Primero que corra el ron


hasta caernos de culo, hay va mi duda….?
Es legal que una marina aplique una ley interna, donde diga que una embarcación en lista 6ª tiene que alquilar el pantalán obligatoriamente al puerto y ni siquiera puedo estar atracado a uno mi propiedad.

Puede la marina aplicar leyes internas a su antojo…. Cuando la marina en su día exploto también una embarcación en lista 6ª,

que pasa que el código civil o de comercio no nos ampara, a ver si hay algún iluminado en este asunto, que en los tiempos que corren aprovechándose de estas circunstancias nos están reventando.


La segunda que la paguen los 7ª que tengo que pagarle al puerto.
SALUD A TODOS, BUEN VIENTO Y MEJOR MAR


