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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Mi cuestión es en refernecia a la pregunta 22 de comunicaciones. En las plantillas de FP nautica publicada ayer daban la respuesta c como la correcta y en la de abordo la b.
Pienso que en ealidad no hay ninguna correcta del todo y si a caso la más próxima sería la d. Da la impresión de que la pregunta estaria perfectamente formulada si en el enuciado en vez de zona 4 se pusiera zona 5. La respuesta c dice: Si la estación es fija, ésta debe ser apta para DSC. Al utilizar el si como condicional esta presuponiendo que la estación también podría ser portatil en cuyo caso la respuesta correcta sería la d. No obstante segúnla ley real decreto 2006 dice textualmente en zona4 las embarcaciones deben ir provistas,como mínimo, de una instalación radioeléctrica de VHF apta parautilizar DSC desde el 1 enero 2009. Como veis tampoco especifica si la estación puede o no ser portátil aunque se supone que debe ser fija. Mi problema es que si esta pregunta la anulan sería mi aprobado. Por ello me gustaria saber si hay experiencia de que en otras convcatorias hallan impugnado alguna pregunta tras las reclamaciones. Os agradeceria que lo comentarais en vuestras escuelas o academias ya que quizás ellos tengan más fuerza y experiencia a al hora realizar una posible reclamación. Un saludo y una ronda para todos para llevar mejor la espera. |
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#2
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¿Tienes el enunciado exacto? Lo digo porque yo también tengo dudosa esa pregunta...
¡Saludos! |
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#3
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Las embarcaciones autorizadas para zona de navegación 4¿Deben llevar una estación radioelectrica VHF apta para la llamada selectiva digital?
Dime si estas en alguna academia y si sabes como va el tema de las alegaciones. Un saludo |
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#4
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Me lo preparé por libre. Según el BOJA de 24 de Enero de 2012, donde aparecieron las convocatorias de este año, en 10 días el tribunal debe remitir las calificaciones al IAD para que las publique. A partir de la publicación hay 7 días naturales para presentar alegaciones frente al tribunal.
Una vez publicadas las calificaciones definitivas por el IAD hay o bien un mes para recurrir en reposición ante el mismo IAD o bien 2 meses para un recurso contencioso-administrativo ante el TSJA. Pero creo que esto último, tal y como está la cosa, igual ya te sale hasta más caro que presentarte otra vez... Aquí tienes el enlace por si quieres echarle un vistazo: http://www.juntadeandalucia.es/turis...15_24ene12.pdf En otras convocatorias sí que he visto alguna que otra pregunta anulada, vamos, que todo puede ser... Por cierto, ¿podrías poner también las posibles respuestas? |
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#5
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Pregunta 21 del examen de marzo de 2012:
¿Qué equipo es obligatorio para la zona de navegación 4? a) VHF portátil b) VHF fijo con LSD c) Radiobaliza d) Tranpondedor radar Respuesta correcta: la B. Vale. Siendo así, en nuestro querido examen de ayer, ni la C ni la D son correctas. La C deja la puerta abierta a tener estación portátil sin LSD, porque recordemos que la pregunta es si es obligatorio llevar VHF con LSD. Y la D parece que da la posibilidad de llevar una portátil con LSD, cuando lo obligatorio es fija con LSD. Peeero (y atención que aquí viene lo bueno): 2.3 Equipamiento radioeléctrico para zona de navegación 4 Las embarcaciones autorizadas a realizar navegaciones por la zona 4, deberán ir provistas de una instalación radioeléctrica de VHF apta para utilizar las técnicas de radiotelefonía y LLSD y un GPS. De la publicación oficial de Fomento (actualizada en 2012): http://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_...vMovPatron.htm (página 70) No dice nada de que deba ser fija, por lo que respuesta correcta, la D!! Yo dudaba en esto, pero no me había dado por consultar el manualillo este con el que, por cierto, terminé preparándome esta parte... NOLTE, con esto creo que está todo aclarado. Entiendo que no vas a tener que recurrir. Lo que no entiendo es que no lo hayan revisado las academias que han colgado sus respuestas... ¡¡Estás aprobado, tío!! Y si no, ya sabes de donde tirar para recurrir. Es la publicación oficial del temario para PNB, PER y PY. ![]() |
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#6
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Cita:
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#7
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Pues yo creo que esto es lo que hay , suerte a todos...................
REAL DECRETO 1185/2006, de 16 de octubre ,por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de los buques civiles españoles. Artículo 59. Zona de navegación 4. Las embarcaciones autorizadas a navegar por la zona 4 deben ir provistas, como mínimo, de una instalación radioeléctrica de VHF apta para utilizar las técnicas de llamada selectiva digital a partir del 1 de enero de 2009. ----------------------------------------------------------------------------------------------------- Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y séptima del registro de matrícula de buques. El artículo 59 del RD anterior queda redactado de la siguiente manera: «Los buques y embarcaciones de recreo autorizados a navegar por la zona 4 deben ir provistas, como mínimo, de una instalación radiotelefónica de VHF de tipo fijo.» |
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#8
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En la correccion con el profesor nuestro tambien dieron como valida la c al principio pero con dudas , luego fuimos confirmando que era la D por la obligatoriedad de que lleve LSD por encima de si es portatil o fija.
Saludos. |
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#9
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Saludos a todos. Este tema del equipo de radio obligatorio ocasionó mucha polémica las ultimas clases a las que asistí. Llegamos a la conclusion por el r.d. 1435 de 2010 que en zona 4 lo obligatorio es un equipo v.h.f. fijo, y no es obligatorio el dsc, derogando este decreto el de 2006 que decia que a partir de enero de 2009 era obligatorio el dsc. Por tanto yo puse la b. En cualquier caso, suerte a todos.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Per68 | ||
VicMAna (13-11-2012) | ||
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#10
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Hola a todos, y como es de costumbre por estos mares, birra para todos, aunque a esta hora y sin las respuestas oficiales del examen de este fin de semana igual yo me tomo una tila.
