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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Unas birras pa vosotros
... Que a mí ni ganas me quedan despues de que el particular al que le tengo alquilada la plaza de amarre me pase una factura de 170 y pico leuros por el "impuesto" de lámina de agua de cinco meses... De verdad está eso bien??? de verdad que no me puedo creer que en este deporte sea todo tan descaradamente carísimo, ES QUE ACASO LOS CURRANTES NO TENEMOS DERECHO A DISFRUTAR DEL MAR!!!![]() Si alguien me puede decir como funciona el impuesto este se lo agradezco, añadir que el barco está en Baiona y las medidas son 8.08 x 2.90. Muchas gracias y disculpad mi mal humor, un saludo. ![]() |
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#2
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Deberías de explicar que tipo de alquiler tienes, si es por año, al més..... y en qué quedaste con este señor, ya que, en cada puerto se pagan cosas diferentes y piden cosas muy dispares.
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#3
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Cita:
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#4
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jajajajajaa impuesto de lamina de agua, suena parecido a impuesto por desgaste de aire en los pulmones.
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#5
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Pues. Si , es así , el calculo se basa en superficia X xdinero , y varia de un puerto a otro , como si fuera poco varia hasta de nombre ! En algún sitio se llama B5 , en otros G 5 , mas allá el X 0 ....
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#6
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Cita:
Pues mas o menos lo mismo
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BARRILES DE RON JAMAICANO PARA TODOS
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#7
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Hola
![]() ![]() Estoy tambien en la ria de vigo y no pago eso ni de lejos , me parece que yo pago 20 e al año ,hablo de memoria, pero es algo asi . la lamina no se paga por la medida de la plaza sino por la medida del barco,es decir pagarias lo mismo por tu barco aunque lo amarrases en una de 12mts. pregunta en capitania y que el propietario de la plaza te justifique el cobro con el folio de tu barco,aver si tiene mas plazas y las pagas tu todas . cuando sepa seguro lo que pago te mando un privado. hay algo mal seguro. saludos. |
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#8
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Allá por el 2007 se hablaba......
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...ad.php?t=10712 El cofrade ChurrucayElorza decía... -------------------------------------------------------------------------------- La tasa G-5 es un impuesto que cobra el Estado o las Comunidades Autónomas (dependiendo de si el Puerto deportivo está o no transferido), a través de las entidades concesionarias de los Puertos Deportivos, como compensación al uso de la lámina de agua que ocupa cada barco, cuando está atracado en el muelle, o de la superficie de su proyección en tierra, cuando está en el varadero. Esa lámina de agua y esa superficie son el resultado de multiplicar la eslora por la manga de cada barco. La razón del devengo fiscal, viene determinada por la consideración de bienes de dominio público, a toda la extensión marítima y terrestre de nuestro litoral, tal como la definió la Ley de Costas; y el uso de ese bien público, por los particulares, se percibe por el ente recaudador, central o autonómico, en forma de tasa. El importe de la tasa, desde abril de 2003, para embarcaciones que tengan base en el puerto (las que están ubicadas seis meses o más en el mismo puerto) es de 0,05 euros dia por metro cuadrado de superficie ocupada, ya sea marítima o terrestre. El sujeto pasivo de la tarifa es el armador, propietario o patrón de la respectiva embarcación, y los Clubs Nauticos son los sustitutos de los contribuyentes a los efectos recaudatorios, concertando con la respectiva administración tributaria una bonificación de lo recaudado, generalmente entre un 20 y un 25%, para compensarles la gestión recaudatoria. La tarifa G-5, incluye los servicios generales portuarios y los suministros de agua y energía, por lo que los Clubs Nauticos no están autorizados a cobrar nada más a los usuarios de los atraques o varaderos, por razón del uso del espacio público portuario, ya sea marítimo o terrestre; sin perjuicio de su derecho, como entidad privada, a cobrar de sus socios las cuotas sociales necesarias a su sostenimiento. Espero haber complacido vuestras dudas. Una ronda de birras para todos, pero sin pasarse, que hay que conducir derecho ... para no acabar contra la boya del canal ![]()
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La vida es aquello que te va sucediendo mientras tú te empeñas en hacer otros planes. |
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#9
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Cita:
Desde el cariño. ![]()
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La vida es aquello que te va sucediendo mientras tú te empeñas en hacer otros planes. |
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#10
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Hola cofrade 170 e halos cinco mese pues yo pago cada tres mese 182 e por unas medida de eslora 6.50 y 230 de manga y no me puedo quejar porque sino lo quieres lo dejas porque en mi puerto no ay amarres y estamos condenados apagar lo que digan
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#11
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Eso es un atraco, dile al propietario que te enseñe la factura. Yo lo tengo en Davila y pagué por todo el año 2011 68 euros por un 8 metros. Si necesitas mas datos pidemelos.
