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  #1  
Antiguo 14-12-2012, 19:21
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Predeterminado Propuesta de sancion por no llevar despacho

Hola
Alguien se ha encontrado alguna vez con una sancion por una documentacion mal hecha por parte de una gestoria nautica.
Tengo un problema, propuesta de sancion de 1000 euros, pòr falta de despacho, que segun la gestoria, no hace ya falta tenerlo y Capitania dice que si. La cuestion, en medio yo, que tengo que pagar.
Tengo 7 dias para presentar recurso. Si alguien tiene un formato o modelo se lo agradeceria.
Si alguien quiere datos, lo paso por privado.
Saludos
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  #2  
Antiguo 14-12-2012, 19:37
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Predeterminado Re: Propuesta de sancion por no llevar despacho

Hola.
Pienso que lo mejor que puedes hacer es hablarte con Anavre, que ellos de esto saben un rato y más.
En Las Palmas le han hecho revocar a Capitanía una orden de dar de baja las radiobalizas cuando te cambias de zona 3 a zona 4 ¿?.


Suerte.
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  #3  
Antiguo 14-12-2012, 23:56
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Predeterminado Re: Propuesta de sancion por no llevar despacho

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Originalmente publicado por pescaenbarco Ver mensaje
Hola
Alguien se ha encontrado alguna vez con una sancion por una documentacion mal hecha por parte de una gestoria nautica.
Tengo un problema, propuesta de sancion de 1000 euros, pòr falta de despacho, que segun la gestoria, no hace ya falta tenerlo y Capitania dice que si. La cuestion, en medio yo, que tengo que pagar.
Tengo 7 dias para presentar recurso. Si alguien tiene un formato o modelo se lo agradeceria.
Si alguien quiere datos, lo paso por privado.
Saludos
Algo no cuadra. El despacho solo es obligatorio para lista 6ª. Si el tuyo es lista 7ª la sanción no procede.
¿Ni la Capitanía sabe la legislación?
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  #4  
Antiguo 15-12-2012, 08:02
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Predeterminado Re: Propuesta de sancion por no llevar despacho

¿podría ser que no llevaras la licencia de navegación? espero que te sea leve
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  #5  
Antiguo 15-12-2012, 10:34
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Predeterminado Re: Propuesta de sancion por no llevar despacho

Hola
Soy lista 6ª, y por eso deberia haberlo llevado. Bueno eso lo se yo ahora por el expediente. El problema es que el gestor no saco el despacho, es mas sigue defendiendo que no hace falta. Y el problema final es que por un mal profesional, pues deberia haber asumido su error y pagar la multa, me veo sin salida. Por lo pronto no asume su error, me queda un recurso que hacer y que voy a presentar aunque sea por retrasar el pago hasta el año que viene, que ahora en invierno no se trabaja nada y estoy mas que bajo minimos.
Lo que supongo que pasara es que no acepten excusas y tenga que pagar. Entonces tendre que ir en contra del gestor, y por si me esta leyendo, que sepa que invertire todo lo que tengo en demostrar que ademas de incompetente, tiene muy poca verguenza por no asumir su error. Y que el resultado lo hare publico en todos los foros.
Tengo su factura de mas de 800 euros por la gestion de matriculacion lista 6º del barco, ademas por supuesto de tasas leb, mmsi, faros, etc, etc.
Por cierto, me acabo de hacer socio de anavre (socio 1293) y en cuanto sea oficial tambien alli publicare datos y nombres.
Saludos
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  #6  
Antiguo 15-12-2012, 20:02
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Predeterminado Re: Propuesta de sancion por no llevar despacho

Hola pescaenbarco:

¿La sanción es por no tener el rol, o por tener caducado el permiso de navegación?
El rol no hay que llevarlo en lista 7ª, pero el permiso de navegación solo es válido por 5 años.
Yo entiendo que el "despacho" es la renovación del permiso de navegación.

Si el "Gestor" es un auténtico Gestor Administrativo, está obligado a tener un seguro que cubra esas "meteduras de pata" que pueden ocurrir a cualquier profesional.
Si es uno de los muchos "artistas" que existen en todas las profesiones, lo vas a tener más difícil.

Pasa más datos por si podemos ayudarte.

