![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
|
|
#1
|
||||
|
||||
|
Hola.
Aviso a navegantes (pescadores) Un viejo tema de discusión. Los carretes eléctricos para los pescadores vascos. En pesca de fondeo en aguas exteriores. Antes se podían usar, por la Orden 26-2-99 que regulaba la pesca en aguas exteriores, que autorizaba hasta dos carretes eléctricos... El nuevo Real Decreto 347/2011 deroga esa orden. No dispone nada sobre el tema de los carretes eléctricos, sólo que está prohibido el uso de más de dos carretes eléctricos, y que por Orden se regulará la potencia y la longitud del sedal... Pero no se autoriza expresamente a usar dos carretes eléctricos. Por lo menos por ahora, otra cosa será si sacan una Orden ministerial diciendo otra cosa o especificando dónde, cuántos y de qué tipo se autorizan. También es cierto que si no está prohibido, tampoco es sancionable, puesto que no hay infracción, pero tampoco significa que esté autorizado. Es un "vacío legal" ¿no? Por contra, el artículo 9 dice que como norma general se deberá cumplir lo que diga la normativa autonómica que corresponda a "donde se realice la actividad". Bueno, pues en Euskadi, en lo que a normativa autonómica corresponde, considero que están prohibidos los carretes eléctricos. Artículo 21 de la Ley 6/1997 de Pesca Marítima del País Vasco: Cita:
En legislación autonómica no se estableció la salvedad de los dos carretes eléctricos... De hecho, el uso de carretes eléctricos se considera infracción muy grave. ![]() Me voy a por un paraguas... ![]() ![]() ![]()
__________________
Sausalito III (Puma 26) Pumeros: http://clubpuma.ning.com/ ANAVRE: "Ya nunca navegarás en solitario" Asociación de navegantes de recreo Editado por otoio en 07-07-2011 a las 11:46. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a otoio | ||
Sachi (07-07-2011) | ||
![]() |
Ver todos los foros en uno |
|
|