La Taberna del Puerto El seguro de mi barc
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Antiguo 06-03-2024, 19:20
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Predeterminado Comprar Barca Con 16 Años

Muy buenas a todos.,

Como algunos sabreis de mi presentaciuon tengo una embarcacion neumatrica de 5 metros 20 del 2023. Es una ozeam, y ahora me ha surgido comprar otra barca , pero ojo la mia no la pienso vender. Lo que pasa es que me ha salido una a un buen precio que digamos

Puedo comprarla a mi nombre y firmar los papeles de compra venta cvon 16 años? Muchsimas gracias y ojala se pueda


PD: Ya seria mi tercer barca, las otras estan a nombre de mi madre
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  #2  
Antiguo 06-03-2024, 20:25
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Predeterminado Re: Comprar Barca Con 16 Años

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Originalmente publicado por Alexitush_ Ver mensaje
Muy buenas a todos.,

Como algunos sabreis de mi presentaciuon tengo una embarcacion neumatrica de 5 metros 20 del 2023. Es una ozeam, y ahora me ha surgido comprar otra barca , pero ojo la mia no la pienso vender. Lo que pasa es que me ha salido una a un buen precio que digamos

Puedo comprarla a mi nombre y firmar los papeles de compra venta cvon 16 años? Muchsimas gracias y ojala se pueda


PD: Ya seria mi tercer barca, las otras estan a nombre de mi madre
si puedes, un menor de edad puede ser propietario de un barca, de un coche, de un camión o de un avión si quiere tambien... otra cosa es que lo pueda conducir, que para eso ya hay otros requisitos.

Los propietarios de mi velero son mis hijos que cuando lo compré tenían 9 y 4 años... no hay ningun problema en que sean propietarios.

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  #3  
Antiguo 10-03-2024, 05:10
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Predeterminado Re: Comprar Barca Con 16 Años

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Originalmente publicado por jonam52 Ver mensaje
si puedes, un menor de edad puede ser propietario de un barca, de un coche, de un camión o de un avión si quiere tambien... otra cosa es que lo pueda conducir, que para eso ya hay otros requisitos.

Los propietarios de mi velero son mis hijos que cuando lo compré tenían 9 y 4 años... no hay ningun problema en que sean propietarios.

que manía con decir conducir.....un barco se gobierna , no se conduce ......
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LSV (04-04-2024), nadie (12-03-2024)
  #4  
Antiguo 06-03-2024, 20:29
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Predeterminado Re: Comprar Barca Con 16 Años

El ordenamiento jurídico español señala que la capacidad de obrar plena se obtiene a los dieciocho años de edad (artículos 315 y 322 del Código Civil).

Será a partir de esta edad cuando se pueda actuar libre y responsablemente dejar de estar sometido a la patria potestad o a la tutela.

Así que, salvo que obtengas una "emancipación", no podrás tener una barca a tu nombre hasta los 18 años.

De todas maneras... no te quedes con lo que escribí yo. Pregunta mejor en el foro específico que es el de "Cuestiones legales y Asociaciones" en donde suelen responder personas con más experiencia en esos temas.

https://foro.latabernadelpuerto.com/...splay.php?f=62
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Saludos.

Y por si quieren darse una vuelta por mi TW
https://twitter.com/egis57
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  #5  
Antiguo 06-03-2024, 20:37
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Predeterminado Re: Comprar Barca Con 16 Años

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Originalmente publicado por Egis Ver mensaje
El ordenamiento jurídico español señala que la capacidad de obrar plena se obtiene a los dieciocho años de edad (artículos 315 y 322 del Código Civil).

Será a partir de esta edad cuando se pueda actuar libre y responsablemente dejar de estar sometido a la patria potestad o a la tutela.

Así que, salvo que obtengas una "emancipación", no podrás tener una barca a tu nombre hasta los 18 años.

De todas maneras... no te quedes con lo que escribí yo. Pregunta mejor en el foro específico que es el de "Cuestiones legales y Asociaciones" en donde suelen responder personas con más experiencia en esos temas.

