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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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buenas cofrades, alguno de vosotros me puede aclarar si un velero de 8 metros con un pequeño motor de 8cv, esta exento de este tipo de tasa,? Según tasas portuarias los veleros de menos de 12 metros están exentos pero no deja claro si pueden llevar motor, aunque en la documentación queda claro que la propulsión principal es vela. Hablo de la tasa de ayuda a la navegación.![]() ![]() ![]() |
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#2
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Efectivamente hay un poco de confusión con esa tasa a mi me la intentaron cobrar indicando que como mi velero tenia motor tenía que pagarla al final después de razonar con ellos y hablar con la DGMM en Madrid me indicaron que efectivamente sólo pagan las que su medio de propulsión principal es el motor no los veleros independientemente de que tenga o no motor.
Un saludo |
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#3
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Me parece poco apropiado el nombre que la Ley le da a la tasa, pues mas que ayudar a promover la navegación, no deja de ser una traba económica más. Quizás debería llamarse "Tasa sobre la utilización del servicio de señalización marítima", tal como si lo indica el hecho imponible de la propia tasa.
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SAL PARADISE MMSI: 224295240 ![]() "Los españoles tenemos una mala costumbre: Primero tomamos partido y luego justificamos nuestro argumento, cuando antes deberíamos informarnos y después tomar partido.". |
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#4
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gracias dan mar, te acuerdas el negociado de la DGMM, con el que hablaste.? Y si te dieron algún soporte documental?.![]() |
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#5
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Supongo que la tasa te lo piden en tu Capitanía, en mi caso fue la de Torrevieja, hable con mucha gente y fue complicado, mucho desconocimiento y hasta tres formas distintas de interpretar la misma ley dependiendo con quien hables.
Llame a la DGMM en Madrid y pregunte por la tasa me comentaron que es para embarcaciones que exclusivamente como medio principal usan el motor, un Velero navega a velas (medio principal) y tiene motor. pero no es su sistema principal de propulsión. Lo de medio principal el motor es lógico ya que se supone que un velero sólo puede entrar a motor a puerto por lo que en principio los veleros, necesitan motor para las maniobras en puerto, por lo tanto esta excepción nadie la cumpliría (solo embarcaciones deportivas). Tira por la línea de que los veleros necesitan motor para entrar a puerto y que si esta ley fuese sólo para embarcaciones que tienen motor, nadie se salvaría, en fin un absurdo más de nuestra preciosa legislación Un saludo |
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#6
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Estoy de acuerdo con vosotros, pero de todos modos, esa tasa sólo se paga una vez al matricular -creo- y parece algo así como el chocolate del loro. Hay cosas peores -IVA, lámina de agua, matriculación, titulitis, amarritis, material obligatorio y homologado, ITB's, etc- aunque eso sí, la pela es la pela.
Ojalá el león que va a comerte se sintiera satisfecho por el cacahuete que le ofreces...
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Saludos, Carlos ************************ ![]() Boating is not a matter of life and death. It's more than that. (Manny Adan "in memoriam") Socio fundador de ANAVRE nº 155 http://www.anavre.com/ http://inmenurecetas.webcindario.com Editado por Kane en 21-03-2013 a las 12:14. |
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