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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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| Avisos |
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#1
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Unas rondas de buen Alvariño para todos....por supuesto a mi cuenta
![]() ![]() ![]() Como decía en el titulo.....he agotado todos los recursos posibles por la via administrativa ahora solo me queda el juicio.... 1000 euros de multa por tener las bengalas caducadas 4 meses .....me parece completamente desproporcionado....teniendo todo el material de seguridad en regla y a veces por duplicado.....simplemente cometí un error porque pensé que aun me quedaba otro año de vigencia (culpa mía ya lo se). Mi abogado...me dice que antes de ir a juicio (ademas es en Madrid y yo vivo en Santiago de Compostela)....que pregunte en foros especializados por sentencias donde se aluda a cualquier objeto obligatorio relacionado con la seguridad (bengalas, espejo,reflector,aro salvavidas , bomba de achique etc etc).....porque le ayudaría muchísimo a la hora de preparar la defensa. Es increíble que por no tener el certificado de navegabilidad , en un barco menor de 7.5 mts la sanción máxima sea de 600 euros.... y sin embargo por tener 3 bengalas caducadas me pongan 1000 (el baremo es de 0 a30000 euros ![]() )Es como si la GC parara a dos coches ...uno no paso la ITV (es decir ruedas gastadas, amortiguacion en mal estado , no funcionan las luces etc etc) y le ponen 600 euros de multa. Y el otro coche que si que paso la ITV, pero ahora tiene un cinturon de seguridad estropeado....pues por ese echo le ponen 1000 euros de multa. No entiendo nada...... Por favor echadme una mano. ![]() ![]()
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#2
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Saludos y rondas,
entiendo tu indignación y la comparto, lamento no poder ayudarte, pero si aceptas un consejo, paga los 1000 € y olvídate del tema. Ten en cuenta que el estado no tiene un euro, llevarlo por la vía judicial te costará mas dinero, cabreos y mala leche durante bastante tiempo. Tienes todas las de perder, con la posibilidad de que te aumenten la sanción. Mi abogado siempre me dice que mas vale un mal pacto que un buen juicio. Suerte ![]() |
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javino (22-03-2014) | ||
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#3
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Aunque es cierto que en derecho utilizamos mucho la expresión de que más vale un mal pacto que un buen juicio, no deja de ser una frase hecha, que muchas veces no se cumple.
Como aquel acertijo: ¿Que es un autobús lleno de abogados despeñándose por un barranco? ............ Pues un buen comienzo.... ![]() Pero sin entrar en el fondo de la cuestión, ya que la desconozco, lo que me parece preocupante es que el letrado se saque el muerto de encima diciéndote: búscate sentencias y jurisprudencia! Es como si fueras al medico con una enfermedad grave y tu medico te dijera que preguntaras por facebook que medicación te recomiendan para tal cosa . Pero claro, médicos hay de todo tipo y por desgracia abogados también .Otra cosa es que tengas un conocido abogado, que sin cobrarte un duro, te haya hecho ese comentario y a partir de ahí empezar a trabajar. Aun así me extraña muchísimo, cualquier persona relaciona con la judicatura tiene acceso a las bases de datos de jurisprudencia. Incluso un estudiante de primero de grado. Por otro lado, aparte de las privadas de pago, existen las oficiales de acceso gratuito. La del BOE, la del CGPJ, la del TS,....... etc. De tan fácil uso como el Google. O sea, que si lo que quieres es buscar jurisprudencia que contenga las palabras "material de seguridad", "pirotecnia náutica",.... etc, etc, lo único que necesitas es una conexión a internet. Por otro lado, cualquier póliza náutica suele ofrecer la protección jurídica por unos 20-25€/año de incremento. Vamos, que como mínimo es raro. |
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javino (23-03-2014) | ||
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#4
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Cita:
Efectivamente como tu bien dices ...es un amigo y no me cobra nada...por eso tengo que como mínimo, ayudarlo un poco....ademas de que no tiene ni idea de náutica. ![]() ![]()
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#5
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La sanción de 1.000 € es la suma de no llevar bengalas mas llevar material peligroso ya que las bengalas caducadas se consideran material peligroso. Siempre me han dicho que es mejor no llevar bengalas que llevarlas caducadas. Mi consejo es que les pidas una reducción de la multa y pagues.
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o que ten cu ten medo
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javino (23-03-2014) | ||
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#6
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Busca la fecha en que te abordo la G.C.Ahora busca la fecha en que recibiste la sancion.Si han pasado mas de 6 meses,que es probable,la voz a buscar no es pirotecnia,sino caducidad de expediente sancionador.
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javino (23-03-2014) | ||
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#7
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Pues en ese sentido no te puedo ayudar desgraciadamente.
Pero si me ha llamado mucho la atención que los guadias civiles que van en la patrullera y te multan. Tienen una titulación nautica de recreo que no habilita para desarrollar actividad laboral alguna. Supongo que lo tienen bien amarrado. Pero siempre me he preguntado si seria motivo de impugnación de la sanción. Quizás por ahi tenga de donde tirar tu letrado. Espero que tengas suerte, y nos comentes como te ha ido. ![]() |
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javino (22-03-2014) | ||
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#8
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Ya se que es muy difícil que me quiten la multa.....pero lo que realmente me irrita es la falta de sentido común.
Es como si me multaran mas por llevar una luz fundida que por circular sin haber pasado la ITV Enviado desde mi CINK PEAX 2 mediante Tapatalk
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#9
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javino,
El problema no es que te reduzcan la multa, el problema es que creo que pueden aumentar su valor. Qué rabia y impotencia... PUMUKITA, Respecto tu opinion, pero yo lo veo de manera distinta. Que tengas otro pabellón no te exime de cumplir con tus obligaciones fiscales!!!! No hay ninguna conveniencia económica! Eso es muy importante que lo tengas claro. Tendrás de pagar los mismos impuestos y tasas que cualquier otra embarcación de recreo con pabellón español que navegue en España. Lo unico es que no estás sujeto es a estos abusos (tanto de equipos de seguridad cómo del valor de las multas, que son valores para la marina mercante y no de recreo). Y desde luego que espero que en caso de accidente no te atiendan ni como un español ni como un europeo, sino como a un ser humano. ![]()
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"Born to sail, but forced to work..." Editado por RMR2ENG en 24-03-2014 a las 09:47. |
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javino (24-03-2014) | ||
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