La Taberna del Puerto Sergio Ponce
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." Altair
VHF: Canal 77
Regresar   La Taberna del Puerto > Foro > Foros Náuticos > Cuestiones legales y Asociaciones

Avisos

Responder
 
Herramientas Estilo
  #1  
Antiguo 28-08-2010, 09:19
Avatar de ionicos
ionicos ionicos esta desconectado
Grumete Pirata
 
Registrado: 28-08-2010
Mensajes: 5
Agradecimientos que ha otorgado: 0
Recibió 0 Agradecimientos en 0 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Español + Barco Belga - Titulos

Hola. Primero de todo unas cañitas a los parroquianos.
En segundo lugar NECESITO una respuesta clara a la siguiente pregunta. He estado leyendo los
hilos relacionados con el tema y respecto a lo que pregunto no he encontrado una respuesta.
Vamos allá:
1º) Sea BÉLGICA un país de la CE tal que te permita tener en propiedad un velero sin
necesidad de ser residente en este estado y que te permita abanderarlo en él. Nota: si no es
Bélgica, que creo que sí, sea X ese país.
2º) Compro un velero allí, lo matriculo allí, pago los impuestos correspondientes allí, el
seguro, etc. No exigen titulos para navegar así que me echo a la mar desde algún puerto de
allí.
3º) Al salir me encuentro con una patrullera o como se llame belga y me piden los papeles y
ven que todo está en regla.
4º) Al pasar por Gran Bretaña me piden los papeles de nuevo y no ven nada raro y sigo
adelante.
5º) Llego a unas 50 millas de las costas hispano-lusas y me aborda la correspondiente
patrulla o como se llame española. Ojo! No me he acercado a ningún puerto español. Me piden
los papeles del barco, seguro y ven que soy español con pasaporte español.
6º) ¿Me paran el barco por no tener el PY o CY?
7º) ¿Les puedo decir que estoy es suelo belga y que cumplo todos los requisitos de dicho
país para navegar? (les enseño el "International Pleasure Craft" en el cual, a requerimiento
del interesado, la Autoridad nacional competente de su país vuelca las atribuciones de su
título, cuando el interesado va a navegar fuera de su país, para salvar así la barrera
idiomática)
8º) ¿Si estoy menos de los 3-6 meses por aguas y puertos españoles me pueden decir algo?
Un abrazo y espero impaciente la respuesta de alguien que lo sepa con certeza.
Citar y responder
  #2  
Antiguo 28-08-2010, 10:17
Avatar de El Jaco
El Jaco El Jaco esta desconectado
Piratilla
 
Registrado: 18-07-2010
Edad: 72
Mensajes: 80
Agradecimientos que ha otorgado: 0
Recibió 4 Agradecimientos en 4 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Español + Barco Belga - Titulos

Buenas dias y
Una cosa que es primordial de saber es que cada pais que sea de la CEE o no tiene sus proprias leyes al nivel de sus costas y las instituciones europeanes ya han dicho que eso es perfectamente legal.

Si tu es Espanol o residente de la CEE en Espana como yo tu debes cumplir con las leyes de Espana en las aguas Espanoles y eso vale para la bandeja, los titulos y todo.

Y no hay manera legal de hacer otra cosa. Ahora si tu es Espanol pero con residencia en Francia por ejemplo tu puedes abandejar con la bandeja Francesa y las leyes que hay que cumplir en Francia incluso en las aguas Espanolas pero no puede estar en las aguas Espanoles mas de 6 meses y un dia o algo asi.

Por lo menos es lo que he comprendido yo como Frances pero residente en Espana.

Feliz Domingo y espero que no me he equivocado.

El Jaco
Citar y responder
  #3  
Antiguo 28-08-2010, 10:22
Avatar de El Jaco
El Jaco El Jaco esta desconectado
Piratilla
 
Registrado: 18-07-2010
Edad: 72
Mensajes: 80
Agradecimientos que ha otorgado: 0
Recibió 4 Agradecimientos en 4 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Español + Barco Belga - Titulos

Tengo que anadir que todo depiende si tu es Espanol con residencia en Espana o con residencia fuera de Espana y en este caso pasaporte etc... tendran tu direccion en pais de residencia y no en Espana. Es mi caso tengo un pasaporte Frances pero con direccion aqui en Espana y con esto debo cumplir con las leyes Espanolas y no Franceses.