Creo que ya habeís solucionado la pregunta 22. Yo os planteo una nueva. La pregunta 3: ¿que señal fónica debemos hacer sonar? Nadie se ha planteado que, en ningún momento indican el tipo de embarcación es la que nosotros pilotamos? Faltando ese dato, creo que no se puede responder a la pregunta, no? ![]() |
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#11
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Cita:
.Además, es ilógico. Mirad también la pregunta del examen de marzo y su respuesta correcta: fijo con LSD... Desde luego, que han rizado el rizo... Esperaremos a la plantilla oficial, a ver qué dicen. |
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#12
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Hola otra vez,
Ahora ya me estoy poniendo un poco más nervioso (más que antes). Se habrán dado cuenta ustedes de que los criterios para aprobar el exámen han cambiado con respecto a otras convocatorias. Ahora han puesto tope al apartado de radiocomunicaciones cuando el tope antes (según se puede ver en las páginas de titulosnauticos y en alguna otra) estaba en propulsión. Según la situación actual estoy suspenso a no ser que la respuesta a la pregunta 22 sea la b). Me veo en la siguiente convocatoria, ¿Alguien se apunta? ![]() ![]() ![]() :ca goento:![]() |
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#13
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Cita:
Muchas gracias por la aclaración magistral. Yo también caí, no conocía este R.D., y evidentemente escogí la D, dando por sentado que prevalecía el hecho de que lleve LSD, siendo fija o portátil. Que sería lo correcta si el R.D. de marras no existiera. Si leéis con atención:El Real Decreto 1185/2006, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de los buques civiles españoles queda modificado como sigue:Así que como ha sido publicado hoy, la respuesta válida es la b), solo es obligatorio un VHF fijo, y el LSD no lo es. No veo que pudiera ser impugnable, el R.D. es claro. En todo caso, he tenido suerte, ese es el único fallo de las 25 primeras. Junto con uno en los problemas de navegación, y otro por haber soltado un cabo a base de "lascar" , parece que debo estar aprobado. A los que no, mucho ánimo, mucha preparación (incluido la Taberna) y un poco de suerte para la próxima! para tod@s! |
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#14
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Cita:
.Me quede con 2 en radio , menos mal.... SAludos. |
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#15
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Bueno.. Enhorabuena a todos.. a mi me toca marzo....
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Es mi barco mi tesoro, es mi Dios mi libertad.. MMSI 225982823 |
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#16
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Entonces con que nos quedamos con el RD de 2010 que derogaba al de 2009 o con la actualización de 2012 que comentabas recoge la publicación según nos comenta radioplaner.
Si me permitís tengo otro dilema y es la pregunta 21, cuando el enunciado habla de emisión programada de aviso a navegantes a que se refiere con emisión programada. He buscado información y sólo he encontrado que se tratan de emisiones realizadas a través de satélites y alas horas establecidas por la OMI. Cuando se hablan de avisos a navegantes trnasmitidos mediante DSC he visto que se refiere a ellas como emisiones AUTOMATICAS y no programadas como en la pregunta. En realidad no se si cuando se habla de emisiones programadas son realmente emisiones por voz en cuyo caso la respuesta sería la D (no se anuncian por el canal 70) o reralmente son emisiones de datos en cuyo caso se podrian considerar como ALERTYAS de seguridad que sería la respuesta C. Gracias por vuestra ayuda y una ronda para quitarnos las penas a aquellos que las radiocomunicaciones nos han arruinado la travesía del pasado sábado. |
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#17
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Sobre los avisos a navegantes, es una pregunta que ha salido varias veces en exámenes anteriores, y está claro que son mensajes de seguridad si es eso a lo que te refieres. Es una pregunta de respuesta automática, como la de que el hombre al agua es Pan-Pan. En mis apuntes de Abordo, en la página de la DGMM y en el CD de Navegar es fácil también se habla de ello en el mismo sentido.
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#18
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Que es una emisión de seguridad esta claro lo que no tengo claro es que cuando hablan de emisión PROGRAMADA se refiere a automática en cuyo caso seria como alerta,como datos y por el canal 70 o bien se refiere a una emisión por voz en cuyo caso sería una llamada de seguridiad y no una alerta no transmitiendose entonces por el canal 70.
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#19
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Una rondita para todos, y mi más sincera enhorabuena a los aprobados.
Yo estoy con NOLTE, respecto a la pregunta 22, y añado que en la introducción de la publicación del Ministerio de Fomento pone: “La Dirección General de la Marina Mercante considera también esta publicación como documento válido para cumplir con las exigencias sobre documentos de servicio a que hace referencia el Real Decreto 1185/2006, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de los buques civiles españoles (artículo 25.2, letras i, k, l).” Está publicación está revisada en 2012 y tiene como objeto la formación de aquellas personas que pretendan acceder a las titulaciones oficiales de náutica de recreo. A parte no tiene ningún sentido que las exigencias para la Zona 5 séan mayores que para la Zona 4 Yo he solicitado la impugnación. Ahora toca esperar. Saludos |
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#20
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Pues mucha suerte!!
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#21
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Me he presentado junto a dos amigos al exámen. Esa pregunta es la que me separa de obtener el apto. ¿Podrías detallar como has realizado la impunación? ¿Algún texto modelo para presentar cuantos más mejor? Por aquí seríamos tres! Saludos ![]() |
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