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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hace cinco años vendí un barquito de 5,60 de eslora con un fueraborda,comprado nuevo por mi, unos años antes.....el caso es, que tras cinco años, el propietario quiere venderlo, y me llama con la sorpresa(para ambos), de que en Capitanía,figura aún a mi nombre.
Los pasos que seguimos, fueron,primero con contrato de compra-venta, a pagar "los impuestos", se quedaron con uno y pusieron un sello de entrada con un código de dicha operación.Se fue a Capitanía y en mostrador, el comprador entregó una documentación y Capitanía entrego un documento de en espera de tramitación",pero dicho documento no tiene fecha,esto último me escama.....al meollo,...que puedo hacer para protegerme las espaldas? No quiero imaginar si ese barco comete algo delictivo y van a por mi...... Tengo contrato firmado de compra venta y he aportado a la otra parte documentos de el pago de Hacienda,ya que "le robaron la docuentación del barco ,según el comprador......Vale con ese contrato de hace 5 años? hay que hacer y pagar uno nuevo(cosa que pagaría la otra parte,evidentemente)....además va pasando el tiempo y no parece tener prisa la otra parte en ir a Capitanía y arreglarlo de una vez por todas... Gracias |
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#2
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Uyyyy.
A eso me refería cuando abrí mi post de "vendo mi barco". No tuve mucho éxito pero me temía que pasaban cosas como esa. Ya tuve problemas con un coche que vendí y no quería volver a pasar lo mismo. Tomaré buena nota de todo lo que se comente por aquí. Saludos ![]() |
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#3
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esperemos encontrar expertos en estos lares, jurídicos- naúticos
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#4
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Buenas Trak y demás cofrades.
Si tienes contrato firmado y liquidado de impuestos en su momento, no te preocupes. Eso si, guarda esos documentos como oro en paño. Ante cualquier reclamación denuncia, acto delictivo o lo que sea cometido con el barco, tu acreditarás con esos documentos que lo vendiste y que la responsabilidad es del otro. El problema no es tuyo, sino de la persona a la que se lo vendiste. Si no se ha preocupado en 5 años, ahora tendrá que apechugar con las consecuencias. Esa es la teoría. La práctica es que ahora te pedirá esos documentos que tu tienes para deshacer el entuerto, pobrecito él, etc... Mi consejo es que no te deshagas de ellos sin quedarte con una fotocopia notarial de los mismos, para evitar sorpresas. ![]() ![]() |
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#5
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Hola trak:
Yo creo que tienes motivos para estar preocupado. Si ocurre un problema grave, acabará en el juzgado y se aclarará quien es el responsable. Pero si se trata de asuntos “menores” multas, falta de pago de atraque en algún puerto, daños a otro barco, etc. te puede costar mas dinero librarte del problema que pagar alguna multa o débito. Yo hablaría con el comprador advirtiéndole que hiciera la transferencia de forma inmediata y al mismo tiempo haría un escrito a la Capitanía Marítima, comunicando quién el propietario actual de la embarcación y acompañando fotocopias de la documentación que tengas. Pides una copia sellada con la entrada del documento en el registro y al menos, desde esa fecha ya hay constancia oficial de que el barco lo vendiste a esa persona. A mis clientes, cuando venden un coche, moto, embarcación etc. siempre les aconsejo que incluyan en el precio el coste de la transferencia y hagan el trámite del cambio de titular junto con el comprador, en el acto o si no pueden, que encarguen el trabajo a una gestoría de confianza, para asegurarte de que la transmisión se ultima. Nunca se debe dejar este trámite en manos del comprador. Saludos. |
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