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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Saludos a todos
El epígrafe 3 de la disposición adicional quinta del RD 973/2009, que regula las titulaciones náuticas profesionales y en relación con la durabilidad del certificado PPER dice que éstos tendrán que ser revalidados transcurridos 5 años. Sin embargo, no he encontrado información sobre las condiciones a cumplir para acceder a dicha revalidación. Pienso que tal vez se solucione con unos simples trámites, aportando como en otros casos un certificado médico actualizado, pero también puede que nos hagan repetir los cursos y exámenes realizados. ¿Conocéis alguno cuales son los requisitos para obtener la revalidación? |
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#2
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Como mínimo tienes que renovar el reconocimiento médico y la foto de la libreta de navegación y desconozco si hay más cosas... seguramente para hacernos pagar
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#3
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Ya encontré respuesta a mis preguntas, lo aclara la Orden Fom/2296/2002.
La certificación PPER se revalida acreditando haber estado trabajando en la mar en período de vigencia, especialmente el año anterior a la renovacción. Gracias por cooperar. Saludos |
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#4
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Revalidación de Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo
Certificado de especialidad descrito en la Disposición adicional quinta del Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, cuyo procedimiento de obtención se establece en la Resolución de 15 de diciembre de 2011. Revalidación por caducidad Se revalidará una vez transcurrido el periodo de validez de 5 años. Documentación a aportar La documentación que se debe presentar ante la Administración para solicitar la revalidación por caducidad del certificado de especialidad de patrón profesional de embarcaciones de recreo es la siguiente:
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