|
VHF: Canal 77 |
|
#1
|
||||
|
||||
Marcado CEE. Abanderamiento en España
Hola cofrades. Abro este hilo para los armadores de barcos con bandera extranjera que no hayan sido españoles y no tengan marcado CEE.
Estaría bien, con el galimatías de legislación que desgraciadamente tenemos en España, el compartir las exigencias que nos piden en nuestras capitanías respectivas, ya que podríamos gestionar nuestro abanderamiento en la capitanía que nos diera más facilidades. Ya sabemos por experiencia que son pequeños reyezuelos cada uno y pueden interpretar la legislación a su manera. Hay un hilo sobre esto de la flexibilización del abanderamiento español, pero nadie lo pone claro. Si ven que podemos abanderar sin el dichoso proyecto del ingeniero (p.ej. con una ITB) les entrarían una buena ristra de barcos. Yo me acercaré aquí en Alicante a ver qué piden y lo compartiré por aquí. No confío que haya cambios, pero nada se pierde por preguntar. Salu2 |
#2
|
||||
|
||||
Re: Marcado CEE. Abanderamiento en España
Me interesa el hilo, yo estoy en esa misma situación.
Tengo bandera holandesa , la estoy cambiando por la polaca. Y me he planteado tenerlo en española porque es un barco pequeño de regata pura, que lo uso solo para regatear y no muy lejos, que estaría en zona 5, no lleva radio, un monotipo del cual han existido mas de cien unidades aquí, muchas con bandera española, que tiene número de homologación en la DGMM y que yo pensé (iluso de mi) que podría registrar en España sin excesivo problema, pero que un amable funcionario de una Capitanía cercana el año pasado, me desaconsejó iniciar el trámite y me animo a seguir con la holandesa. Y le hice caso. Pero me gustaría saber si de verdad hace falta proyecto de ingeniero, etc, etc. Porque por 3000 eur de proyecto me compro otra unidad con bandera española y ya tengo para repuestos... Es el típico caso de porqué no abanderamos en España, y no por el equipamiento de seguridad, que lo llevo todo y algo más. Y el barco lleva muchos años aquí y tiene todos los impuestos pagados, claro. Unas |
#3
|
||||
|
||||
Re: Marcado CEE. Abanderamiento en España
Y luego hay gente que pregunta por qué se va la gente a otras banderas. En mi caso mi barco es inglés, nunca español, también de un reconocido astillero. Cuando empecé el papeleo para pasarlo a española, un ingeniero me dijo por teléfono que lo sacase a varadero directamente, que me iba a decir qué tenía que cambiar. Imaginé el palo que me caía y fui de los primeros en mi puerto que pasé a belga.
Mañana pasaré por la Capitanía a preguntar a ver qué cuentan y lo pongo por aquí. |
#4
|
||||
|
||||
Re: Marcado CEE. Abanderamiento en España
Cita:
|
#5
|
||||
|
||||
Re: Marcado CEE. Abanderamiento en España
Cita:
Cita:
Cita:
¡Gracias, me has alegrado el día! Saludos y
__________________
Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Apagapenol | ||
Ppd3 (14-11-2020) |
#6
|
||||
|
||||
Re: Marcado CEE. Abanderamiento en España
Cita:
La otra pues ... diria un exabrupto ... superan con nota todos los malos tópicos sobre el peor funcionariado que existe. Y en la DGMM central.. pues lo que yo traté, despiste morrocotudo en los dos funcionarios/as que me permitieron hacerme con una LEB oficial con papelitos generados por mi. Duró poco ese tramite. Y en la capitanía amable y eficaz, uno de sus responsables me dijo "yo de ti no lo haría" y te recomiendan que no intentes registrarte como español, porque ellos ven las dificultades del ciudadano de a pie, pues ... El problema es que lo que leas en las paginitas web centrales que mencionas quien lo hace verdad son las capitanías y hoy en día lo vigente es el real decreto de 2010 que dice textualmente "Si la embarcación carece de Marcado CE, pero procede de otro registro de la Unión Europea, puede presentar en vez de la Declaración UE de Conformidad una de las