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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenos días señores. A estas horas ¿se puede invitar a cervecita y tortulla de patata?
Bueno a lo que voy. Me han comentado que hay un proyecto para acabar con este tipo de operaciones entre dos paises de la comunidad economica europea y es que si, por ejemplo como ocurre con el leasing frances, no se podrá cobrar a un residente español un recibo con un 9,8 de IVA frances. Quieren que se haga con el IVA del pais final, en este caso en España un 16% y el año que viene un 18%. Si esto es cierto se van a cargar este tipo de financiación náutica. ¿Alguien que sepa mas del tema? Muchas gracias. Saludos Rafa
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![]() RAFNI KAI www.RAFNI.es "Sean felices, porque la vida es urgente. La vida es una y ahora, así que hay que vivirla a tope y con intensidad" |
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#2
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yo no se nada, pero acepto la tortilla del angelus con 1906.
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#3
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Ni idea pero como sea así no va se a poder ni invitar a rondas virutales...
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#4
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Mira en esta página. http://www.afinan.com/Financiar.htm
Si tienes dudas, enviales un e-mail y pregunta por Ladislao. Salduos. ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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#5
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Yo no se nada de esta noticia, pero como la Administración siga así lo que e va a cargar es la náutica
, y si no analizar las noticias:- IVA sube al 18% - Van a acabar con el Leasing francés - Se va a cobrar el fondeo en las boyas No se vosotros, pero a mi se me quitan las ganas de comprar un barco nuevo (aunque tuviese dinero), estoy cansado de trabajar para financiar lo que otros derrochan ![]()
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#6
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Cita:
http://www.credibarco.com Tengo 3 semanas para saber como tengo que hacer para comprar el barco y ya no me quedan uñas, asi que no te cuento como voy a llegar a Barcelona. Un abrazo Rafa
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![]() RAFNI KAI www.RAFNI.es "Sean felices, porque la vida es urgente. La vida es una y ahora, así que hay que vivirla a tope y con intensidad" |
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#7
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¡BUFFFFFFFFFFF!
¡Qué ganas de ponerlo cada vez más difícil! Espero que se quede en una idea... No creo que esta medida beneficie a nadie a la larga. ![]() |
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#8
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Sin ánimo de ser agorero, y ahora que no me oyen del curro, todo lo que acabe en "ing" se ha ido a la mierda
Leasing, Renting, Factoring, Confirming... Eso de "compro, pago o no, si no pago te lo quedas, o si pago me lo quedo, o lo cambio por otro" o el tema de "tengo estas facturas pendientes de cobro , me las adelantas" o " debo pagar yo estas otras, págalas tú por adelantado" etc.. etc.. Todo el "ing" a la mierda total Es es el famoso "grifo" que han hundido a las Pymes, con un par Principal motor de este país, y muchos otros Es la leche No sé qué coño están haciendo Paro Que me caliento Saludos |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a ENRICACION | ||
TAMAMOANA (15-12-2009) | ||
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#9
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Primero quiero pediros disculpas por el ladrillo que viene a continuación pero creo que clarifica bastante el tema a quien le interese. No olvideis que esto es una mera operación financiera y no afecta en nada al sector nautico local que es quien vende y mantiene el barco. En cambio, sí afecta a la recaudación de IVA.
