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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola a todos.
Teniendo en cuenta que el reglamento internacional para prevenir los abordajes en la mar establece en su regla nº 20 que Las Reglas relativas a las luces deberán cumplirse desde la puesta del sol hasta su salida, y durante ese intervalo no se exhibirá ninguna otra luz, con la excepción de aquellas que no puedan ser confundidas con las luces mencionadas en este Reglamento o que no perjudiquen su visibilidad o carácter distintivo, ni impidan el ejercicio de una vigilancia eficaz, tras buscar por todos los foros, no he podido averiguar si durante la navegación nocturna de un barco deportivo (no en acción de pesca) le está permitido el uso de un proyector de luz instalado sobre la cabina o cubierta con el fin de poder avistar y esquivar objetos flotando, redes, etc. mientras se desplaza. Si dicho proyector por su ubicación y características no provoca la mencionada confusión o perjudica la visibilidad de las otras luces reglamentarias, ¿Estaría autorizado entonces su uso mientras se navega? Muchas gracias por adelantado |
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#2
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Si , pero es contra producente , me explico , tu vista se acostumbra a la oscuridad y llegas a poder ver muy lejos , con luz esta aclimata tu vista y no vez nada mas allá de la distancia a la que alumbra , unos 500mts como mucho .
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#3
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Cuantas menos luces encendidas lleves mejor para ver. Baja incluso la luminosidad de la electrónica al mínimo para que te permita acomodar la vista a la oscuridad. Manten las luces de cabina apagadas si puedes o con solo los pilotos de noche. Solo en casos muy concretos enciende un proyector o linterna.
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#4
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Gracias por vuestras respuestas. Tenéis toda la razón en cuanto a la adecuación de la vista a la oscuridad y de hecho reduzco al mínimo la luminosidad de las pantallas de la electrónica y la cabina la llevo sin luz.
Pero a la vuelta de una jornada de pesca en noches sin luna, muy oscuras, es muy difícil ver los abundantes cabeceros de redes y palangres, con el consiguiente riesgo de colisión con la proa o la hélice y sus nefastas consecuencias, como ya le ha ocurrido a un par de compañeros. Por lo que tan solo en esas circunstancias extremas quiero navegar de noche igual que cuando conduzco un automóvil es decir con sus faros encendidos viendo al menos unos 20 o 30 metros por delante, pero no estoy seguro que llevar un proyecto de luz enfocado a proa en una embarcación deportiva navegando este prohibido o no. Esa es la cuestión legal que quisiera que un compañero me aclarase. Muchas gracias de nuevo a todos. |
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#5
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Podría causar confusión, al ser blanca un barco que te este viendo pensará que te estás alejando cuando en realidad es todo lo contrario.
Solo se debe de usar el foco en caso de emergencia. Una vez lanzado el pam pam advirtiendo de que se esta realizando una maniobra y que se está haciendo uso de un foco blanco. ![]() ![]()
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Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante) EA 3 CBT
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#6
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No hay ningún foco que sirva para lo que quieres , el agua se come la luz y solo ganaras ver unos pocos metros y ver menos fuera del haz
Prueba prismáticos o monoculo de visión nocturna
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Manel - EA3CBQ Socio fundador Anavre n° 15 de Baja por en crisis económica ?? |
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