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Antiguo 11-09-2009, 09:28
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Capitán pirata
 
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Predeterminado Vivir en el barco: nueva regulación?

Os adjunto literalmente un mail recibido ayer de mi puerto, Masnou, relativo a un cambio de regulación para vivir en el barco.

No lo traduzco, pero el resumen es:
- Ha habido un cambio de regulación, -23/febrero-, en una resolución de un departamento de la Generalitat.
- Para vivir en el barco (varemo: 10 pernoctaciones en un mes) habrá que pedir y renovar anualmente un permiso al puerto, que pedirá tres requisitos previos:
o Tener tankk
o Tener seguro con rc de 600.000
o Tener certificado de navegabilidad vigente.
- Aún así, el puerto se reserva el derecho a conceder el permiso.
- Asimismo se reserva el derecho a instalar, a cargo del usuario, un contador de suministros (no especifica si sólo eléctrico o también de agua) para poder cobrar al usuario los consumos por encima de los consumos mínimos ya cobrados en la tarifa de mantenimiento de los amarres.

Yo no vivo en el barco ni tengo planes de hacerlo, pero aun así tengo algunas dudas:
- Alguien más conoce esta resolución?
- Cuales son los “consumos ya incluidos” en la tarifa de mantenimiento?
- No creéis que otros barcos sin habitantes permanentes pueden estar consumiendo más que los habitados y por tanto se establece un agravio comparativo?
- El derecho último del puerto a conceder o no el permiso… no debería estar sujeto a criterios objetivos, transparentes?

Que conste que soy partidario de que los puertos no se llenen de “residuos flotantes”, (Sí a los certificados de navegabilidad, seguros vigentes, etc) pero de ahí a establecer que sólo los que viven en los barcos deben cumplir con una serie de requisitos por encima de los demás… me parece una imposición algo delicada.

Qué opinais?

Cita:
Benvolgut/da usuari/ària
Per la present es comunica a tots els usuaris i usuàries la darrera modificació del Reglament Particular d’Explotació i Policia del Port Esportiu del Masnou pel que fa referència a la utilització de les embarcacions com a habitatges, i que ha estat aprovada per Resolució de la Direcció General de Ports , Aeroports i Costes de data 23 de febrer de 2009.
Aquesta modificació s’ha dut a terme per poder donar resposta a l’especial problemàtica que generen aquestes embarcacions , tant en demanda de majors serveis , com en increment de riscos, com en matèria mediambiental. Tanmateix, la concessionària es reserva el dret d’autoritzar, al seu únic criteri, aquest ús en funció de les necessitats de l’explotació i de les circumstàncies que en cada cas concorrin.
Per al vostre coneixement, es transcriu el text íntegre dels articles modificats del Reglament, que restarà a disposició de tots els usuaris i usuàries a les oficines del port i també en el taulell d’anuncis.

Article 41, bis .- Ús de l’embarcació com a habitatge
Per a poder utilitzar l’embarcació com a habitatge ( pernoctar més de 10 nits en un període de 30 dies) serà necessari disposar d’una autorització expressa i per escrit de la Direcció del port.
L’autorització podrà ser concedida, a criteri de la concessionària, sempre que l’embarcació compleixi els següents requisits:
estar equipada amb els corresponents tancs d’aigües residuals de capacitat suficient per les necessitats d’abord
disposar de la corresponent pòlissa d’assegurança de responsabilitat civil amb una cobertura mínima de 600.000€
disposar del corresponent certificat de navegabilitat.
En aquest cas la direcció podrà exigir una quota complementària a les tarifes establertes i cobrar el consum dels subministraments que superi el que ja s’inclou en la quota de manteniment o en la factura de lloguer, aprovada per la concessionària. Per a poder fer la lectura individual s’instal•larà el corresponent comptador individual, a càrrec de l’usuari.

Aquesta autorització tindrà una vigència màxima de 12 mesos, transcorreguts els quals quedarà sense efecte, sens perjudici de la facultat de l’usuari de tornar-la a sol•licitar.

Article 43.- Prohibicions
43.11. - Fer servir l’embarcació com a habitatge (pernoctar més de deu nits en un període de 30 dies) sense l’autorització expressa de la direcció, d’acord amb el que estableix l’article 41.bis del present Reglament.