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perdona Egis pero no te has informado bien, un menor puede ser propietario de cualquier cosa con el consentimiento de sus padres, por supuesto, pero puede ser propietario de un coche, de una vivienda y hasta de un avión: propietario no quiere decir que lo pueda conducir o en el caso del barco tampoco quiere decir que pueda navegar con él, pero propietario si que lo puede ser. Por lo menos en España si, y en Francia tambien.

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  #6  
Antiguo 09-03-2024, 16:14
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Predeterminado Re: Comprar Barca Con 16 Años

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Originalmente publicado por Egis Ver mensaje
El ordenamiento jurídico español señala que la capacidad de obrar plena se obtiene a los dieciocho años de edad (artículos 315 y 322 del Código Civil).

Será a partir de esta edad cuando se pueda actuar libre y responsablemente dejar de estar sometido a la patria potestad o a la tutela.

Así que, salvo que obtengas una "emancipación", no podrás tener una barca a tu nombre hasta los 18 años.

De todas maneras... no te quedes con lo que escribí yo. Pregunta mejor en el foro específico que es el de "Cuestiones legales y Asociaciones" en donde suelen responder personas con más experiencia en esos temas.

https://foro.latabernadelpuerto.com/...splay.php?f=62
Koldo le ha puesto un piso a nombre de su hija pequeña. Eso sí con dinero de nuestros impuestos
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Mariate (13-03-2024)
  #7  
Antiguo 07-03-2024, 08:24
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Predeterminado Re: Comprar Barca Con 16 Años

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Muy buenas a todos.,

Como algunos sabreis de mi presentaciuon tengo una embarcacion neumatrica de 5 metros 20 del 2023. Es una ozeam, y ahora me ha surgido comprar otra barca , pero ojo la mia no la pienso vender. Lo que pasa es que me ha salido una a un buen precio que digamos

Puedo comprarla a mi nombre y firmar los papeles de compra venta cvon 16 años? Muchsimas gracias y ojala se pueda


PD: Ya seria mi tercer barca, las otras estan a nombre de mi madre
Si, con permiso paterno/materno.

Pero creo que el seguro tendrá que estar a nombre de un mayor de edad.
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  #8  
Antiguo 07-03-2024, 18:24
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Predeterminado Re: Comprar Barca Con 16 Años

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Si, con permiso paterno/materno.

Pero creo que el seguro tendrá que estar a nombre de un mayor de edad.
Pues eso ya no sé, pero al final el seguro asegura el barco, no sé sí importa algo sí el propietario es mayor o menor de edad.

Lo que sí te digo es que Los propietarios de mi velero son mis hijos y que lo registramos así cuando tenian 9 y 4 años.
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  #9  
Antiguo 09-03-2024, 19:25
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Predeterminado Re: Comprar Barca Con 16 Años

A ver gente...

No hay que confundir la capacidad de obrar o contratar con la capacidad de ser sujeto de derecho o tenedor de un derecho (por ejemplo el de propiedad)

ADVIRTIENDO que cada país tiene sus leyes que reglamentan... un menor NO emancipado NO tiene capacidad de obrar o contratar pero si de tener derechos de varios tipos por ejemplo el derecho de propiedad.

Así que bien un menor puede tener a su nombre una abultada cuenta comitente en un broker (una cartera de acciones) pero... no la puede operar sino a través de un administrador que es a su vez responsable pero NO propietario de su patrimonio. En EEUU eso es posible, yo administro varias cuentas comitentes (carteras bursátiles) a nombre de menores que fueran encargadas y fondeadas por sus familiares.

En algunos países eso mismo NO se puede hacer (por ejemplo en Argentina) pero en otros es posible. Quizás en España (NO conozco bien la legislación) pudiera darse el caso de que un menor reciba en donación un inmueble.

Por regla general -en todos los regímenes que conozco (que no son todos los que hay en el mundo)- las capacidades civiles y comerciales son específicas. Así bien se puede comprar un barco, una moto, un avión pero NO poder tripularlo o poder recibirlos como herencia o donación pero NO poder enajenarlos (comprarlos, alquilarlos, venderlos). Porque son capacidades legales diferentes.

Para salir de dudas pregunten a un abogado o escribano.
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  #10  
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Predeterminado Re: Comprar Barca Con 16 Años

Barcas son las de El Retiro.
Los demás son botes o embarcaciones, barcos si son grandes.



