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VHF: Canal 77 | ![]() |
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#1
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![]() Unas cervezas bien fresquitas para todos, que ya va haciendo calor.
![]() Una pequeña duda que me surge. ¿Está el PER limitado para llevar un máximo de personas a bordo? o la limitación viene impuesta en cada embarcación. Muchas gracias amiguetes. ![]() |
#2
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![]() Cita:
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#3
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![]() Como te ha dicho ya Golden Dreams, la limitación de tripulantes la tiene asignada el barco, en su certificado de navegabilidad. En función de la zona para la que está despachado a veces se hace constar dos límites (en mi caso 6 personas en zona 3 y 8 personas en zona 4 ).
El título te autoriza a embarcación, y la embarcación a llevar el pasaje que soporte el barco. Por ejemplo, en una moto acuática no podrás más que llevar a otro contigo, aunque seas Capitán de la Marina Mercante. Y con el PER puedes llevar sin problemas a 15 personas, si esa es la capacidad indicada en el certificado de tu barco. ![]() ![]()
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~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~ |
#4
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![]() Con el PER no puedes llevar 15 personas.
El máximo son 12 pasajeros, mas se considera buque de pasaje. |
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a jiauka | ||
GestoriaGuiral (19-06-2014) |
#5
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![]() Exacto, como dice Jiauka en ningún caso en un barco de recreo podrás llevar a más de 12 personas.
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~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~ Guiral Asesoría Náutica (NIF: 38.085.879-H) Av Mistral 10, esc D 1º B 08015 Barcelona 93 325 41 61 // 629 54 57 94 info@guiralnautica.com |
#6
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![]() si llevo en el barco dos personas mas de las plazas autorizadas por haberla recogido del agua,¿me multará la G C?¿estoy poniendo en riesgo mi propia seguridad por llevar más gente de la cuenta?
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