Règim transitori
S’atorga un termini de dos mesos als usuaris que utilitzin embarcacions com a habitatge per tal de sol•licitar la corresponent autorització donant compliment als requisits que s’hi estableixen.

Per tant, d’acord amb aquesta modificació els patrons/armadors de les embarcacions que es destinin a habitatge, d’acord amb la definició que s’especifica en l’article 41bis modificat, hauran de tramitar la corresponent autorització davant el concessionari, que podrà autoritzar-ne aquest ús, mitjançant resolució expressa i sempre i quan s’acreditin els requisits a que fa referència l’article 41, bis.
Els patrons/ armadors interessats disposen d’un termini de dos mesos, a comptar de la data de recepció de la present, per tal de tramitar la corresponent autorització.
L’ús d’habitatge en embarcacions no autoritzades podrà comportar la suspensió de serveis i la resolució del dret d’ús, d’acord amb el Reglament de policia portuària.
Per a qualsevol dubte poden connectar amb les nostres oficines.
Atentament
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Antiguo 11-09-2009, 09:41
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Predeterminado Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

Pues sí que se pone la cosa cruda, lo que no estoy de acuerdo es con los 10 días. Veamos un caso práctico quien no tiene su barco en un naútico lejos de su casa y decide pasar sus 15 días de vacaciones en él, pues por esta nueva norma ya no podría. Me parece que se están exagerando un poco las cosas con esto de la naútica. Lo de los contadores, pues bueno, supongo que puede haber gente muy aprovechada en este aspecto y otros no tienen por que pagar este pato.
Ya veremos como acaba esto, pero por ahora y que no se diga.
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  #3  
Antiguo 11-09-2009, 09:43
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El Quisqueyano
 
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Predeterminado Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

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Originalmente publicado por magicus_max Ver mensaje
...
Qué opinais?
... Que es una zancadilla más a la náutica de recreo de verdad, a la que vive y siente el mar como un medio de vida, más que como un parque temático con intereses mercantilistas,
... Que son una pena los puertos, o clubes náuticos en los que incluso se ve mal, como zarrapastrosos, a los que dormimos a bordo, sean 2 ó 30 días al mes, y que me parece una lástima que los puertos no fomenten más la 'vida real' en los puertos, frente a la cultura de actos sociales del estilo BBB (Bodas, Bautizos y Banquetes) con paisaje de mástiles de veleros...

Respecto a los seguros y consumos, no entiendo bien la discriminación entre vivir o no vivir, como bien dices. Yo, por seguridad dejo desconectado mi barco de 220, al irme varias semanas, con lo que ello supone de no tener la nevera fresquita, para no encontrarme ninguna sorpresa desagradable no controlable a 200 km. Pero mucha gente tiene el barco permanentemente enchufado, con lo cual es lógico que se cobren los consumos, pero o a TODOS o a ninguno. Y el seguro... más peligro tiene un barco enchufado a la corriente pero solo, que uno habitado.
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capihaddock (11-09-2009)
  #4  
Antiguo 11-09-2009, 09:45
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Predeterminado Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

De la lectura de la carta no se desprende que sea una nueva reglamentación de la Generalitat, sino ue el puerto ha cambiado sus "normas particuares", y que estas, para poder ser aplicadas tieen que ponerse en conocimiento de la Generalitat para que apruebe su aplicación.

A menudo ns cofundimos ( o nos confunden) dando un caracter "oficial", de "nueva lgislación", cuando en realidad sn NORMAS PARTICULARES, aunque ,esto sí, se comuniqen a la Administración.

Ante esta interpretación de "nueva ley" el ciudadano se resigna y no ejerce sus derechos pues cree que no obtendrá resultados.

Pero en el fondo se han cambiado las condiciones unilateralmente.

Est es mi opinión.