opciones siguientes: - Certificado de inspección de buques anterior al 2 de junio de 1992 expedido por la Dirección General de la Marina Mercante. - Certificado de homologación expedido por la Dirección General de la Marina Mercante. - Certificado de construcción por unidades expedido por la Dirección General de la Marina Mercante. - Proyecto elaborado y firmado por técnico titulado competente, en el que a juicio de la Administración marítima se demuestre que la embarcación cumple con lo establecido en la Orden FOM/1144/2003, de 28 de abril, por la que se regulan los equipos de seguridad, salvamento, contra incendios, navegación y prevención de vertidos por aguas sucias, que deben llevar a bordo las embarcaciones de recreo, y, en la medida de lo posible, con las normas UNE armonizadas que se incluyen en el listado del Anexo VIII del citado Real Decreto 1435/2010. En este caso debe justificarse documentalmente que la embarcación se encontraba ya comercializada en la UE antes del 16 de junio de 1998. Y te dicen en Capìtanía (en la amable claro) que eso del número de homologación no se está aceptando siempre porque este barco nunca fue español. Pues como no tengo vocación de quijote y en ese momento lo de la holandesa me daba menos trabajo, pues ahí estamos. Si la DGMM me confirma de forma inequívoca que me aceptan el número de homologación (que conseguí gracias a un ilustre cofrade), yo le pido la bandera española, para lo que hago me da igual. Pero como la DGMM nunca ha dado ninguna confirmación y todo es opaco y tendente a tener que acabar en el ingeniero que te haga el proyecto... pues a correr. Bien ya he soltado el ladrillo de las 19 h. |
#7
|
||||
|
||||
Re: Marcado CEE. Abanderamiento en España
Buenas: Me encuentro en el proceso de abanderar en España. sobre la necesidad de "proyecto" o no, recordemos que el R.D. de marras establece su necesidad si carecemos de marcado CE. Si tiene menos de 25 años y figura en la misteriosa lista de modelos homologados, no hace falta el susodicho "proyecto". Esta consulta a Capitanía se puede hacer online, cuesta poco y a mi me contestaron al día siguiente. Si la respuesta es negativa, mi caso, toca "proyecto". Si tiene mas de 25 años, no hay duda, toca "proyecto".
Y ahora vienen las buenas noticias. Recientemente las capitanías han recibido una Instrucción de Servicio, aclarando la anterior I.S. que regula esto del "proyecto" y que entre otras cosas aclara... “Respecto del "proyecto" citado en el párrafo d) del apartado 2 de esa instrucción de servicio, se considera que éste no es un proyecto de construcción, sino una documentación que demuestra que la embarcación reúne los suficientes requisitos de seguridad (a título de ejemplo éstos requisitos podrían ser: estabilidad segura; capacidad de carga máxima; ventilación de salas de motores, etc.), por lo que no hará falta solicitar otro tipo de documentación técnica. Esos documentos, vendrán firmados por un Ingeniero Naval, Ingeniero Naval y Oceánico o por un Ingeniero Técnico Naval” Sin mojarse mucho, faltaría mas, abre la puerta a cierto relajamiento. Y en mi caso así ha sido. En mi primera consulta al Inspector, he encontrado una actitud positiva, centrándose en lo esencial, la seguridad estructural del barco, de esta unidad en concreto, no del modelo. Ello se traducirá en un "informe", que no proyecto, mas simplificado, y por tanto mas barato. Otra cosa es que los sres. ingenieros que se dedican a esto quieran soltar el mango de esta sartén y bajarse de esos tres mil pavos que zascan por un paripé administrativo, rediseñando un barco que lleva 30 años diseñado y navegando. Yo estoy gestionando esto en Andalucía. No se en otras zonas como andarán las cosas. Si alguien quiere cambiar impresiones al respecto, puede contactarme. Saludos |
Ver todos los foros en uno |
Herramientas | |
Estilo | |
|
|