Saludos.
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  #7  
Antiguo 16-12-2012, 09:24
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Predeterminado Re: Propuesta de sancion por no llevar despacho

Cita:
Originalmente publicado por LP706 Ver mensaje
Hola pescaenbarco:

¿La sanción es por no tener el rol, o por tener caducado el permiso de navegación?
El rol no hay que llevarlo en lista 7ª, pero el permiso de navegación solo es válido por 5 años.
Yo entiendo que el "despacho" es la renovación del permiso de navegación.

Si el "Gestor" es un auténtico Gestor Administrativo, está obligado a tener un seguro que cubra esas "meteduras de pata" que pueden ocurrir a cualquier profesional.
Si es uno de los muchos "artistas" que existen en todas las profesiones, lo vas a tener más difícil.

Pasa más datos por si podemos ayudarte.

Saludos.
Se parece, pero no es exacto.

Por un lado, esta la documentacion del registro del barco (la matricula), y el certificado de navegabilidad. Estos son, digamos el equivalente al permiso de circulacion de un choche. Sin ellos, el coche no esta legal para poder circular.

En la nautica se añade un requisito mas, adicional a los anteriores: los mercantes, cada vez que salen a navegar, tienen que pasar por capitania y hacer el "despacho". En definitiva, es como una autorizacion para efectuar esa salida, ese viaje concreto, para que puedan salir del puerto en el que estan. Y en el puerto siguiente al que vayan tienen que volver a pedir el despacho. Es como si un camion tuviera que pedir un permiso a trafico cada vez que sale a la carretera.

Para los de recreo, antes tambien era igual: tenian que pedir permiso para salir cada vez. Creo que eso es una reminiscencia de la guerra civil, en la que para impedir los movimientos no-controlados (sobre todo transfronterizos) se impuso esa obligacion. La verdad es que no estoy seguro de eso, pero suena logico.

Al acabar la guerra, no se levanto la obligacion de despachar de los barcos de recreo para cada salida (tambien logico, pensando que era una dictadura, y mas aun, una dictadura autarquica, como en Cuba). O sea, que aun teniendo todos los papeles en regla, tenias que ir a la Comandancia de Marina (fijate la filosofia del tema, que hasta 1992 la competencia para despachar los buques la tenian los militares; y no solo despachar buques, los titulos de navegacion tambien los expedia el ejercito y tenias que ir a recogerlo a la comandancia de marina de turno). Y entonces te preguntaban "¿a donde quiere ir?" y te podian preguntar todo lo que quisieran. Y, si al militar le daba la gana, te daba el permiso para salir a navegar...

Con los años, ese permiso se suavizo y se convirtio en un mero tramite, en poner el sello en el rol (que entonces era igualmente obligatorio, tanto para barcos de recreo como mercantes, y era el mismo libro negro identico). Creo que, todavia con el regimen militarizado de la nautica, el regimen se volvio mas benevolo y se daban autorizaciones, no ya caso por caso, sino genericas para un plazo determinado (lo cual es una tonteria, porque, total, si ya no vas a controlar donde va el barco y porque cada vez ¿de que sirve el despacho?).

Mas adelante, creo que a raiz de la Ley de Puertos de 1992 y de la desmilitarizacion de las competencias nautica (y si no es por ese motivo, mas o menos coincidio en el tiempo) a los buques de recreo dejo de exigirseles el rol, y se sustituyo por la licencia (el folletito verde), cuyo unico objetivo es hacer unos despachos genericos, no por cada salida sino por 5 años.

Asi que en definitiva, una cosa es tener el barco en regla, con todos sus papeles, y otra cosa es que te den permiso para salir a navegar. Logicamente, para despacharte el barco, te miran que tengas todo en regla, incluso el seguro (otra cosa absurda: porque ellos pueden controlar que tienes el seguro en regla en el momento del despacho, pero no durante los cinco años del despacho).

En definitiva, pues, el despacho, que -tal como dice LP706- se renueva en el librito de la licencia, no es mas que una reminiscencia de un regimen totalitario, tipo cubano. Y, teniendo en cuenta la mentalidad totalitaria del Estado español, y, ademas, que los funcionarios no quieren renuncia a ninguna funcion o competencia -y estos son, en definitiva, los que redactan toda la normativa, porque los politicos no tienen ni idea- ese absurdo requisito se ha mantenido indubitado a traves de los tiempos. ¿No me digas que no te pareceria aberrante, indignante, tener que, a pesar de tener el coche en regla, tuvieras que pedir permiso a trafico para poder salir con el a trabajar o a disfrutar con la familia? Pues eso es lo que sucede en la nautica.

