 de junio, por el que se determinan las condiciones de seguridad de las actividades de buceo., el cual en su Artículo 14. Señalización y distancia de seguridad. 2. A excepción de la embarcación de apoyo, todos los buques o embarcaciones deberán mantenerse a una distancia de seguridad mínima de 50 metros de la zona de buceo, y actuar de acuerdo con las normas del Reglamento Internacional para Prevenir Abordajes en la Mar, atendiendo a factores como el tipo de buque o embarcación y la velocidad de navegación. ¿esta normativa ha sufrido algún cambio?, si no es así, la pregunta no tiene respuesta válida. Gracias !!
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Necesito el mar porque me enseña. (Pablo Neruda) https://titulosnauticosderecreo.com/ |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a GNA1950 | ||
ROyOR (21-11-2025) | ||
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#2
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Hola.
Sin meterme en camisa de once varas, y viendo como funciona este país. En la pregunta pone embarcación, en cambio en real decreto que comentas pone excepción de la embarcación de apoyo y habla de mantener la distancia de la zona de buceo. Desconozco si hay algún artículo en dicho real decreto que habla de distancia sobre la embarcación. También entiendo que una embarcación de buceo, está dentro de la zona de buceo, pero lo dicho no soy buzo profesional y desconozco si una embarcación de buceo puede estar fuera de la zona de buceo. Pero más allá de eso, ni idea, ya se sabe que en este país hay que tener un ley, un real decreto, una disposición,,,, para cualquier cuestión de nuestra vida, y los que ponen los exámenes, a veces parece que le dan un plus por poner preguntas “capciosas”, amos como los inspectores de hacienda. En definitiva, pon un abogado en tu vida y aun así, ……… |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a dr.spooky | ||
GNA1950 (24-11-2025) | ||
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#3
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Muchas gracias !!
Lo que observo en la citada pregunta es ese afán, en la mayoría de las CCAA por intentar "liar" a los aspirantes a Titulaciones Náuticas. Abusan porque saben que nadie, o casi nadie recurrirá a la justicia ordinaria, primero por el coste y sobre todo molestias que supone y en segundo lugar, porque aunque se realice la demanda ante el Contencioso Administrativo a través de una Asociación, lo ganas pero luego las CCAA no lo aplican a la totalidad de las convocatorias afectadas. En fin espero que con el "embrión" que algunos estamos intentando crear esto, como ocurrió en otra época, al menos se denuncie. Saludos cordiales
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#4
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Han emitido una nota corrigiendo respuesta de resultados provisionales. Dan por válida la C .
En mi opinión ,la pregunta debería ser anulada; ya que dan por válida …. 50 m por una de sus bandas “ y debería ser 50 m por cualquiera de sus bandas …. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a scampolo | ||
GNA1950 (27-11-2025) | ||
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#5
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Cita:
Saludos
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