Bon vent !!
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capihaddock (11-09-2009)
  #5  
Antiguo 11-09-2009, 10:55
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Predeterminado Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

Es simplemente patetico que actuen de esta forma,y parece ser que amparados por una resolucion explicita,que pena,pobre capihaddock,al final lo van ha hechar
NO BRINDO
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capihaddock (11-09-2009)
  #6  
Antiguo 11-09-2009, 11:36
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Predeterminado Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

Hola,

así, a vuelapluma, me parece que el reglamento es anticostitucional; lógico lo del seguro, certificado y cualquier otro requisito de seguridad que tengan que cumplir todos los barcos... lo de los contadores, DEPENDE de la concesión y del reglamento de policía (en eso creo que hay que ir caso por caso) pero lo de que alguien me diga lo que puedo hacer o no en el barco, si lo que yo haga no estaba expresamente prohibido en la concesión o el reglamento de policía vigente en el momento en que me hice usuario, me parece que no puede tener amparo legal. Veremos como va el hilo...

saludos
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capihaddock (11-09-2009)
  #7  
Antiguo 11-09-2009, 11:48
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Predeterminado Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

prohibiran hasta echar un quiqui en el barco
debido a las ondas en la superficie del agua
afecten al hormigon del pantalan...
pais

Editado por biziberri en 11-09-2009 a las 11:58.
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  #8  
Antiguo 11-09-2009, 11:52
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Predeterminado Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

Cita:
Originalmente publicado por genoves Ver mensaje
... Que es una zancadilla más a la náutica de recreo de verdad, a la que vive y siente el mar como un medio de vida, más que como un parque temático con intereses mercantilistas,
... Que son una pena los puertos, o clubes náuticos en los que incluso se ve mal, como zarrapastrosos, a los que dormimos a bordo, sean 2 ó 30 días al mes, y que me parece una lástima que los puertos no fomenten más la 'vida real' en los puertos, frente a la cultura de actos sociales del estilo BBB (Bodas, Bautizos y Banquetes) con paisaje de mástiles de veleros...

Respecto a los seguros y consumos, no entiendo bien la discriminación entre vivir o no vivir, como bien dices. Yo, por seguridad dejo desconectado mi barco de 220, al irme varias semanas, con lo que ello supone de no tener la nevera fresquita, para no encontrarme ninguna sorpresa desagradable no controlable a 200 km. Pero mucha gente tiene el barco permanentemente enchufado, con lo cual es lógico que se cobren los consumos, pero o a TODOS o a ninguno. Y el seguro... más peligro tiene un barco enchufado a la corriente pero solo, que uno habitado.
Estoy contigo 100 por 100.......así es, tal cual......

Lo digo yo que me he pasado 25 días en el barco viviendo en él este mes de agosto..........
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“Los mejores libros son aquellos que quienes los leen creen que también ellos pudieron haberlos escrito”
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  #9  
Antiguo 11-09-2009, 12:17
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Predeterminado Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

Es un cambio en la reglamentacion que propone el Puerto y es aprobado por la Direccio General de Ports

se me ocurre :
1- es efectivo para los nuevos o para todos los antiguos ?
2- cualquier barco "Grande" y todos los de las nauticas (Marina Estrella, Stay, ect , gastan mucha mas agua cada dia que cualquier barco habitado) por los repetidos lavados que les hacen
3- Cualquier barco "Grande" deshabitado gasta mucha mas luz que uno mediano-pequeño habitado ( siempre estan con los aires acondicionados en marcha)
3- un barco habitado no creo que consuma mucho mas que uno deshabiitado (yo siempre tengo las neveras en marcha)

En muchos puetos cobran aparte agua-luz ( en el mio RCNB : agua fija , luz variable)

el tanqueKK es obligatorio hace años y los seguros, ect es normal, pero .....

paisssssssssss


PD

si uno se va a vivir Semana Santa o Navidad-Reyes debe pedir permiso

No se pueden reunir los "amarristas" y protestar la noma
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Manel - EA3CBQ

Socio fundador Anavre n° 15

de Baja por en crisis económica ??

Editado por dunic en 11-09-2009 a las 12:46.
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  #10  
Antiguo 11-09-2009, 12:33
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Predeterminado Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

"modificació del Reglament Particular d’Explotació i Policia del Port Esportiu del Masnou".

Reglament Particular que quiere decir que el Puerto (entidad con animo de lucro) pone y dispone.

A quejarse ...pero.... CUIDIAO no vaya a ser que te pasen por la quilla como ha ocurrido en Isla Canela.

Consediraciones:
1.- ¿Puede un Puerto privado reglamentar sin autorización de la administración?. ¿Cual es la norma de ámbito mayor que debe aplicarse?. ¿Esté esta norma en contra de la normativa de la Generalitat en este caso o pudiera considerarse abusiva?.
2.- Considero razonable que se compute el consumo a todos los usuarios, ya que hay quien vive en el barco y hay quien deja el congelador hasta las trancas de atún y hasta quien deja un secador eléctrico para encontrarse bien secas las toallas cuando llegue el verano.
3.-Seguro. No es aceptable nada que no exija la legislación (de ambito nacional) vigente.