El Jaco
Citar y responder
  #4  
Antiguo 28-08-2010, 10:31
Avatar de Capitán Trucho
Capitán Trucho Capitán Trucho esta desconectado
Hermano de la costa
 
Registrado: 19-11-2008
Localización: Atlántico Andaluz y Mediterraneo
Mensajes: 3,424
Agradecimientos que ha otorgado: 713
Recibió 981 Agradecimientos en 593 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Español + Barco Belga - Titulos

Cita:
Originalmente publicado por El Jaco Ver mensaje
Buenas dias y
Una cosa que es primordial de saber es que cada pais que sea de la CEE o no tiene sus proprias leyes al nivel de sus costas y las instituciones europeanes ya han dicho que eso es perfectamente legal.

Si tu es Espanol o residente de la CEE en Espana como yo tu debes cumplir con las leyes de Espana en las aguas Espanoles y eso vale para la bandeja, los titulos y todo.

Y no hay manera legal de hacer otra cosa. Ahora si tu es Espanol pero con residencia en Francia por ejemplo tu puedes abandejar con la bandeja Francesa y las leyes que hay que cumplir en Francia incluso en las aguas Espanolas pero no puede estar en las aguas Espanoles mas de 6 meses y un dia o algo asi.

Por lo menos es lo que he comprendido yo como Frances pero residente en Espana.

Feliz Domingo y espero que no me he equivocado.

El Jaco
Así lo entiendo yo también.
__________________
Si Dios nos creó con dos orejas, dos ojos y una sola boca, es porque tenemos que escuchar y ver dos veces antes de hablar ..
Citar y responder
  #5  
Antiguo 28-08-2010, 22:08
Avatar de barbarella
barbarella barbarella esta desconectado
Capitán pirata
 
Registrado: 08-01-2010
Edad: 71
Mensajes: 755
Agradecimientos que ha otorgado: 218
Recibió 240 Agradecimientos en 182 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Español + Barco Belga - Titulos

Yo he comprado el año pasado un barco con bandera belga. El Barbarella es un barco inglés, con matricula belga.No ha sido posible mantener la bandera belga, a pesar de que el registro belga me daba todo tipo de facilidades. Tampoco pudo ser en Francia, empadronandome en casa de unos amigos de La Rochelle. Para matricularlo en Francia tienes que haber tributado por tu renta en Francia, o sea tener allí tu domicilio fiscal. En España ocurre lo mismo, que te exigen matricular en tu domicilio fiscal.Yo lo he hecho asì y ahora està matriculado en España.Esto vale cuando estamos en aguas españolas, porque en el extranjero lo único que tienes que justificar es que el barco no es robado, y el seguro. Por otra parte, no hay ninguna complicación en matricular el barco, pagar tasas, impuesto si corresponde y reconocimiento en seco. y a cambio puedes tener un buen barco por un precio mas que aceptable. tambien, en cuanto a usar barcos con bandera extranjera, podemos, siempre que estè el propietario a bordo. A menudo voy de patrón en un barco alemán, propiedad de unos daneses y no hay inconveniente siempre que estè el propietario a bordo, pero no puedo ir yo solo ni a la gasolinera. Es mi experiencia. Saludos

Editado por barbarella en 28-08-2010 a las 22:36.
Citar y responder
  #6  
Antiguo 28-08-2010, 22:51
Avatar de Ponent
Ponent Ponent esta desconectado
Capitán pirata
 
Registrado: 18-02-2010
Mensajes: 600
Agradecimientos que ha otorgado: 87
Recibió 108 Agradecimientos en 79 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Español + Barco Belga - Titulos

