![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
|
|
#1
|
||||
|
||||
|
hola piratas, y filibusteros varios
pregunta sobre todo dirigida a empresas de lista 6 suposicion supongamos que una empresa sl con un barco x en 6ª alquila por 6 meses (por poner algo), a una persona fisica señor "fulano" y este a su vez sale a navegar durante este periodo sub arrendando plazas en dicho barco, como trata la ley, u hacienda a dicho señor "fulano" si en un control rutinario , si detectan dicho acuerdo o sub arriendo ya se que lo "logico " es no enseñar ese subcontrato u acuerdo con esas terceras personas todo esto lo digo porque en algunaq ocasion e visto alquileres de larga duracion a precios interesantes con unidades, no comerciales o en epocas que hay poca demanda de charter gracias |
|
#2
|
||||
|
||||
|
Cita:
para los barcos de lista 6ª hay dos modalidades de alquileres alquiler de barco sin patrón alquiler de barco con patrón (debe de ser profesional ) ................................no mas en nuestra querida y extendida costa peninsular e insular se esta haciendo la clásica trampa de alquiler con patrón , ........ que no es profesional es de recreo y a los que le cobran por ese servicio aleccionan para que cuando venga la guardia civil digan que son amigos...y vuelta a hacer la trampa..... deprimente para los que nos dedicamos a esto , y vemos como se permite anunciarse en alquileres con patrón cuando el barco ni esta despachado para eso por que para despacharlos , generalmente las capitanias , piden un permiso de la comunidad `para ejercer ese servicio o vamos a navegar que somos colegas y solo cobramos los gastos a repartir.. joeerrrrr vaya gastos vale me caliento cervezas...... ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a custodio | ||
TXAKOLI (24-09-2014) | ||
|
#3
|
||||
|
||||
|
Yo no veo ninguna ilegalidad, ha dicho un barco de 6ª, luego ya esta legaly el "Fulano" tiene una empresa puede vender plazas o subalquilar el barco, siempre que se lo permita el cointraato que ya ha firmado, luego tendra que haber un profesional abordo que puede ser el "Fulano" o alguien que contrte el "Fulano"
Si el "Fulano" no tiene empresa y no pone profesinal abordo, que la suerte le acompañe ![]() ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Velero Simbad | ||
jacarejack (24-09-2014) | ||
|
#4
|
||||
|
||||
|
ok
lo que explicais perfectamente es obio, y lo se quizas no lo explique bien lo voy a personalizar Yo, alquilo un barco en 6ª a una empresa, legalmente constituida y funcionando yo soy particular, y alquilo digamos 6 meses y navego, yo pago, yo navego pero en ese plazo, por lo que sea, meto a gente digamos para ir a un destino concreto, ibiza o menroca o columbretes... y decido bajar gastos subarrendando plazas, (o si lo prefieres compartiendo los gastos de todo) pero el contrato estaa minombre y no soy profesional a ver si asi esta un poco mas claro y si, se que en TODOS los ambitos economicos hay intrusismo... |
|
#5
|
||||
|
||||
|
Ojo ,la ley dice que no se puede alquilar por un periodo superior a los 3 meses a la misma empresa o particular.
Te pasarian a lista 7 y sancion Nuestra legislacion esta consiguiendo que muchos de nuestros barcos de recreo se den de alta de bandera en otros paises,al final el mal legislar provoca el efcto contrario al buscado |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a solete | ||
pil pil (25-09-2014) | ||
|
#6
|
||||
|
||||
|
o, no sabia ese dato de los 3 meses
voy a ir mas alla en el mismo supuesto yo alquilo un barco a una empresa no me une nada con ella eso 3 meses... me para la GC enseño mi contrato de alquiler y docu del barco a bordo van otras 3 personas imaginemos que no se creen nada y ponen un acta que logicamente ira a hacienda entiendo... a quien crujen al propietario o empresa de alquiler a mi mismo personalmente |
|
#7
|
||||
|
||||
|
Si tu has pagado un alquiler ,legal con su iva ,tienes los papeles de la empresa en regla y cumples todo no hay problema ,si tu contrato es de 3 meses y un dia y hacen una inspeccion a la empresas de alquiler le multaran ,tenga como tenga todo lo demas ok.
|
|
#8
|
||||
|
||||
|
esto es parecido a
yo estudiante alquilo un piso de 4 habitaciones 1000 euros y despues alquilo a otros estudiantes 3 habitaciones, a 250 estamos compartiendo los gastos, y es lo mismo a mi modo de ver y creo es legal y si no lo fuera a quien le untan al propietario del piso que no sabe nada, a mi por subcontratar... y quien cruje, G.c. o hacienda? |
|
#9
|
||||
|
||||
|
Hola Biziberri.
En este último supuesto, la meretérita no va a pedir papeles a tus "amigos" y si tu eres el patrón contigo moverán el papeleo. Otra cosa muy diferente es que alguno de esos "amigos" tenga un percance durante la travesía. Se rompa un dedo, se corte con algo, etc. etc. y quiera tirar del seguro porque ya no es "amigo" sino un cliente que ha pagado y quiere compensación del seguro. Que no te pase ná ![]() Esos acuerdos "amistosos" con un triste dolor de cabeza se olvidan pronto. Magno |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Magno | ||
biziberri (25-09-2014) | ||
![]() |
Ver todos los foros en uno |
|
|