Editado por ciesons en 25-05-2017 a las 11:34. |
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#12
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hola
![]() ![]() En la ria de vigo un 24pies 15,84 para el 2012 no doy mas pistas no vaya a ser que me crujan. Te estan clavando fijo. saludos. |
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#13
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En Moaña pago 118 EUR para 6 meses para un barco de 6.50mx2.55m
así que no me parece desorbitado el precio que pone escotero. Pregunta en tu puerto el precio del m2 por día y luego calculas. Lo que está claro es que no todos los puertos pagan igual, aunque oficialmente el X5 en Galicia se calcula a 0.04 EUR/m2/día. Seguro que la administración exige a algunos puerto esa cantidad cuando para otros negocia en bloque. "Spain is different"
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#14
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Es un impuesto por embarcación. Si lo gestiona el Puerto hacen un descuento y sale más barato a los usuarios. Me parece que te están cobrando de más, el año pasado pagué setenta y algo euros por un 23 pies. Se calcula la eslora por la manga y hay dos impuestos, uno de ellos me parece que para los mayores de ¿8? metros
Saludos. ![]() |
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#15
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Mira esta disposicion
Ley 1/1999, de 31 de marzo, de Tarifas Portuarias.
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BARRILES DE RON JAMAICANO PARA TODOS
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#16
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Gracias a todos por vuestras respuestas. Veo que hay bastantes diferencias de una zona a otra, pero por lo que veo para la zona de la Ria de Vigo si parece un poco caro, (sin contar el caso del cofrade ivanlc en Moaña). Echaré un vistazo a la Ley de Tarifas Portuarias (gracias BORRASCA), a ver si saco algo en limpio. No creo que el propietario de la plaza me intente timar, pero puede ser que sin darse cuenta me esté cobrando parte de lo que correspondería al anterior inquilino. ![]() |
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#17
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Cita:
Amigo TAMAMOANA, no te confundas, no puedo estar más de acuerdo contigo en que hay que medirse y que el vivir por encima de nuestras posibilidades nos ha llevado a la situación en la que nos encontramos, pero este post no trata de eso. No necesito un Mercedes; tengo un utilitario normal, no necesito un chalet en la playa; soy feliz en mi casita de 60m cuadrados, no necesito un megayate de los que se ven por nuestras costas (que luego se mueven un par de veces al año); soy feliz con mi viejo barquito de 30 y pico primaveras, y sobre todo soy feliz NO DEBIENDOLE NADA A NADIE... Se trata de pagar por el valor real de las cosas, de que la náutica de recreo no tiene por que estar enfocada a un determinado sector de la población, de que me parece muy bien que se hagan dos campos de fútbol de hierba artificial en cada barrio pero no estaría mal que se invirtiese algún esfuerzo en promover una actividad para la cual contamos con unas condiciones más que envidiables con tantas y tan buenas millas de costa como disponemos... En fin, espero haberme explicado bien, un saludo ![]() ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a escotero | ||
zior2202 (31-07-2012) | ||
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#18
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Cita:
Existe este impuesto mas allá de España? |
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#19
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Cita:
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a zior2202 | ||
escotero (01-08-2012) | ||
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#20
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Cita:
Mirate este Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
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