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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Bueno , segun me aparecen en los papeles de la neumatica , su maxima categoria designada es " D ".
Esto quiere decir que pertenezco a la zona 7 de navegacion ? Lo que no entiendo o no se si se puede hacer es si capitania de Murcia me puede poner en una zona de navegacion distinta como la zona 6 , con todo el material de seguridad que ello implica, o esto es imposible debido a las especificaciones del fabricante de la neumatica. En cualquier caso, Cual seria la distancia maxima sin titulo que podria utilizar una neumatica de Clase D en la zona 7, ya que no especifica millas , solo habla de aguas protegidas, etc. etc. pero no de metros ni millas. Pd: El modulo utilizado pra la evaluacion de la construccion es (( Aa )), no se que significa esto. Un saludo. Editado por torquis en 11-06-2014 a las 07:16. |
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#2
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Ya te lo habia dicho, no sé si has tenido oportunidad de leerlo.
Si la Categoria de Diseño es D, la zona maxima para la que puedes matricular/registrar es la 7. "ORDEN FOM/1144/2003, de 28 de abril, por la que se regulan los equipos de seguridad, salvamento, contra incendios, navegación y prevención de vertidos por aguas sucias, que deben llevar a bordo las embarcaciones de recreo. (...) Artículo 3. Zonas de navegación para las embarcaciones de recreo. 1. Se establecen las siguientes Zonas de navegación: A) Zona de navegación Oceánica. Le corresponde la siguiente Zona: (...) D) Zona de navegación en aguas protegidas. Le corresponde la siguiente Zona: Zona «7». Navegación en aguas costeras protegidas, puertos, radas, rías, bahías abrigadas y aguas protegidas en general. (...)" Mira el post #19 de este hilo: http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=126026 Y aqui tienes un ejemplo de una embarcacion similar a la tuya registrada en capitania (Categoria D/ Zona 7): (imagen del post #7 de este hilo) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...33#post1639533 Lo del modulo de construcción no es relevante en este caso. Basicamente se refiere a quien hace los ensayos de la normative CE, si es el astillero o si es un organismo independiente.
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"Born to sail, but forced to work..." Editado por RMR2ENG en 11-06-2014 a las 10:00. |
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#3
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Pero entonces hasta que distancia puedo llegar, " 1 milla" ? ,
Se supone que podre utilizar la embarcacion por el Mar menor ?. O no podre salir de la linea de boyas amarillas ( zona de bañistas ) de 200 metros?. es decir que no podre utilizar el motor ? |
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#4
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Si está matriculada/registrada, aunque no tengas motor no puedes fondear dentro de la zona de las boyas amarillas.
Solamente puedes navegas en aguas protegidas. Si es una playa recta sin ser protegida estilo una Bahia abrigada, creo que no puedes. Por eso te decia, pregunta antes de comprar... Hay tanto conjunto bueno de segundamano!
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"Born to sail, but forced to work..." Editado por RMR2ENG en 11-06-2014 a las 11:38. |
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#5
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Como te metas en la zona de bañistas y te vean la guardia civil te va dejar el bolsillo mas vacio que un agujero negro
![]() No es que ya te vayan a ver ellos ( o si) es que algunos bañistas envidiosos los llamaran por el mobil y te aplicaran la receta. Antes como no habia mobiles habia mas libertad y menos complicaciones, ahora si no tienes wasap o un mobil que te hace una paella te dicen que eres un raro![]() |
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#6
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Gracias compañeros:
LOgicamente no puedo fondear ni ir con motor por la zona de los bañistas, y tampoco utilizar el motor ( zona de 200 metros ) Pero la pregunta es si en el mar menor por ejemplo ( los alcaceres, urritias, etc. etc. ) habiendo esa linea de boyas amarillas, puedo atravesarla sin motor y despues utilizar el motor, es decir ... Hay alguna referencia para la zona 7 por ejemplo 1 milla, o como saben los de la zona 7 hasta donde pueden ir sin ser multados, esa seria la pregunta. 1.- Puedo utilizar la neumatica unos 300 metros despues de la zona de bañistas ( boyas amarillas ) por ejemplo ??? 2.- ¿ Hasta donde como maximo esta delimitida la zona 7 en el mar Menor para que no me multen ? pd: Acabo de llamar a capitania, y segun me han dicho, en el mar menor no se aplica restriccion ninguna. Editado por torquis en 11-06-2014 a las 12:08. |
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#7
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Supongo que podrás navegar en todo lo que son aguas interiores, que vienen delimitadas por las líneas base: algo así como unir con líneas rectas los puntos "más salientes" de la costa -cabos, en ciertas ocasiones alguna isla o islote, etc.- De ahí hacia la costa podrías, todo ello viene definido por las Capitanías Marítimas correspondientes; en general esa línea no va a separarse demasiado de la costa, pero más que suficiente para lo que son esos barquitos...
Si no las cambiaron, aquí las tienes: http://www.boe.es/boe/dias/1977/09/3...1743-21747.pdf Y el Mar Menor va a tener que estar al completo dentro de eso... vamos, digo yo...
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Desde Navia, Asturias, navegando de prestado... Editado por joabp en 11-06-2014 a las 11:44. |
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#8
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Cita:
![]() Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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#9
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yo tengo el mismo conjunto cuyo enlace pone rmr y no puedo estar más contento, la mía es 3.10 y la pongo a 29 km por hora de GPS, peso en orden de marcha.
Enviado desde mi zapatófono |
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