Cita:
Originalmente publicado por barbarella Ver mensaje
Yo he comprado el año pasado un barco con bandera belga. El Barbarella es un barco inglés, con matricula belga.No ha sido posible mantener la bandera belga, a pesar de que el registro belga me daba todo tipo de facilidades. Tampoco pudo ser en Francia, empadronandome en casa de unos amigos de La Rochelle. Para matricularlo en Francia tienes que haber tributado por tu renta en Francia, o sea tener allí tu domicilio fiscal. En España ocurre lo mismo, que te exigen matricular en tu domicilio fiscal.Yo lo he hecho asì y ahora està matriculado en España.Esto vale cuando estamos en aguas españolas, porque en el extranjero lo único que tienes que justificar es que el barco no es robado, y el seguro. Por otra parte, no hay ninguna complicación en matricular el barco, pagar tasas, impuesto si corresponde y reconocimiento en seco. y a cambio puedes tener un buen barco por un precio mas que aceptable. tambien, en cuanto a usar barcos con bandera extranjera, podemos, siempre que estè el propietario a bordo. A menudo voy de patrón en un barco alemán, propiedad de unos daneses y no hay inconveniente siempre que estè el propietario a bordo, pero no puedo ir yo solo ni a la gasolinera. Es mi experiencia. Saludos
Muy buenas aclaraciones

Un saludo y
Citar y responder
  #7  
Antiguo 02-09-2010, 09:54
Avatar de El Boquerón
El Boquerón El Boquerón esta desconectado
Corsario
 
Registrado: 20-12-2008
Localización: Todas
Edad: 57
Mensajes: 1,001
Agradecimientos que ha otorgado: 602
Recibió 797 Agradecimientos en 211 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Español + Barco Belga - Titulos

Salud,
Si eres español, no hay escapatoria.

Somos campeones mundiales en futbol y en jodienda burocrática para poder disfrutar del mar. Desde las exigencias para poder tener un barco hasta las titulaciones que te piden.
Qué pena...
Citar y responder
  #8  
Antiguo 02-09-2010, 12:29
Avatar de Kepilla
Kepilla Kepilla esta desconectado
Capitán pirata
 
Registrado: 06-05-2009
Localización: Madrid (Mediterraneo)
Edad: 63
Mensajes: 916
Agradecimientos que ha otorgado: 98
Recibió 197 Agradecimientos en 143 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Español + Barco Belga - Titulos

Cita:
Originalmente publicado por ionicos Ver mensaje
5º) Llego a unas 50 millas de las costas hispano-lusas y me aborda la correspondiente patrulla o como se llame española. Ojo! No me he acercado a ningún puerto español. Me piden los papeles del barco, seguro y ven que soy español con pasaporte español.
6º) ¿Me paran el barco por no tener el PY o CY?
7º) ¿Les puedo decir que estoy es suelo belga y que cumplo todos los requisitos de dicho país para navegar? (les enseño el "International Pleasure Craft" en el cual, a requerimiento del interesado, la Autoridad nacional competente de su país vuelca las atribuciones de su título, cuando el interesado va a navegar fuera de su país, para salvar así la barrera idiomática)
8º) ¿Si estoy menos de los 3-6 meses por aguas y puertos españoles me pueden decir algo?

La GC no puede parar a un buque a 50 millas, salvo en los casos del 'Derecho de Visita':

.- Que tenga bandera Española -y tu hablas de tenerla Belga
.- Sospechas razonables de que se dedica a la pirateria, drogas o similares

"Derecho de visita
Se denomina derecho de visita, al derecho que tiene un buque de guerra de investigar e inspeccionar un buque de su bandera, o un buque extranjero.

Con carácter general, el derecho de visita efectuado por un buque de guerra a un buque civil de su bandera, es un acto permitido.
Sin embargo, el derecho de visita de un buque de guerra a un buque extranjero en Altamar no se encuentra admitido en derecho, salvo que el buque de guerra tenga motivos razonables para sospechar que el buque se dedica a la piratería, al tráfico de esclavos, se utiliza para efectuar transmisiones no autorizadas, no tiene nacionalidad, o tiene en realidad la misma nacionalidad que el buque de guerra aunque enarbole un pabellón extranjero, o se niegue a izar su pabellón.
El derecho de visita se practica pudiéndose enviar incluso una lancha al mando de un oficial al buque que se investiga, teniendo derecho el buque visitado a ser indemnizado, si las sospechas no resultan fundadas,de los perjuicios o daños que haya sufrido."

Si te metes en aguas territoriales, pueden pararte porque si. Y te pillarian

Citar y responder
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Kepilla
ROyOR (03-10-2010)
  #9  
Antiguo 02-09-2010, 19:57
Avatar de ionicos
ionicos ionicos esta desconectado
Grumete Pirata
 
Registrado: 28-08-2010
Mensajes: 5
Agradecimientos que ha otorgado: 0
Recibió 0 Agradecimientos en 0 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Español + Barco Belga - Titulos

Muchas gracias otra vez.
¿Se puede sacar como conclusión la siguiente?

