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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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![]() No se de que va esto! 795 € - TITULO INTERNACIONAL DE CAPITÀN DE YATE (BARCELONA) [Ayuda] Dale más visibilidad a este anuncio Fecha: Miércoles, 20 de octubre de 2010 09:18 30 personas han visto este anuncio AQUI TIENES LA OPORTUNIDAD DE OBTENER UN TITULO INTERNACIONAL DE CAPITÀN DE YATE. ES UN TITULO TOTALMENTE LEGAL Y VÀLIDO PARA CASI TODO EL MUNDO(INCLUYENDO ESPAÑA,POR SUPUESTO) NO TIENE LIMITACIONES DE NINGÙN TIPO( DISTANCIA,TARA,ESLORA,PASAJEROS,ETC,) EL EXAMEN SE REALIZA CON DOS CAPITANES DE LA MARINA MERCANTE ESPAÑOLA Y AL MOMENTO DE APROBAR NOS ENVIAN EL CARNET PROVISIONAL Y LO IMPRIMIMOS Y AL MES TE ENVIAN EL DEFINITIVO A TU DOMICILIO. SI DESEAN MAS INFORMACION NOS ENVIA UN E-MAIL CON SU Nº DE TELEFONO O NOS LLAMAN UDS. AL SIGUIENTE NUMERO DE TELEFONO: 670203918 SR. PERE |
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#2
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Cita:
Lo de "internacional" me parece simplemente un engaño y un fraude, y el precio si fuera el PCOC está sobre los 40 dolares. Menudo negocio ![]() ![]() Saludos y ![]() |
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#3
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esto tiene toda la pinta de ser el timo canadiense, jajajaja.
Examen de capitan de yate canadiense del mundo mundial con estrellas y gorra de plato. Valido en todo el territorio mundial y para cualquier barco, incluso trasantlanticos, bla bla. Luego vas a capitania y la que recoje el titulo para el canje de deshueva de ti y tedice con sorna: ¿otro con el dichoso carnet canadiense?, manda huevos. jajajaja. |
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#4
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Me lo ofrecieron el otro dia en la academia, pero me lo ofrecieron como suplemento al Patron de Yate, el gancho era que si tienes patron te sacas el Titulo Canadienses y una vez en aguas internacionales o alta mar es el que utilizas, me queda por informarme de como se comportan los seguros del barco y las coberturas legales que te otorga.
Birras ![]()
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de la tierra el cordero y de la mar el velero |
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#5
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En otras páginas se hace llemar Sr. Pedro
Precio: 795 € LE BRINDAMOS LA OPORTUNIDAD DE OBTENER UN TÌTULO OFICIAL DE CAPITÀN DE YATE INTERNACIONAL VÁLIDO PARA CASI TODO EL MUNDO(INCLUYENDO ESPAÑA,POR SUPUESTO) SIN LIMITACIONES DE NINGÙN TIPO(ESLORA,TARA,PASAJEROS,DISTANCIA,ETC) EL PRECIO SON 750 EUROS+ 45 DE DERECHOS DE EXAMEN EL CARNET PROVISIONAL NOS LO MANDAN EN EL MOMENTO DE APROBAR EL EXAMEN Y EL DEFINITIVO,QUE ADEMÀS NO CADUCA JAMÀS ,TE LO ENVIAN A CASA EN UN MES EL EXAMEN LO SUPERVISAMOS 2 CAPITANES DE LA MARINA MERCANTE ESPAÑOLA EN ACTIVO. SI QUIERE MÀS INFORMACIÒN,NOS ENVIA UN E-MAIL CON SU Nº DE TELEFONO O BIEN NOS LLAMA AL NUESTRO TEL:670203918 SR. PEDRO y en otras pags le han quitado el anuncio, huele mal |
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#6
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Pera es Pedro en catalan, más que un cambio de nombre suena a 'distintas estrategias de marketing'
(He llamado, y sale un men de 'el teléfono marcado no se encuentra disponible en este momento) ![]() |
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#7
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Sólo por añadirle sal al tema...: El Capitán de Yate español ya es un título internacional, mientras que el resto de títulos de recreo son exclusivamente para aguas españolas (aunque también se puedan convalidar en algunos casos para utilizarlos en diferentes países).