Que digo yo.
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  #11  
Antiguo 11-09-2009, 13:04
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Predeterminado Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

Bon dia!
A mi me parece bien. Yo pase el invierno en un puerto en que se permitia vivir (en la mayoria de USA no se permite) y que estaba preparando y acondicionado para ello. Pero este verano he estado en Barcelona y he visto cosas que mas parecen chabolismo nautico que aficion a la nautica: gente que hace sus necesidades y las suelta al agua del puerto, barcos que parecen un tenderete de ropa interior, chabolas flotantes (incluso me han dicho que algunas se alquilan a turistas por semanas), etc.

Es como si en una plaza de parking se instalara a vivir una familia en una roulotte. Seguro que el parking no te lo permite y tiene derecho a hacerlo asi. Si se regula, al final habra puertos que no lo permitan y otros que si. Y estos lo perpararan y regularan (y lo logico es que pongan una normativa para que la normativa , contadores de consumos, normas de decoro y convivencia, control de que no se hacen vertidos sucios en el puerto, etc.)

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  #12  
Antiguo 11-09-2009, 13:24
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Predeterminado Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

Cita:
Originalmente publicado por NEFTA Ver mensaje
Es simplemente patetico que actuen de esta forma,y parece ser que amparados por una resolucion explicita,que pena,pobre capihaddock,al final lo van ha hechar
NO BRINDO
Saludos

Nefta, ademas de patetico que lo es, es ilegal, anticonstitucional y unas cuantas cosas mas, nos estamos organizando para el lunes ir a un abogado, una vez bien asesorados y llegado este punto, actuaremos judicialmente contra cualquier accion ilegal que se ejecute o pretenda ejecutarse por parte de capitania contra alguien del colectivo......
A mi entender y particularmente, despues de llevar seis años viviendo ahi, habiendo pagado religiosamente el amarre, itbs, seguro y sin negarme a cumplir los requisitos que legalmente tenga que cumplir......nadie puede echarme......
Me hace mucha gracia lo de las 10 pernoctaciones, llevo 20 años sin pernoctar en ninguna parte ya que he estado ese tiempo trabajando de noche, los dias de fiesta tampoco ya que como tengo el sueño cambiado solo puedo dormir de dia.......contaran como pernoctaciones las siestas de la tarde?,consideraran como pernocta que alguien se eche una siestecita?, tambien me hace mucha gracia lo que dicen de que al margen de que se cumpla con lo exigido se reservan el derecho de dar o no dar el permiso....
Mi realidad actual la verdad es que ha cambiado, tengo un nuevo trabajo, tambien dispongo de una vivienda en la que me iba a empadronar justo encima del restaurante que como sabeis llevo con mi pareja, pero de momento seguire oficialmente en mi barco, creo que es mi derecho y lo defendere....
yo si que brindo, por los que aman el mar como yo, por los que son y quieren seguir siendo libres salud
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Editado por capihaddock en 11-09-2009 a las 13:52. Razón: calenton rectificado
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JOS (13-09-2009)
  #13  
Antiguo 11-09-2009, 13:24
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Predeterminado Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

¿En base a qué ley consideran que 10 pernoctaciones en un mes
convierte el barco en vivienda?

Si eso cuela, mañana están libres de cambiar su baremo
y pasarlo a cinco noches y luego a una noche.

Respecto a los contadores, o se controla el consumo para todos
de forma igual, o a nadie.
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  #14  
Antiguo 11-09-2009, 13:31
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Predeterminado Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

Cita:
Originalmente publicado por Tupac A. Ver mensaje
Bon dia!
A mi me parece bien. Yo pase el invierno en un puerto en que se permitia vivir (en la mayoria de USA no se permite) y que estaba preparando y acondicionado para ello. Pero este verano he estado en Barcelona y he visto cosas que mas parecen chabolismo nautico que aficion a la nautica: gente que hace sus necesidades y las suelta al agua del puerto, barcos que parecen un tenderete de ropa interior, chabolas flotantes (incluso me han dicho que algunas se alquilan a turistas por semanas), etc.