Si soy español residente en España y propietario de un barco con bandera belga (por ejemplo) puedo navegar de forma legal sin tener los títulos que exigen en España a los españoles siempre que no me acerque a aguas hispano-lusas
Citar y responder
  #10  
Antiguo 02-09-2010, 22:41
Avatar de Kepilla
Kepilla Kepilla esta desconectado
Capitán pirata
 
Registrado: 06-05-2009
Localización: Madrid (Mediterraneo)
Edad: 63
Mensajes: 916
Agradecimientos que ha otorgado: 98
Recibió 197 Agradecimientos en 143 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Español + Barco Belga - Titulos

Cita:
Originalmente publicado por ionicos Ver mensaje
Muchas gracias otra vez.
¿Se puede sacar como conclusión la siguiente?

Si soy español residente en España y propietario de un barco con bandera belga (por ejemplo) puedo navegar de forma legal sin tener los títulos que exigen en España a los españoles siempre que no me acerque a aguas hispano-lusas
Hablo por mi, y por lo que he leido de otras discusiones:

'Casi todos' los que estamos por esta taberna hemos leido algo de derecho maritimo: el que te piden para las titulaciones. Pero yo no he visto hasta ahora a ningun experto en derecho maritimo internacional, fiscal, etc... responder por aqui: te podremos dar ideas y consejos, pero si quieres comprarte un barco como dices, mejor busca asesoramiento -del de verdad-. Ya se que cuesta algo mas que estas rondas virtuales, pero es lo que hay

Asi que, de tu pregunta, solo puedo decirte que en aguas lusas estas igual que en aguas francesas. begas o alemanas.

Citar y responder
  #11  
Antiguo 04-09-2010, 17:32
Avatar de Jangada
Jangada Jangada esta desconectado
Corsario
 
Registrado: 29-10-2008
Localización: Atlántico 2 a 5 ° S
Edad: 68
Mensajes: 1,160
Agradecimientos que ha otorgado: 244
Recibió 627 Agradecimientos en 246 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Español + Barco Belga - Titulos

Cita:
Originalmente publicado por ionicos Ver mensaje
Hola. Primero de todo unas cañitas a los parroquianos.
En segundo lugar NECESITO una respuesta clara a la siguiente pregunta. He estado leyendo los
hilos relacionados con el tema y respecto a lo que pregunto no he encontrado una respuesta.
Vamos allá:
1º) Sea BÉLGICA un país de la CE tal que te permita tener en propiedad un velero sin
necesidad de ser residente en este estado y que te permita abanderarlo en él. Nota: si no es
Bélgica, que creo que sí, sea X ese país.
2º) Compro un velero allí, lo matriculo allí, pago los impuestos correspondientes allí, el
seguro, etc. No exigen titulos para navegar así que me echo a la mar desde algún puerto de
allí.
3º) Al salir me encuentro con una patrullera o como se llame belga y me piden los papeles y
ven que todo está en regla.
4º) Al pasar por Gran Bretaña me piden los papeles de nuevo y no ven nada raro y sigo
adelante.
5º) Llego a unas 50 millas de las costas hispano-lusas y me aborda la correspondiente
patrulla o como se llame española. Ojo! No me he acercado a ningún puerto español. Me piden
los papeles del barco, seguro y ven que soy español con pasaporte español.
6º) ¿Me paran el barco por no tener el PY o CY?
7º) ¿Les puedo decir que estoy es suelo belga y que cumplo todos los requisitos de dicho
país para navegar? (les enseño el "International Pleasure Craft" en el cual, a requerimiento
del interesado, la Autoridad nacional competente de su país vuelca las atribuciones de su
título, cuando el interesado va a navegar fuera de su país, para salvar así la barrera
idiomática)
8º) ¿Si estoy menos de los 3-6 meses por aguas y puertos españoles me pueden decir algo?
Un abrazo y espero impaciente la respuesta de alguien que lo sepa con certeza.
No es posible darte una respuesta clara a todo porque te olvidas de una cuestión muy importante.
Tu lugar de residencia.La nacionalidad a los efectos de tu cuestión planteada es irrelevante.