¿Porque me exiendo con esos rollos historico-politicos? Porque, en definitiva, es una duplicidad absurda de autorizaciones y papeleos. Y es muy confusa: no hay mas que ver los lios que se hace la gente. Y, en definitiva, es tan liosa la normavita nautica española, que hay una verdadera inseguridad juridica sobre si se esta cumpliendo la normativa o no.

Conozco una persona a la que pusieron la misma denuncia que a ti. Y lo que alego, precisamente, fue la inseguridad juridicia. Y se archivo el expediente. Es decir, no le impusieron la sancion.

Mas o menos, lo que dijo en las alegaciones fue:

1. Punto de partida, que compro el barco a un holandes, que ni siquiera lo tenia matriculado, porque en holanda no hace falta ni eso.

2. Que desde que lo compro se dedico a hacer los papeles: primero la matricula, la cual obtuvo al cabo de un par de meses. Pero entones se entero que todavia no podia navegar, porque faltaba el certificado de navegabilidad.

3. Entonces empezo con los tramites: informe de ingeniero naval, inspecciones, etc. y obtencion finalmente (tras varios meses) del permiso de circulacion.

4. Por fin, tras varios meses, salio a navegar y entonces le paran y le dicen que "es que falta el despacho".

5. Tiene usted razon, Sr. capitan maritimo, me faltaba el despacho. Yo tenia el librito verde ese (la licencia), y el seguro en regla, y lo guardaba todo junto con el certificado de navegabilidad, con la copia del libro de matricula, etc. etc. Pero no sabia que a ese librito verde la faltaba un sello. Y ahora que lo he obtenido, veo que era sello para el que basta ir a capitania con todos los papeles y que te pongan el dichoso sello, sin mas.

6. Evidentemente, de haber sabido que me faltaba ese sellito, lo hubiera tramitado. Pero es que, despues de la cantidad de papeleo y renovaciones que he tenido que hacer (un caso unico en el mundo, pues en la mayoria de paises europeos ni siquiera es necesario matricular el barco, y lo unico que hace hay que tener en regla es el seguro), resulta que -encima- todavia me faltaba uno mas. Uno mas que no añade ningun requisito de seguridad, ni nada de nada: simplemente es pasar a que te pongan el sello.

7. En tu caso, puedes añadirle: pero es que es mas: incluso el gestor Sr. XXX, especialista en cosas nauticas, me dice que el despacho no es necesario. O sea, que hasta los gestores tienen confusion sobre si, una vez obtenida la matricula, y el certificado de navegabilidad -renovado quinquenalmente previo informe de ITB por parte de un ingeniero naval-, toddavia hay un requisito mas que hay que obtener, y que es un simple sello.

8. Es cierto que la ignorancia de la Ley no exime de su cumplimento. Pero para poder poner una sancion de este calibre, deberia haber una minima seguridad juridica: es decir, deberian estar claras las normativas, los requisitos aplicables. Y mas aun si, encima, son normativas unicas en el mundo: pues no hay ningun pais del mundo, salvo Cuba, China, y otros de sistemas politicos parecidos, que exija un "despacho" a los barco de recreo.

9. En consecuencia, considero improcedente que me pongan una sancion, dado que el unico motivo por el que no he obenido el sello que me faltaba es porque, a pesar de hacer todos mis esfuerzos por saber lo que tengo que llevar, a pesar de haber contratado a un gestor para que me ayude, resulta que hay un requisito mas que escapo a mi conocimiento.


En fin. No es seguro que te sirva. Pero en otras ocasiones ha servido, y creo que es lo unico que tiene alguna posibilidad. Dale tu la literatura que te falta. Y te recomiendo que le des un tono mas humilde, mas de persona desesperada que hace lo posible por cumplir la ley, pero que se encuentra perdida en un bosque de normativas confusas (que, en definitiva, es la realidad).