Es como si en una plaza de parking se instalara a vivir una familia en una roulotte. Seguro que el parking no te lo permite y tiene derecho a hacerlo asi. Si se regula, al final habra puertos que no lo permitan y otros que si. Y estos lo perpararan y regularan (y lo logico es que pongan una normativa para que la normativa , contadores de consumos, normas de decoro y convivencia, control de que no se hacen vertidos sucios en el puerto, etc.)

En los casos que comentas de chabolismo nautico totalmente deacuerdo contigo, yo solo entiendo el concepto de barco si el mismo puede navegar, o sea, tiene su itb al dia con todo lo que supone lo referente a residuos, seguridad, motor en buen estado, etc........... cerdos amigo mio los veras en todas partes, en barcos, mansiones, barriadas, megayates.......salud
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  #15  
Antiguo 11-09-2009, 13:51
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Predeterminado Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

Desde el supuesto de que el barco cumpla con todas las normas expuestas, que estoy de acuerdo con la mayoria de ellas.

Lo encuentro una represion total hacia la libertad de las personas, otro lastre mas al sector como de costumbre.

Salu2
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  #16  
Antiguo 11-09-2009, 14:47
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Predeterminado Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

¡¡¡madre mia!!! ¡¡que disparate!!!

¿que haran?, ¿como en la mili? ¿pasara un marinero de guardia varias veces a verificar si duerme alguien?... ¿dara unos toquecitos en cubierta...? ¡¡mira que yo tengo muy mal despertar!!!... ¡ira anotando en una lista los dias que te ha pillado dentro!!

nada, como cuando eramos chavales, y oias venir a tu padre al cuarto... ¡¡ a hacerse el dormido!!!.... ¡¡que no noten que alli hay alguien!!!

madre mia!! que desproposito!!!

caña con ellos, capihaddock... me parece fantastico que os organiceis, que busqueis un abogado, y os defendais con uñas y dientes... seguramente todo eso que dicen es inconstitucional, ni se ajusta a ley

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  #17  
Antiguo 11-09-2009, 15:15
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Predeterminado Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

Me estaba preguntando lo mismo que Keith. ¿Pondrán un marinero a pasar lista y contar las noches que te quedas en el barco?.

Una cosa es "no guardar la compostura" y otra muy diferente vivir abordo, sin alterar la armonía del puerto. ¿Que harán con los transeuntes que pasen 15 días amarrados?. A partir del décimo día, ¿le dirán que ya no pueden dormir en el barco y que se deben buscar un hotel?.

Yo veo a un puerto, más como a un camping que como un garaje. Tienes tu punto de luz y de agua en tu plaza de atraque (o en tu parcela, en el primer caso) y los bloques de servicios comunes para ducharte, hacer tus necesidades y lavar tu ropa. Pero ojo, también hay "camping's" que tiene zonas que para nada parecen una acampada. Y eso si es algo que hay que ir cambiando poco a poco.

En definitiva es un lugar de residencia. Y así lo hacen muchos extranjeros, para pasar el invierno en España con su barco o con su autocaravana. Imagino que, a los que somos del pais, no se nos debe de dar un trato discriminatorio.


Saludos.
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El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016)
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184
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Antiguo 11-09-2009, 16:01
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Predeterminado Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

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Originalmente publicado por Keith11 Ver mensaje
¡¡¡madre mia!!! ¡¡que disparate!!!

¿que haran?, ¿como en la mili? ¿pasara un marinero de guardia varias veces a verificar si duerme alguien?... ¿dara unos toquecitos en cubierta...? ¡¡mira que yo tengo muy mal despertar!!!... ¡ira anotando en una lista los dias que te ha pillado dentro!!

nada, como cuando eramos chavales, y oias venir a tu padre al cuarto... ¡¡ a hacerse el dormido!!!.... ¡¡que no noten que alli hay alguien!!!

madre mia!! que desproposito!!!

caña con ellos, capihaddock... me parece fantastico que os organiceis, que busqueis un abogado, y os defendais con uñas y dientes... seguramente todo eso que dicen es inconstitucional, ni se ajusta a ley

Como tú, pienso que es de muy dificil aplicación esa norma. En caso de que el puerto quiera rescindirte el contrato de amarre porque has pernoctado más de 10 dias...¿como lo demuestra y con qué fedacidad?? la palabra de un marinero tiene tanto valor como la tuya. Incluso el concepto de pernoctar, por la privacidad que implica, es dificilmente comprobable. ¿Ir cada noche un rato a ver si entra agua en la sentina es pernoctar?? ¿tumbarte media hora bajo las estrellas en cubierta lo es?? ¿dormido si despierto no?? Si trabajo de noche y duermo de dia es legal, y si trabajo de dia y duermo de noche no??