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Iñaki |
| 2 Cofrades agradecieron a Iñaki/Sinvergüen este mensaje: | ||
capitanperi (09-12-2010), ROyOR (14-11-2010) | ||
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#8
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#9
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si PY puede salir a 60 millas, está fuera de las aguas españolas: lo veo igual de internacional que el CY (vale, un poquito menos. Digamos internacionalillo) ¿O hay un convenio por el que CY es aceptado internacionalmente? ![]() |
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#10
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#11
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El Cofrede Coronadobox y yo, os lo tramitamos por la mitad de precio. Llamad al 696 969 696, Os atenderá nuestra secretaria, la señorita Madelón. ![]()
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Nabregar: "Acción de desplazarse por la mar en un barco que da mucho, pero que mucho trabajo" ¡¡¡Os estoy vigilando!!! ![]() Tractorista y motero |
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#12
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Perdona Kepilla ¿por qué dices que si hay un convenio por el que CY es aceptado internacionalmente?
Los títulos españoles (PER, PY o CY) son aceptados internacionalmente o cuando vas al Caribe (por ejemplo) no te alquilan un barco por tener titulación española ![]() Está claro que el Sr. Pedro o Pere como mas le guste, tiene un negocio montado. Por cierto Sr. Pedro, si utiliza su nombre se antepone la palabra "don" y no "señor" como pone usted, aunque ya lo dice el refrán "don sin din co***es en latín" ![]() Saludos Rafa
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![]() RAFNI KAI www.RAFNI.es "Sean felices, porque la vida es urgente. La vida es una y ahora, así que hay que vivirla a tope y con intensidad" |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a ROyOR | ||
paco tattoo (15-11-2010) | ||
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#13
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No sé ahora como estará esto de ese carnet, el Pleasure Craft Operator Card (PCOC) de Canadá, pero antes te ponias en contacto con la Embajada y por 27 Euros lo tenías.
De 27 Euros a 795 + 45 Euros de tasas??? Tasas supongo que en realidad significa = gastos totales, el resto (795 Euros) serán los beneficios que tienen estos señores. En fin, vaya tropa. Saludos cofrades.
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Me gustaría vivir como vivo...pero pudiendo. |
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#14
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Unas
![]() para todos os paso un link con la famosa orden de las titulaciones españolas que salio en el BOE del 3 de noviembre del 2007, http://www.fomento.es/NR/rdonlyres/C...4504945084.pdf y mira por donde el famoso Pleasure Craft Operator Card (PCOC) de Canadá, aparece dentro de las titulaciones extrangeras y reconocidas en atribuciones sin límites ni de eslora ni de zona de navegación, y eso en el BOE español. Es decir ese título es similar a nuestro capitan de yate en cuanto atribuciones. Otra cosa es que te lo convaliden que eso ya os digo que es que NO. Por otro lado en el extrangero no se yo con cual te hacen más caso sin con nuestros títulos españoles o llevando un título canadiense. Por cierto me han asegurado que en España a los españoles residentes este título le es válido para alquilar embarcaciones, es decir este título a un español solo no le vale si quieres el título para comprar un velero, para alquilar si. A mi en mi escuela me lo ofrecieron pero ellos lo convalidan en función de los títulos españoles que tengas. Yo pienso que al final lo sacaré, por tener otro, en fin hasta que no pongan el de almirante de yate algo se tendrá que ir haciendo. Buena mar. |
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#15
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#16
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![]() ![]() ![]() Coronadobx |
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#17
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![]() Es que al olor de los turrones... era un pecado seguir con el jamón colgado. ![]()
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Nabregar: "Acción de desplazarse por la mar en un barco que da mucho, pero que mucho trabajo" ¡¡¡Os estoy vigilando!!! ![]() Tractorista y motero |
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#18
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http://www.boaterexam.com/canada/overview-en.aspx
aqui lo explican calro ... $49.95 y aqui un pequeño ejemplo de como son las preguntas http://www.boaterexam.com/canada/practice/quiz.aspx no parece igual que el Capitan de yate español para tod@s |
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#19
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Dicen que más vale tarde que nunca... ;-))
