La Taberna del Puerto Osmosis
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  #1  
Antiguo 25-03-2013, 20:26
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Predeterminado ¿Hay que declarar puerto base en España?

Saludos y rondas.
- Mi pregunta es: ¿los barcos de recreo tienen que declarar un puerto base en España?.
Supongo que sí y que en algún papel constará, si no no habría manera de que supieran si te has alejado de tu base más de lo que permita tu título.
- Entonces la pregunta pasa a ser: ¿se puede tener una matrícula con la siglas de un puerto y un puerto base declarado diferente?.
- En el supuesto de ser afirmativas las respuestas anteriores la siguiente pregunta es: ¿si cambias de puerto base tienes que cambiarlo también en los papeles?.

Todo esto va unido a lo que signifique "Puerto Base" para la vela recreativa y si es o no la misma definición que la de la pesca o el cabotaje.
(En principio yo solo he encontrado información para barcos de pesca).

Es algo que no veo claro en el caso de gente que vive en el barco y cambia de vez en cuando de puerto de residencia.

Tampoco veo claro, en el caso de alguna bandera extranjera, no sé cómo va en España, que haya que declarar el puerto base al matricular el barco, osea cuando aún puedes no haber encontrado un puerto base definitivo, como en mi caso, que lo compré en verano en una isla y luego lo traje a la península para buscar dónde dejarlo y de hecho aún no tengo claro que lo deje donde está ahora.

- Así que la pregunta final es: ¿qué pasa si tienes puesto un puerto base en los papeles, otro diferente en la matrícula y tienes el barco fijo en un tercer puerto?.
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  #2  
Antiguo 25-03-2013, 20:51
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Predeterminado Re: ¿Hay que declarar puerto base en España?

Lo del puerto base no lo veo claro, pues hay quien tiene su embarcación fondeada.

Sobre lo de alejarse de la base, siempre he tenido dudas de que te puedan proponer una sanción en base a una suposición o deducción, otra cosa diferente es que te pillen fuera de tu zona de navegación.

A ver si otros cofrades nos comentan.
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  #3  
Antiguo 26-03-2013, 07:01
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Predeterminado Re: ¿Hay que declarar puerto base en España?

Cita:
Originalmente publicado por LSV Ver mensaje
Saludos y rondas.
- Mi pregunta es: ¿los barcos de recreo tienen que declarar un puerto base en España?. No
Supongo que sí y que en algún papel constará, si no no habría manera de que supieran si te has alejado de tu base más de lo que permita tu título. No tiene nada que ver. Siempre te puedes ir costeando y ellos no sabrían si te has alejado más o menos de lo permitido.
- Entonces la pregunta pasa a ser: ¿se puede tener una matrícula con la siglas de un puerto y un puerto base declarado diferente?. Y para qué quieres tener las siglas en el casco? Al fin y al cabo lo que importa es que lo ponga en la documentación (no en España). Pero la respuesta es no.
- En el supuesto de ser afirmativas las respuestas anteriores la siguiente pregunta es: ¿si cambias de puerto base tienes que cambiarlo también en los papeles?. Evidentemente, así como cualquier otro dato que aparezca en la documentación.
Todo esto va unido a lo que signifique "Puerto Base" para la vela recreativa y si es o no la misma definición que la de la pesca o el cabotaje.
(En principio yo solo he encontrado información para barcos de pesca).

Es algo que no veo claro en el caso de gente que vive en el barco y cambia de vez en cuando de puerto de residencia.

Tampoco veo claro, en el caso de alguna bandera extranjera, no sé cómo va en España, que haya que declarar el puerto base al matricular el barco, osea cuando aún puedes no haber encontrado un puerto base definitivo, como en mi caso, que lo compré en verano en una isla y luego lo traje a la península para buscar dónde dejarlo y de hecho aún no tengo claro que lo deje donde está ahora.

- Así que la pregunta final es: ¿qué pasa si tienes puesto un puerto base en los papeles, otro diferente en la matrícula y tienes el barco fijo en un tercer puerto?. El puerto base de los papeles debe ser el mismo que tengas en el casco. O sino lo cambias, que tampoco cuesta tanto. Respecto a lo de tener el barco fijo en otro sitio, no pasa nada.
Lo del puerto base es un dato que te exigen algunos países pero que en realidad no tiene ninguna importancia, al menos en la marina de recreo.
Por ejemplo yo, que tengo pabellón Belga y me exigen un puerto base, puse el de mi pueblo (Uruguay). Vivo en el barco y voy de puerto en puerto, o de fondeo en fondeo, y como en realidad no tengo "puerto base" pues barro para casa
Es más, te puedes inventar el puerto y yo creo que ni se enteran.
En la documentación del barco aparece el puerto base (solo el nombre del puerto, en el apartado de datos de la embarcación) y la dirección del armador (en el apartado del propietario). Por lo tanto si tu te refieres a cómo contactan contigo, siempre lo hacen a la dirección, porque querrán contactar contigo, no con el barco. Por eso si vives en el barco y vas dando tumbos de un sitio a otro, como dirección del propietario es conveniente que pongas una dirección fija (un domicilio) donde puedas recibir correspondencia.