Ya nos contaras.
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  #8  
Antiguo 15-12-2012, 20:10
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Predeterminado Re: Propuesta de sancion por no llevar despacho

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Algo no cuadra. El despacho solo es obligatorio para lista 6ª. Si el tuyo es lista 7ª la sanción no procede.
¿Ni la Capitanía sabe la legislación?
Hola karkendo:

El "permiso de Navegación debidamente despachado" es obligatorio en lista 7ª.
Hay que renovar cada 5 años, salvo las esloras inferiores a 6 metros.

Aquí podéis verlo:

http://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_...cho_de_buques/

Saludos.
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  #9  
Antiguo 17-12-2012, 10:24
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Predeterminado Re: Propuesta de sancion por no llevar despacho

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Originalmente publicado por LP706 Ver mensaje
Hola karkendo:

El "permiso de Navegación debidamente despachado" es obligatorio en lista 7ª.
Hay que renovar cada 5 años, salvo las esloras inferiores a 6 metros.

Aquí podéis verlo:

http://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_...cho_de_buques/

Saludos.
Insisto. Las embarcaciones de Lista 7ª (sin tripulación contratada) NO se despachan.
El Permiso de Navegación es otra cosa.

Pero esta es una discusión tonta para lo que le ha ocurrido a pescaenbarco, que al ser lista 6ª SI tendría que estar despachado.

Suerte
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  #10  
Antiguo 17-12-2012, 11:43
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Predeterminado Re: Propuesta de sancion por no llevar despacho

Hola Karkendo:

Llámale Permiso de Navegación, Rol, Licencia de Navegación o Certificado de Registro Español-Permiso de Navegación que en el fondo son lo mismo.
Llámale despacho o renovación del Permiso de navegación, que en el fondo son lo mismo.

En el caso de pescaenbarco, después de ver la normativa que aplica la DGMM, tengo serias dudas de que necesite “despacho” entendido como una autorización para ejercer la actividad, desde el momento en que no hay tripulación profesional.

Y desde que entra en vigor la normativa sobre libre acceso a las actividades y los servicios no creo ni que sea obligartorio el despacho ni que lo puedan sancionar, otra cosa es lo que la inercia de la burocracia tarde en aceptar los cambios.

Saludos.
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  #11  
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Predeterminado Re: Propuesta de sancion por no llevar despacho

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Hola Karkendo:

Llámale Permiso de Navegación, Rol, Licencia de Navegación o Certificado de Registro Español-Permiso de Navegación que en el fondo son lo mismo.
Llámale despacho o renovación del Permiso de navegación, que en el fondo son lo mismo. Se parecen lo mismo que yo a George Cloney

En el caso de pescaenbarco, después de ver la normativa que aplica la DGMM, tengo serias dudas de que necesite “despacho” entendido como una autorización para ejercer la actividad, desde el momento en que no hay tripulación profesional. EFECTIVAMENTE, ya no hace falta una Autorización de Explotación en si, pero es distinto del Despacho.

Y desde que entra en vigor la normativa sobre libre acceso a las actividades y los servicios no creo ni que sea obligartorio el despacho ni que lo puedan sancionar, otra cosa es lo que la inercia de la burocracia tarde en aceptar los cambios. DE ACUERDO, pero mientras tanto pagan los de siempre.

Saludos.
En fin, discusiones bizantinas que dudo que sirvan para ayudar a pescaenbarco.

Saludos
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  #12  
Antiguo 17-12-2012, 13:06
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Predeterminado Re: Propuesta de sancion por no llevar despacho

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Originalmente publicado por LP706 Ver mensaje
Hola Karkendo:

Llámale Permiso de Navegación, Rol, Licencia de Navegación o Certificado de Registro Español-Permiso de Navegación que en el fondo son lo mismo.
Llámale despacho o renovación del Permiso de navegación, que en el fondo son lo mismo.

En el caso de pescaenbarco, después de ver la normativa que aplica la DGMM, tengo serias dudas de que necesite “despacho” entendido como una autorización para ejercer la actividad, desde el momento en que no hay tripulación profesional.

Y desde que entra en vigor la normativa sobre libre acceso a las actividades y los servicios no creo ni que sea obligartorio el despacho ni que lo puedan sancionar, otra cosa es lo que la inercia de la burocracia tarde en aceptar los cambios.

Saludos.
Pues parece que interpretan que la Ley 17/2009 de libre acceso a las actividades de servicios, sólo exime de pedir autorización previa, pero no del despacho:

http://www.anavre.org/images/stories...l/ICharter.pdf
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