Para quienes no conocen esta figura, la explico. Se trata de que una financiera Italiana compre un barco y se lo alquile a un particular español en modalidad de leasing (esto es una figura de alquiler que se parece mas a una operación de financiación) y le factura las cuotas con IVA Italiano. La legislación Italiana prevé un tipo reducido de IVA para medios de transporte arrendado por empresas Italianas a terceros y que no navegan en aguas Italianas. El barco se matricula en lista 7ª en España y se declara como usuario habitual en el Registro al arrendador con lo que sí se paga el impuesto de matriculación y y hay que cumplir la normativa de seguridad española. La ventaja reside en que lo que se ahorra el arrendatario en IVA (no es que no lleva IVA sino que lleva "poco" IVA) le compensa el diferencial con el euribor que le cobran en la financiación con lo que es como si financiara sólo pagando el euribor (los que teneis hipotecas que soys casi todos sabeis a que me refiero). Se entiende que esto es conveniente porque a sus inversiones financieras les saca mas que el euribor con lo que gana todo lo que sus inversiones ganen por encime del euribor respecto a que si hubira pagado a toca-teja. Me he estado leyendo el proyecto de ley de reforma del IVA y lo que cambia es que cuando es un empresario español (el IVA entiende que todas las sociedades, con o sin actividad, son empresarios, así como las personas físicas que realizan actividades empresariales) quien recibe el servicio, éste lleva IVA español al 16%. Esto no afecta a quienes destinen la embarcación a un negocio deduciendo el IVA pero si aumenta los costes a quien "compre" con esta formula a nombrede una sociedad sin actividad o patrimonial (o simplemente que considere que el IVA no es deducible). La forma de pago de este impuesto es por la via de la autorrepercusión pero eso es otra historia. En cuanto a los particulares, no hay cambios con lo que había. Se sigue considerando que el hecho impolnible se realiza en el país del prestador del servicio de arrendamiento (Italia) y se aplica el IVA italiano. Esto tiene toda la lógica ya que el particular no tiene obligación de presentar declaración de IVA en España y, por tanto, no puede hacer la autorretención. Esto me lo estoy mirando por una consulta que me han hecho respecto a un particular que tiene el barco con leasing Italiano y si realmente se aplicara el IVA español, cosa que parece que no, le subiría notablemente el coste de la cuota trimestral. Por tanto, me atrevo a aventurar que el Leasing Italiando SE HA TERMINADO (o encarecido) PARA QUIENES COMPRAN O HAYAN COMPRADO BARCOS A NOMBRE DE SOCIEDADES SIN DESTINARLOS A UNA ACTIVIDAD QUE DE DERECHO A DEDUCIR EL IVA. Esto se va a aplicar a las cuotas que se paguen desde la entrada en vigor de la norma. Los particulares parece que seguirán igual. De momento....... ![]() Editado por krusky en 19-10-2009 a las 17:45. |
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#10
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Estoy a punto de firmar un leasing frances pero creo que voy a desistir, en un articulo en fondear, dicen que hay un cambio de legislacion en el pago del IVA, a partir de enero todas las sociedades o sujetos pasivos que declaren iva tienen que liquidar IVA español, si por ejemplo tienes un local arrendado y haces declaracion de IVA ya estarias en este caso.Pero ademas a partir de enero del 2013, afectaria a todos los contibuyentes.Si esto es asi creo que es el fin de esta forma de financiacion si estoy equivocado os agradeceria una respuesta.
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#11
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Pues a mí lo que me comentaron en una naútica a la que consulté fue que antes de dos años afectará a todo "quisqui" (personas físcas y jurídicas)y que además afectará la medida no solo a los contratos que se realicen en ese momento sino a todos los firmados con anterioridad a la publicación de la nueva normativa.
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#12
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Cita:
1/1/2010 Se aplica el IVA del país del receptor a SUJETOS PASIVOS de IVA 1/1/2013 Se aplica el IVA del país del receptor a TODOS |
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#13
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Os paso un enlace que habla sobre el tema:
http://www.fondear.org/infonautic/Do...ances_STOP.htm Espero que os sirva de ayuda. Saludos. ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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#14
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Dicen que a perro flaco todo son pulgas.... pues la náutica en España debe de ser el perro más flaco y pulgoso del bendito G20 ese que se reunió el otro día por ahí para arreglar la economía o no sé qué...
No sé si brindar por los cachondos estos o ![]() ![]() en su estampa... vale... me ![]() ![]() en su estampa y ![]() ![]() por mis cofrades!!! Salud!!! |
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