![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
|
|
#1
|
||||
|
||||
|
Hola a todos!!!
A continuación os pongo mis respuestas de legislación, a ver que tal lo veis: 1-c 2-a 3-b 4-c 5-d 6-a 7-a . Mu mal, es la c8-c 9-d 10-c 11-d 12-b . Mu mal, es la d13-a 14-c 15-c . Mu mal, es la b16-c 17-b 18-b 19-a 20-d Así que estoy muy contento, según mi corrección tengo 17 bien, así que... una ronda para todos ![]() ![]() ¿Qué os parece? |
|
#2
|
||||
|
||||
|
Cita:
![]() ![]() |
|
#3
|
||||
|
||||
|
13, la norma dice "a mas de 12 millas" por tanto la respuesta -d-. Alguna vez hemos comentado medio en broma que un PER no puede "evacuar" más que dejando el barco en 12 millas justas y sacando el culo por la borda hacia alta mar
![]()
__________________
Ubi bene ibi patria. Ciceron.
( Donde se esta bien, alli está la patria) |
|
#4
|
||||
|
||||
|
Cita:
![]() |
|
#5
|
||||
|
||||
|
Cita:
EN LA PLANTILLA DE EXAMEN COMO RESPUESTA CORRECTA A 12 MILLAS COMO PUEDO IMPUGNAR ESA PREGUNTA PORQUE ES A MAS DE 12 MILLAS DONDE LO TENGO QUE BUSCAR EN MARPOL ??? PREGUNTA 17 DAN POR BUENA LA A) CADA PARTE PAGARA SUS PROPIOS DAÑOS Y NO LA B) LA CANTIDAD A PAGAR POR CADA BUQUE SERA PROPORCIONAL A SU GRADO DE CULPA. YO TENIA ENTENDIDO POR EL REGLAMENTO QUE QUE SEGUN EL GRADO DE CULPA UNO PAGAARIA MAS QUE OTRO |
|
#6
|
||||
|
||||
|
Cita:
Regla 11 Descarga de aguas sucias 1 A reserva de las disposiciones deja regla 3 del presente anexo, se prohibe la descarga de aguas sucias en el mar a menos que se cumplan las siguientes condiciones: .1 que el buque efectúe la descarga a una distancia superior a 3 millas marinas de la tierra más próxima si las aguas sucias han sido previamente desmenuzadas y desinfectadas mediante un sistema aprobado por la Administración, de conformidad con la regla 9.1.2 del presente anexo, o a una distancia superior a 12 millas marinas de la tierra más próxima si no han sido previamente desmenuzadas ni desinfectadas. En cualquier caso, las aguas sucias que hayan estado almacenadas en los tanques de retención no se descargarán instantáneamente, sino a un régimen moderado, hallándose el buque en ruta y navegando a una velocidad no inferior a 4 nudos. Dicho régimen de descarga habrá de ser aprobado por la Administración teniendo en cuenta las normas elaboradas por la Organización; o |
|
#7
|
||||
|
||||
|
El artículo 827 del código de comercio es de aplicación si la colisión entre dos embarcaciones españolas y en aguas españolas, dice lo siguiente:
Si el abordaje fuese imputable a ambos buques, cada uno de ellos soportará su propio daño y ambos responderán solidariamente de los daños y perjuicios causados en sus cargos. Respecto a la pregunta del MARPOL no creo que haya nada raro, dan 4 opciones 3 millas, 6, 12 y 24. Es una pregunta bastante fácil. |
![]() |
Ver todos los foros en uno |
|
|