En fin, que lo veo más como una amenaza que una realidad.
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  #19  
Antiguo 11-09-2009, 16:05
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Predeterminado Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

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Originalmente publicado por magicus_max Ver mensaje
Os adjunto literalmente un mail recibido ayer de mi puerto, Masnou, relativo a un cambio de regulación para vivir en el barco.

No lo traduzco, pero el resumen es:
- Ha habido un cambio de regulación, -23/febrero-, en una resolución de un departamento de la Generalitat.
- Para vivir en el barco (varemo: 10 pernoctaciones en un mes) habrá que pedir y renovar anualmente un permiso al puerto, que pedirá tres requisitos previos:
o Tener tankk
o Tener seguro con rc de 600.000
o Tener certificado de navegabilidad vigente.
- Aún así, el puerto se reserva el derecho a conceder el permiso.
- Asimismo se reserva el derecho a instalar, a cargo del usuario, un contador de suministros (no especifica si sólo eléctrico o también de agua) para poder cobrar al usuario los consumos por encima de los consumos mínimos ya cobrados en la tarifa de mantenimiento de los amarres.

Yo no vivo en el barco ni tengo planes de hacerlo, pero aun así tengo algunas dudas:
- Alguien más conoce esta resolución?
- Cuales son los “consumos ya incluidos” en la tarifa de mantenimiento?
- No creéis que otros barcos sin habitantes permanentes pueden estar consumiendo más que los habitados y por tanto se establece un agravio comparativo?
- El derecho último del puerto a conceder o no el permiso… no debería estar sujeto a criterios objetivos, transparentes?

Que conste que soy partidario de que los puertos no se llenen de “residuos flotantes”, (Sí a los certificados de navegabilidad, seguros vigentes, etc) pero de ahí a establecer que sólo los que viven en los barcos deben cumplir con una serie de requisitos por encima de los demás… me parece una imposición algo delicada.

Qué opinais?
Con todo el respeto del mundo y dentro de mi ignorancia creo que se están metiendo donde no les corresponde. Lo que tienen que llevar o no llevar los barcos no es su competencia. El seguro tampoco es cosa suya, que gestionen el puerto y que tu estes amarrado igual, pero no lo que sucede en el barco que es responsabilidad del patrón o propietario, y mucho menos decirle si se puede quedar en su barco a dormir o no o cuanto, que atañe a las libertades individuales.
La proxima pediran que la manija de la bomba del water esté chapada en oro que es lo único que parece importarles.

Editado por wiper en 11-09-2009 a las 16:13.
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  #20  
Antiguo 11-09-2009, 16:29
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Predeterminado Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

eso es un disparate mas que no les va a llevar a ningun sitio que no sea un tribunal ...
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  #21  
Antiguo 11-09-2009, 18:41
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Predeterminado Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

