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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Muy buenas cofrades y café a punta pala.
El caso es que ando un poco con la mosca detrás de la oreja. Estoy buscando información acerca de si este certificado tiene validez en el extranjero en barcos con pabellón distinto al español, pero si de un país que este dentro de las normativas de la IMO. No logro encontrar nada en interné o no se encontrarlo... ![]() Un abrazo! (demasiado pronto) |
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#2
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en el papel que nos dan lo dice muy claro ,solo válido para barcos con pabellón español, además fijate que solo viene escrito las atribuciones en español
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pagonu50 (20-11-2011) | ||
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#3
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Además sólo es válido para aguas españolas (y máximo 60 millas de la costa)
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Iñaki |
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pagonu50 (20-11-2011) | ||
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#4
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iñaki-sinvergien cuna copa
en esta lluviosa tardecreo que solo es válido hasta 12 millas, paralelo a la costa española .orozco ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a capitan orozco | ||
pagonu50 (20-11-2011) | ||
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#5
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Cita:
Nada como el COPY-PASTE: 4. Los poseedores del certificado de especialidad de patrón profesional de embarcaciones de recreo, tendrán las siguientes atribuciones: a) Gobierno de embarcaciones matriculadas en la lista sexta o séptima, siempre y cuando no lleven más de 12 personas, incluida la tripulación, en las zonas y condiciones que determine la Dirección General de la Marina Mercante. b) Actuar de instructor en las prácticas básicas de seguridad y de navegación para la obtención de las titulaciones de patrón para navegación básica y patrón de embarcaciones de recreo. condiciones.... Quinto.–Zonas y condiciones de navegación. Los poseedores de este certificado podrán realizar navegaciones, en embarcaciones de recreo de eslora igual o inferior a 24 metros, a lo largo de la costa española dentro de la zona comprendida entre ésta y la línea de 60 millas paralela a la misma. y unas copas... ![]() ![]() |
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pagonu50 (20-11-2011) | ||
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#6
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Cita:
y no del PER (título deportivo no profesional)!!!! ![]() ![]()
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Iñaki |
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pagonu50 (20-11-2011) | ||
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#8
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Todo cambiara chicos....todo cambiara
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Cedemont El hilo del STIX,"Veleros que aguantan el mal tiempo y los que nunca lo harán" |
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pagonu50 (20-11-2011) | ||
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#9
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Vaya...
Empiezo a estar un poco hasta las narices (por ser fino) de Marina Mercante. La pregunta iba relacionada porque me traslado a Malta una temporada, y como allí hay centros de buceo a patadas, era por saber si me iba a servir la titulación en aquellas aguas. Pero como dice Vidal Mestre, a doce millas se acaba España. Estuve mirando en la web del gobierno de Malta y no aclaran nada al respecto en cuanto a titulaciones náuticas profesionales. Será casi cuestión de resolver la duda una vez estemos allí. Un abrazo! ![]() |
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#10
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Hola,
¿has mirado ésto? http://www.dca.gov.mt/Page.aspx?pageid=504&lid=1 hay (como no) una especie de academia que seguramente te pueda aclarar qué licencia o título hace falta para trabajar de patrón: http://maltanauticallicence.com/?page_id=19 un abrazo ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a capitan morgan | ||
pagonu50 (20-11-2011) | ||
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#11
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Cita:
Ok Capitan Morgan, mucas gracias. Voy a ver los enlaces y comento las novedades y gestiones como van avanzando. Un abrazo! |
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#12
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Esto no es corecto: un barco con bandera española en aguas internacionales esta sujeto a las leyes españolas.
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#13
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Cita:
La pregunta de Pagonu50 es : "El caso es que ando un poco con la mosca detrás de la oreja. Estoy buscando información acerca de si este certificado tiene validez en el extranjero en barcos con pabellón distinto al español, pero si de un país que este dentro de las normativas de la IMO.2" No sobre barco de pabellón español. Saludos |
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#14
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Que disfrutes en Malta y curres mucho.
Agus |
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