Ahora... sí se pueden responder algunas cuestiones.
  1. En el barco belga se aplica la legislación de su pabellón.
  2. Si eres resiente en un país de la UE ( estando fuera de España más de 183 días) sobre titulación se aplica la de aquél país. Si eres residente español se aplica la legislación sobre titulación española.
  3. Si eres residente Belga, o de la UE, te conviene comprar el barco en España, pues el IVA es de 18% y en Bélgica es de 21%. (no pagas impuesto de matriculación en ningúno de los dos países)
  4. Si eres residente de la UE puedes estar 6+6 meses en España pero acabarás cambiando tu residencia, si pasas tanto tiempo y tendrás obligación de tributar. Puedes matricular con matrícula turística, si sigues residiendo en la UE.
Son muchas las posibilidades si el caso concreto no se define con exactitud.

__________________
Vivimos todos, en este mundo, a bordo de un navío zarpado de un puerto que desconocemos hacia un puerto que ignoramos.
(Fernando Pessoa -1931)

Editado por Jangada en 04-09-2010 a las 23:35.
Citar y responder
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Jangada
yulxxx (02-10-2010)
  #12  
Antiguo 07-09-2010, 08:58
Avatar de ionicos
ionicos ionicos esta desconectado
Grumete Pirata
 
Registrado: 28-08-2010
Mensajes: 5
Agradecimientos que ha otorgado: 0
Recibió 0 Agradecimientos en 0 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Español + Barco Belga - Titulos

Cita:
Originalmente publicado por Jangada Ver mensaje
No es posible darte una respuesta clara a todo porque te olvidas de una cuestión muy importante.
Tu lugar de residencia.La nacionalidad a los efectos de tu cuestión planteada es irrelevante.



Ahora... sí se pueden responder algunas cuestiones.
  1. En el barco belga se aplica la legislación de su pabellón.
  2. Si eres resiente en un país de la UE ( estando fuera de España más de 183 días) sobre titulación se aplica la de aquél país. Si eres residente español se aplica la legislación sobre titulación española.
  3. Si eres residente Belga, o de la UE, te conviene comprar el barco en España, pues el IVA es de 18% y en Bélgica es de 21%. (no pagas impuesto de matriculación en ningúno de los dos países)
  4. Si eres residente de la UE puedes estar 6+6 meses en España pero acabarás cambiando tu residencia, si pasas tanto tiempo y tendrás obligación de tributar. Puedes matricular con matrícula turística, si sigues residiendo en la UE.
Son muchas las posibilidades si el caso concreto no se define con exactitud.


Hola. Gracias por la respuesta. Sí, daba por hecho que la residencia era en el territorio español, y me importaba, sobre todo, la obligación o no de los títulos que nos exigen a los residentes españoles en el supuesto de que no se entrara dentro de las aguas de la jurisdicción española. Los títulos sí que suponen mucho tiempo, burocracia, más tiempo, y mucho más dinero que el 2% de diferencial de IVA u otras situaciones.
Un saludo
Citar y responder
  #13  
Antiguo 07-09-2010, 17:39
Avatar de Jangada
Jangada Jangada esta desconectado
Corsario
 
Registrado: 29-10-2008
Localización: Atlántico 2 a 5 ° S
Edad: 68
Mensajes: 1,160
Agradecimientos que ha otorgado: 244
Recibió 627 Agradecimientos en 246 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Español + Barco Belga - Titulos

Muy bien, conforme solicitas, se trata de deslindar las competencias de las autoridades españolas, en lo que ha titulación se refiere, allende de las aguas donde ejerce soberanía.
Debemos remitirnos al artículo 86.1 de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Competencias del Ministerio de Fomento:
1. Las relativas a la seguridad de la vida humana en la mar y de la navegación en relación con todas las plataformas fijas o los buques civiles españoles, así como con los extranjeros cuando se encuentren en aguas situadas en zonas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción y de acuerdo con el Derecho Internacional.

Pues bien, si te hallas en aguas internacionales bajo pabellón Belga y eres residente español, son de aplicación las normas belgas, hasta cruzar el ámbito donde el estado Español ejerce soberanía.