La verdad es que no tengo el tema muy fresco y quizás me equivoque, pero me parece que las 60 millas se encuentran dentro de la zona de influencia económica... (200 millas) Más allá de esas 200 millas la navegación se realiza por aguas claramente libres e internacionales. Insisto en que a lo mejor me engaña mi memoria, pero creo que era así. De todos modos, si te aceptan el PY para alquilar un barco de charter allí donde quieras alquilarlo, entonces es tan internacional como pueda serlo CY. (yo usé en su momento el PY en Grecia, Turkía y Croacia) ![]() ![]()
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Iñaki |
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#20
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Lo de Croacia, etc.. lo entiendo como 'reconocimiento', no como 'validez' Y lo de las millas: si, pero el pabellon Español hace que seas territorio nacional aunque estes a mas de ¿60? millas de la costa ![]() |
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#21
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Cita:
![]() ![]() son de chiste.Menudo timazo. Siempre habrán listillos a la caza del despistao. ![]() ![]() ![]()
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![]() "Aprender es como remar contracorriente: en cuanto se deja, se retrocede" |
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#22
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Unas
![]() , pues las preguntas si que son diferentes pero fijate en lo que BOE español dice el PCOC tiene atribuciones sin limite, es decir capitan de yate, y acabo de hacer dos gestiones:1.-¿Se puede alquilar una embarcación siendo español pero con una titulación extrangera? Respuesta SI, es decir que con ese PCOC puedes alquilar un barco de 20m y navegar a 90 millas de la costa dentro de la ley. 2.- Cuando me puse al habla con Canada, esa escuela Boatexamen, me dice que si estas fuera de Canada y/o de USA no te sirve ya lo del examen por internet y consecuentemente los 45$, tengo que ver cuanto cuesta en Spain, que ¿porque siempre será diferent?. Curioso el título extrangero no te sirve como español en España llevando tu propio barco pero si es válido si lo alquilas, ¿alguien entiende algo? Buena mar. |
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#23
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Cita:
Lo pregunto porque yo en su dia pregunté a un conocido que alquila barcos, y su respuesta fue: "si el seguro me admite el título, yo te alquilo el barco. A mi no me importa que tu tengas luego problemas con la guardia civil" ¿Como era tu consulta, y a quien se la hiciste? ![]() PD: quedó en decirme si su seguro aceptaba el título canadiense, pero aún no me ha contestado |
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#24
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Unas
![]() hice las siguientes gestiones:1.-Hoy hable con un charter y les pregunte si con una titulación oficial extrangera podía alquilar su barco, me dijeron que si. 2.-He preguntado a los directores de 5 escuelas y todos me dijeron que con un título extrangero se te permite aluilar lo que esta prohibido es navegar en tu barco. De hecho hace unos años esto no era así, en la capitanía te daban un permiso primero por 5 años, luego por un año y útlimamente por 3 meses, ahora de hecho a los propietarios de barco españoles con títulos extrangeros les han confeccioando un medio examen práctico para convalidarlo por los títulos españoles, pero alfinal no estan pudiendolo hacer y se que el tema esta en tribunales, por lo menos acercandose. La próxima semana voy a consultar en la DGMM y pedire la norma donde aclare esta cuestión. Por la información qque estoy recogiendo, no es que la empresa de charter te alquile es que estas navegando en todo dentro de la ley. Buena mar. |
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#25
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Unas
![]() , San Google nos ayuda, la isntrucción de servicio 6/98 de la DGMM para que se aplique de forma uniforme en todas las capitanias la ley 27/1992 de Puertos del Estado y el reglamento comunitario de cabotaje y se ejecute la orden del 4 de diciembre de 1985 de aluiler de embarcaciones de recreo expresamente dice:"Embarcaciones españolas que se alquilen sin tripulación: en este tipo de alquiler, la empresa que alquile la embarcación se responsabilizará de que la persona a cuyo mando naveguen las embarcaciones, esta en posesión del título español requerido o el de su equivalente extrangero" Es copia literal de la orden de la DGMM voy a intentar subir el documento completo. Es decir con titulación extrangera un español residente en España no puede en España, gobernar su propio velero, pero puede alquilar el que le de la gana. Buena Mar |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Capitan Resaca | ||
Capitan Pocholo (11-12-2010) | ||
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