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VHF: Canal 77 |
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#1
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Normativa sobre remolques
A partir de un hilo de CV han surgido distintas informaciones muy útiles respecto a la legislación sobre remolques.
Como es un tema que interesa a varios cofrades, sugiero que vayáis completandolo con datos concretos. La legislación actual establece para los remolques "normales": - No pueden exceder los 2,55 m de anchura - Su peso (MMA) debe ser menor que el peso en vacío del automóvil - Su peso máximo viene determinado por la capacidad de arrastre del automóvil (además de la limitación anterior). - Si la MMA supera los 750 kg debe estar matriculado y disponer de freno de inercia - PERMISOS : el B permite que el conjunto pese hasta 3500 kg, el B96 hasta 4250 kg, el E creo que no tiene más limitación que las anteriormente expuestas. Por favor, quien pueda aportar más datos que los vaya poniendo (si es posible especificando permisos necesarios, etc...) |
#2
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Re: Normativa sobre remolques
Hola PIK:
Un par de datos: - En la Tarjeta ITV del vehiculo tractor indicará los pesos máximos remolcables con freno y sin freno. - El peso del remolque se cuenta siempre por el peso máximo que admita, da igual que el peso del barco sea inferior a la capacidad de carga del remolque. Saludos. |
#3
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Re: Normativa sobre remolques
Hola a todos.
Yo arrastro un barco de 1500 kgrs con un remolque cuya tara son 500 Kgrs. Doble eje de 1400 Kgrs, freno de inercia, ruedas de 14", ... Solo hago uno o dos viajes al año, tampoco es cuestion de pasear el barco por toda España. Lo interesante del asunto es la manga del barco, 2,8 m. He tramitado una licencia de transporte especial para dos años que me cubre todo el pais excepto Navarra y el Pais Vasco. En este momento estoy lejos de mi PC habitual donde tengo la documentacion y los datos necesarios, cuando los tenga a mano los facilitaré. Hasta pronto. |
#4
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Re: Normativa sobre remolques
Copio y pego lo que he dicho en otro foro:
"Se trata de un permiso temporal. En España hay tres "zonas": Pais Vasco, Navarra y resto. Para circular por el P. Vasco y Navarra hay que obtener sendos permisos en sendas administraciones. Para el resto de España vale el que se negocia en Madrid. Las delegaciones provinciales de trafico no lo tramitan por razones administrativas, ... vamos que el "programa" no les deja si no hay una "targeta de transporte" cosa innecesaria para el transporte de un bien propio. Te piden la documentacion del vehículo, la del remolque, pago de tasas, croquis del conjunto con medidas y pesos, ... no recuerdo más. Hay unas condiciones para circular: No se puede circular de noche, siempre con las luces encendidas, un "rotativo" en el vehículo tractor y dos en el ancho máximo del remolque, tampoco se puede circular los fines de semana ni festivos, no se deben superar los 80 Km/h., no se puede circular en condiciones adversas (mucha lluvia, nieve,...), ..." Lo dicho cuando esté con mi PC completo la informacion. |
#5
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Re: Normativa sobre remolques
Y recordad que la velocidad max de 1 remolque no ligero (carga max >750kg) es de 80kmh.
Otro tema es el seguro, hay que comprobar que lo admite. |
#6
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Re: Normativa sobre remolques
Mareton, lo que cuentas es muy interesante porque yo estaba convencido de que en España no existía este tipo de autorización (contrariamente a Francia, por ejemplo) y que hacía falta un transporte con toda la parafernalia de coche con sirena delante, etc...
Lo que dice jiauka es muy importante, ya que el seguro del coche no cubre remolques pesados. Estos además tienen que pasar su ITV independiente. Quería decir que el carnet B96, cuya existencia desconocen hasta muchas autoescuelas, consiste en una prueba en circuito cerrado y otra en abierto (es por tanto bastante más sencillo y barato que el E) y permite llegar hasta 4250 kg. |
#7
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Re: Normativa sobre remolques
Cita:
http://www.navarra.es/home_es/Servic...de-circulacion En este enlace está todo lo necesario para tramitar el permiso en Navarra, a nivel nacional lo hice con una gestoria por lo que solo aporté la documentacion que me pedia y del resto se ocupó el gestor. Tambien os he de decir que para la obtencion del permiso en Navarra me pusieron pegas que en el nacional no tuve. De hecho el de Navarra lo tramito para el minimo tiempo posible indicando el trayecto a recorrer (6 km.) porque no les gusta tener un vehiculo especial particular "descontrolado". La AP-68, el tramo que discurre por la cominudad foral, no entra en la jurisdiccion Navarra, cosa que si ocurre en el tramo vasco. Creo que no es conveniente dar el nombre del gestor en "publico", pero no tengo ningun inconveniente en enviarlo a traves de mensaje privado al que me lo solicite. El problema con las autoridades es que cuando hablas de "transporte especial" se imaginan un vehículo de 80 ruedas y dos cabezas tractoras con 25 metros de lonjitud y 100 tm de peso, cuando por ejemplo para transportar depositos de fibra de vidrio que pesan 200 kgrs y tienen 3 mts de diametro tambien es "transporte especial". y en este caso una simple furgoneta puede realizar el transporte. |
#8
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Re: Normativa sobre remolques
Cita:
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#9
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Re: Normativa sobre remolques
Ya me explicarás porque...
El vehiculo puede arrastrar esta carga segun documentación del mismo. El conjunto está autorizado segun el croquis de medidas y pesos que entrego al solicitar el permiso. Si lo dices por el carnet de conducir ... no me afecta, los tengo todos. (no es por presumir, cosas de la vida) |
#10
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Re: Normativa sobre remolques
buenas, una pequeña aportación, no se a de mirar la tara, se a de mirar el pma permiso maximo autorizado, de dicho remolque y de su vehiculo tractor. y el seguro cuando hablamos de un remolque "pesado" es individual osea el coche el suyo y el remolque el de el, una aportación mas, cuando el transporte de mercancias llamemosle asi, excede de 3500 kg tendriamos que llevar targeta de ttes, si la mercancia es nuestra targeta de mercancias propias, y si no lo es, una targeta de servicio publico. espero le sirva a alguien.
Saludos Raúl. |
#11
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Re: Normativa sobre remolques
Cita:
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