No olvides que la soberanía se ejerce, aunque limitada (harina de otro costal) sobre la Zona Económica Exclusiva, lo que quiere decir a 200 millas. Al cruzar la línea de las 200 millas estás bajo jurisdicción del ministerio de Fomento. Hace un tiempo era hasta las 16 millas, pero la soberanía se ha extendido como he dicho a la ZEC. Se desprende que las aguas internacionales libres se han reducido.

Ahora bien, desde un punto de vista práctico, la GC, no traspasa las 16 millas, a no ser que sea persiguiendo un delito flagrante o del que se tienen fundadas sospechas.
Espero haber aclarado tu cuestión planteada.

__________________
Vivimos todos, en este mundo, a bordo de un navío zarpado de un puerto que desconocemos hacia un puerto que ignoramos.
(Fernando Pessoa -1931)
Citar y responder
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Jangada
yulxxx (02-10-2010)
  #14  
Antiguo 08-09-2010, 12:25
Avatar de ionicos
ionicos ionicos esta desconectado
Grumete Pirata
 
Registrado: 28-08-2010
Mensajes: 5
Agradecimientos que ha otorgado: 0
Recibió 0 Agradecimientos en 0 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Español + Barco Belga - Titulos

Cita:
Originalmente publicado por Jangada Ver mensaje
Muy bien, conforme solicitas, se trata de deslindar las competencias de las autoridades españolas, en lo que ha titulación se refiere, allende de las aguas donde ejerce soberanía.
Debemos remitirnos al artículo 86.1 de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Competencias del Ministerio de Fomento:
1. Las relativas a la seguridad de la vida humana en la mar y de la navegación en relación con todas las plataformas fijas o los buques civiles españoles, así como con los extranjeros cuando se encuentren en aguas situadas en zonas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción y de acuerdo con el Derecho Internacional.

Pues bien, si te hallas en aguas internacionales bajo pabellón Belga y eres residente español, son de aplicación las normas belgas, hasta cruzar el ámbito donde el estado Español ejerce soberanía.

No olvides que la soberanía se ejerce, aunque limitada (harina de otro costal) sobre la Zona Económica Exclusiva, lo que quiere decir a 200 millas. Al cruzar la línea de las 200 millas estás bajo jurisdicción del ministerio de Fomento. Hace un tiempo era hasta las 16 millas, pero la soberanía se ha extendido como he dicho a la ZEC. Se desprende que las aguas internacionales libres se han reducido.

Ahora bien, desde un punto de vista práctico, la GC, no traspasa las 16 millas, a no ser que sea persiguiendo un delito flagrante o del que se tienen fundadas sospechas.
Espero haber aclarado tu cuestión planteada.

Muchas gracias por la información!. Lo de las 200 millas es la pera e imagino que habrá conflictos de límites con otros países si aplican también lo de las 200 millas. Pero lo práctico de las 16 millas es manejable gracias a Dios.
Un fuerte abrazo,
Citar y responder
  #15  
Antiguo 29-09-2010, 11:51
Avatar de Diavolo
Diavolo Diavolo esta desconectado
Capitán pirata
 
Registrado: 29-05-2008
Localización: Mediterraneo
Edad: 56
Mensajes: 503
Agradecimientos que ha otorgado: 293
Recibió 114 Agradecimientos en 85 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Español + Barco Belga - Titulos

Pero ¿y si pago el IVA español?, o sea, dejar el barco bajo el pabellón inglés, belga, frances, etc...?, no me pueden precintar el barco, puesto que he pagado los impuestos. Estoy pensando en comprar un barco con bandera extranjera, y dejarlo en su bandera, pagando el IVA español.
__________________
MMSI: 205907310
Callsign: OR9073

Editado por Diavolo en 29-09-2010 a las 12:13.
Citar y responder
Responder Ver todos los foros en uno

Sergio Ponce


Reglas del foro
No puedes crear discusiones
No puedes responder a mensajes
No puedes editar tus adjuntos
No puedes editar tus mensajes

BB code está activado
Emoticonos está activado
El código [IMG] está activado
El código HTML está desactivado
Ir a


Todas las horas son GMT +1. La hora es 06:48.


Powered by vBulletin® Version 3.7.0
Copyright ©2000 - 2024, Jelsoft Enterprises Ltd.
© La Taberna del Puerto