Es absurdo. triste.
Chabolismo en Barcelona, en el Port Vell, lo hay y mucho. Y eso que, dentro de lo que cabe, tienen "servicios" para poder "pernoctar" más de 10 días al mes. En El Masnou no hay "chabolismo", vamos, yo no lo he visto por ningún lado, si acaso, y de vez en cuando, aparece alguno un poco "dejado". Por cierto, pernoctar en el puerto de El Masnou es difícil sobre todo los fines de semana y verano. El chunda chunda se oye hasta en el dique de los pescadores.
¿Será que les sale muy caro poner una lavadora y una secadora en cada uno de las DOS zonas de servicios que tiene el puerto? Ya que, se supone, es un puerto de lujo, podían dar ese servicio. Aunque fuese pagando.
Marina Estrella, Stay, y demás náuticas, unas más que otras, baldean los barcos a diario y tienen la corriente enchufada todo el tiempo para poder poner los aires acondicionados en deshumidificador y cargar baterías.
Cualquier barco grande de esos lleva grupos de baterías de más de 10 unidades de 150 amperios cada una y solo hay que ver los cargadores como trabajan cuando se ponen a "cargar". Para poder consumir la misma cantidad de corriente que usan en un día yo tendría que tener mi cargador todo el año en danza sin parar de cargar.
Hay bastante gente viviendo en su barco y ninguno molesta, solo es cuestión de educación, no de normas del puerto. A mi me huele a nota de "consumo interno" para hacer una limpieza. No puede quedar a su criterio si te ponen unas normas de obligatorio cumplimiento (son obligatorias para todos los barcos, vivas o no vivas en ellos) el decidir si puedes vivir en el puerto o no.
Es de niños lo de "tú....si, tú....no".
Es una pena que en este foro y en otros, en los mismos bares del puerto y entre la gente que navegamos y nos cuesta un egg tener un barco, que se hable de este puerto por estas cosas y no de lo bueno que tiene, que tiene bastante, y lo bien que funciona.
Pienso yo que , todas estas cosas, no le hacen ningún bien a la imagen del puerto. Dada la crisis en el sector náutico, tendrían que empezar a pensar en que va a dejar de ser una SUPERTIENDA de barcos para ser un puerto normal.
Si por ellos fuese solo habrían megayates con armadores que irían a comer y cenar a los restaurantes, vamos a llamarles, de lujo, con sus cochazos y sus caprichos caros y, a todos los demás que formamos la náutica real, que nos den.
Mejor me callo.
Saludos
Luis
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  #22  
Antiguo 11-09-2009, 18:46
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Predeterminado Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

Yo vivo en mi barco una media de mas de diez dias al mes por año, ya me fui de un nautico, era real club, y todo por falta de seguridad y porque una regulacion de estas me prohibio hacerme mis reparaciones.
Al final, aunque sean un poco mas caras, y habida cuenta que no uso las piscinas ni los salones sociales prefiero las "marinas".
Es una putada y lo jodido es que comienzan en Cataluña y al final si hay pasta de por medio todos lo copian.
Lo que nos quedar por ver......
Una Estrella fresquita para todos que hoy es el dia de los cerveceros.
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  #23  
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Igual lo que hay que prohibir son los clubs, Reales clubs, porque se apoderan de un bien que es de todos como lo es la costa, para poner sus salones y sus piscinas.
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Bohemia (13-01-2010)
  #24  
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El puerto de El Masnou no es ningún club, es una marina. Lo que pasa es que parece ......

Saludos
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  #25  
Antiguo 11-09-2009, 19:56
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Predeterminado Re: Vivir en el barco: nueva regulación?

La norma carece de cualquier legalidad.
El goce y disfrute de una embarcación, debidamente inscrita, abanderada y con los elementos de seguridad legalmente establecidos, no puede ser perturbado.

Cobrar y medir el abastecimiento de agua o fluido eléctrico que pueden.
Exigir el cumplimiento de las normas de policía anteriormente establecidas, referentes al vertido de aguas negras, basuras etc. También.

Tratar de imponer una disposición normativa en blanco, reservandose la admisibilidad del disfrute de un bien, a la voluntad de un administrador sea público o privado, es totalmente descabellado.

Ser concesionario del demanio público marítimo no quiere decir, tener el poder normativo para invadir el derecho de goce y disfrute... faltaría más.

¿Alguien conoce una norma, que bajo penalidad o punición, prohiba dormir en casa, en el coche, en una tienda de campaña, en una autocaravana, en una roulotte, o incluso en la P**a calle?
¿podemos pensar que los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado nos van ha retirar de nuestros barcos, con el uso de la fuerza, que debe ser justificada y proporcional al delito cometido, por la posible comisión del delito o falta de "DORMIR".
¿Es que si quiero dormir el decimoprimer día, tendré que salir del puerto?


Anda no me j**as!!! Marina de Masnou!!
Si el tenderete no te gusta, pon tendederos, secaderos de ropa o de "fuet" y mantén un servicio de limpieza. Claro que la perturbación del orden debe ser combatida, incluso la falta de educación, con medios publicitarios, incluso con sanciones económicas a quien ensucie o altere el medio ambiente, pero ¿van a PROHIBIR DORMIR?.
De donde c**o ha salido semejante "legislador"

me callo. punto pelota.
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(Fernando Pessoa -1931)
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