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  #11  
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Predeterminado Re: Comprar Barca Con 16 Años

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- ¡Hola! ¿Es aquí el club de los tiquismiquis?

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Genial, como siempre, J.R. Genial.





Agustín.
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Predeterminado Re: Comprar Barca Con 16 Años

Unas a tod@s que ya es fin de semna.

Me encantan estos foros en los que siempre hay alguien que se atreve a aconsejar a todos sobre todos los temas del mundo mundial, sea sobre lo que sea siempre hay alguien que los sabe todo de todo y, no, no me refiero a las inteligencias artificiales que andan por aquí. Pasa en este foro y en todos los que de vez en cuando me descuelgo. En fin, será cosa de la condición humana.

Sin que vuelen los taburetes -o si-, considero que aconsejar sobre como limpiar una mancha de tomate, o como hacer la mejor tortilla de patatas, o como zurcir un calcetín, o cual es para mí la mejor manera de trimar el asimétrico; son cosas que lo puede hacer cualquiera de buena fe para intentar ayudar y por mala información que se dé, poco va a perjudicar a nadie.
Pero una cosa es querer aconsejar con toda la buena fe del mundo sobre algo que no puede perjudicar a nadie y otra muy diferente es emitir “informes jurídicos” admitiendo que no se tiene idea de leyes, pero yo ahí lo suelto por decir algo. O dar recomendaciones médicas sin conocimientos médicos, como los he leído en otro hilo para potabilizar agua con lejía, que si alguien siguió alguno de los consejos posiblemente acabaría en urgencias.

Aquí un cofrade nos consulta sobre su capacidad para otorgar un contrato de compraventa teniendo 16 años y un cofrade le suelta que prácticamente es un jurista por haber visto en alguna web que la Ley dice tal cosa, que eso lo regulan los artículos 315 y 322 de nuestro Código Civil y el cofrade se queda tan ancho. Pues, aunque el pobrecillo Código Civil es del 24 de julio de 1889, se ha ido actualizando y esos dos artículos están derogados desde hace años, por si le interesa, lo están desde la disposición derogatoria única.3 de la Ley 8/2021, de 2 de junio. A parte que no regulaban eso.

Creo que tampoco sabemos dónde reside el cofrade que consulta, por ejemplo, si vive en Cataluña, le regula el Libro 4º del Código Civil de Catalunya y solo subsidiariamente el español. Acierta de refilón en parte en cuanto a lo de la posible emancipación.

¿No piensan que tendríamos que ser más rigurosos cuando intentamos ayudar en campos que desconocemos y que una mala información puede perjudicar a terceros?. O al menos, empezar diciendo: mira cofrade, yo de esto no entiendo, pero una vez oí/leí por ahí o un cuñado me dijo que eso que pides lo regula tal ley, o para tu problema tomate tal medicina, pero como yo de eso no sé, no me hagas ni caso, aunque para eso mejor no decir nada.

¿No les pareces? ¿O como todo buen antro que se precie, en esta taberna se debe poder opinar alegremente de todo aunque en lugar de ayudar se pueda errar?
Hagan juego señor@s….
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Avante (04-04-2024), Icarus (16-03-2024), papaventos (05-04-2024)
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Predeterminado Re: Comprar Barca Con 16 Años

La sociedad es la que es.
La evolución está ahí.
Acceso a información, capacidades de formación, medios, tecnología disponible.
Pero.....

La telefonía móvil de más de mil, con modelos de última generación como regalo para uso y disfrute de edades muy escasamente una decena.
El rigor de pensamiento, los valores de un grado mínimo de vergüenza..
El rigor a la hora de elegir y mantener representantes, políticos, sin formación.........
La aventura y la falta de rigor.

Es lo que marcará el futuro.

Infórmese, pregunte, documentese........
No, lo fácil, pregunto y ya me dirán.
(En muchos casos, primer mensaje..... Sin haber leído normas de..... Y sin luego agradecer las molestias de otros en la respuesta).
Por otro lado.
La aventura con el teclado, sin rubor.
O lo de
" Conteste a la pregunta".

U25 pies.

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Bernardo II (04-04-2024), Icarus (16-03-2024)
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