Espero haber aclarado tus dudas.
Iván

Editado por Punta del Este en 26-03-2013 a las 07:12.
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  #4  
Antiguo 26-03-2013, 17:21
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Predeterminado Re: ¿Hay que declarar puerto base en España?

Saludos BamBam.
Yo también tengo bandera belga y como sabrás es obligatorio poner en la popa el nombre del puerto base, el de los papeles.

Alguna de mis dudas es si figura el puerto base en las documentaciones de barcos españoles.
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  #5  
Antiguo 26-03-2013, 19:55
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Predeterminado Re: ¿Hay que declarar puerto base en España?

No te puedo responder a todo con precisión, pero te diré lo que creo:

Que tengas una matrícula de una capitanía (que es lo que realmente indica una matrícula española) no te impide tener el barco en un puerto de otra capitanía (esto seguro).

Las matrículas españolas no indican puerto base.

Indican, si no recuerdo mal y no me equivoco:

- Tipo de lista. Ejemplo: 7ª, 6ª...
- Capitanía. Ejemplo: BA (Barcelona), MH (Mahón)...
- Folio (un número sencillo)
- Número de orden (suele tener unas tres o cuatro cifras)
- Año de matriculación (las dos últimas cifras del año)

En España no es obligatorio indicar el puerto base en la popa, ni junto a la matrícula (por lo menos en las listas 6ª y 7ª).

Es más, para barcos nuevos de menos de 12 mts. (creo recordar) ya no es necesario ni matrícula, aunque si un identificador numérico. Si se procede de este modo, entonces no se pueden abandonar aguas españolas.

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  #6  
Antiguo 26-03-2013, 20:21
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Predeterminado Re: ¿Hay que declarar puerto base en España?

Cita:
Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen Ver mensaje
No te puedo responder a todo con precisión, pero te diré lo que creo:

Que tengas una matrícula de una capitanía (que es lo que realmente indica una matrícula española) no te impide tener el barco en un puerto de otra capitanía (esto seguro).

Las matrículas españolas no indican puerto base.

Indican, si no recuerdo mal y no me equivoco:

- Tipo de lista. Ejemplo: 7ª, 6ª...
- Capitanía. Ejemplo: BA (Barcelona), MH (Mahón)...
- Folio (un número sencillo)
- Número de orden (suele tener unas tres o cuatro cifras)
- Año de matriculación (las dos últimas cifras del año)

En España no es obligatorio indicar el puerto base en la popa, ni junto a la matrícula (por lo menos en las listas 6ª y 7ª).

Es más, para barcos nuevos de menos de 12 mts. (creo recordar) ya no es necesario ni matrícula, aunque si un identificador numérico. Si se procede de este modo, entonces no se pueden abandonar aguas españolas.

Qué quieres decir con esto?

Iván
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  #7  
Antiguo 26-03-2013, 20:32
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Predeterminado Re: ¿Hay que declarar puerto base en España?

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Originalmente publicado por Bambam Ver mensaje
Qué quieres decir con esto?

Iván
Si el barco de menos de 12 mts. de eslora con marcado CE, en lugar de matrícula lleva el identificador numérico, sólo está autorizado a navegar en aguas españolas.

Mira:

Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y séptima del registro de matrícula de buques.

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Iñaki
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  #8  
Antiguo 26-03-2013, 20:19
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Predeterminado Re: ¿Hay que declarar puerto base en España?

Cita:
Originalmente publicado por LSV Ver mensaje
Saludos BamBam.
Yo también tengo bandera belga y como sabrás es obligatorio poner en la popa el nombre del puerto base, el de los papeles.

Alguna de mis dudas es si figura el puerto base en las documentaciones de barcos españoles.
En lo que respecta a la primera cuestión estoy de acuerdo.
Los barcos españoles de recreo no tienen puerto base obligatorio, otra cosa es que el armador le ponga el que más le guste

Iván.
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LSV (29-03-2013)
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