La Taberna del Puerto Bandera de Polonia
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." Altair
VHF: Canal 77   
Regresar   La Taberna del Puerto > Foro > Foros Náuticos > Cuestiones legales y Asociaciones

Avisos

Responder
 
Herramientas Estilo
  #1  
Antiguo 09-12-2014, 15:48
Avatar de toni.cnco
toni.cnco toni.cnco esta desconectado
Grumete Pirata
 
Registrado: 04-11-2010
Edad: 67
Mensajes: 6
Agradecimientos que ha otorgado: 0
Recibió 1 Agradecimiento en 1 Mensaje
Sexo:
Predeterminado Se puede encadenar un barco en un puerto deportivo por no estar al corriente de pago

Pueden encadenarte un barco prohibiendo el desamarre de un puerto deportivo por falta de pago?
Citar y responder
  #2  
Antiguo 09-12-2014, 16:23
Avatar de Jesustf
Jesustf Jesustf esta desconectado
Pirata
 
Registrado: 01-06-2013
Edad: 41
Mensajes: 229
Agradecimientos que ha otorgado: 4
Recibió 13 Agradecimientos en 11 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Se puede encadenar un barco en un puerto deportivo por no estar al corriente de p

Un amigo debía uno o dos pago del puerto deportivo donde tenia su moto de agua ,un día fue a meterla al agua y le dijeron que no podía porque tenia que estar al corriente, entonces el dueño de la moto de agua llamo a la guardia civil y se presento allí ,la guardia civil le dijo a los chicos del puerto que ellos no podían negarse a darle la moto de agua ya que es de su propiedad ,que si quiere reclamar algo ,que denuncie.
Citar y responder
  #3  
Antiguo 09-12-2014, 17:41
Avatar de genoves
genoves genoves esta desconectado
El Quisqueyano
 
Registrado: 29-02-2008
Localización: Mar Adentro
Edad: 60
Mensajes: 5,163
Agradecimientos que ha otorgado: 4,682
Recibió 2,899 Agradecimientos en 1,116 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Se puede encadenar un barco en un puerto deportivo por no estar al corriente de p

No, los demás propietarios deben seguir pagando los servicios que se prestan en el puerto y que se pagan a escote, mientras el usuario moroso incumple sus pagos hasta que la justicia hace efectiva la orden de pago a deudores, o el embargo de la embarcación.

Si es tu caso como deudor, no hay problema, con una cizalla, e incluso el amparo de la guardia civil, puedes seguir navegando libremente.

__________________
'NAVEGAR NO ES UN LUJO, ES UN DERECHO'
Citar y responder
  #4  
Antiguo 09-12-2014, 18:15
Avatar de Juanitu
Juanitu Juanitu esta desconectado
MAGISTER PILTRAFIA
 
Registrado: 01-11-2008
Localización: De La Nao a Cabo Gata
Edad: 59
Mensajes: 6,503
Agradecimientos que ha otorgado: 5,649
Recibió 5,420 Agradecimientos en 2,063 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Se puede encadenar un barco en un puerto deportivo por no estar al corriente de p

Lo he hablado hace poco con otros cofrades, y parece que no se puede bloquear el barco, que a fin de cuentas es una propiedad privada.

Lo que ocurre es que con una "ligerísima" modificación de estatutos, cosa fácil, se puede impedir el "acceso" al barco a través de las zonas comunes a los morosos. Algo tan sencillo como anular las tarjetas de acceso, o en caso de zarpada, ocupación del punto de amarre para "reparación".

Hasta pa ser hijoputing hay que tener imaginación. Yo no valdría para presidente, igual que no valgo para árbitro de fúrgol.
Lo que pasa es que en realidad hay muchos casos en que la morosidad hay que soportarla, por el bien común, y no es coña. Es mejor un barco mantenido e incluso navegado que uno olvidado.

Pero encadenar....
__________________
~EL HILO DEL BOTIQUÍN ~
Citar y responder
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Juanitu
kAILOA (09-12-2014)
  #5  
Antiguo 09-12-2014, 19:40
Avatar de kAILOA
kAILOA kAILOA esta desconectado
Hermano de la costa
 
Registrado: 30-10-2007
Localización: MEDITERRANEO-BURRIANA
Edad: 73
Mensajes: 2,776
Agradecimientos que ha otorgado: 890
Recibió 1,055 Agradecimientos en 342 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Se puede encadenar un barco en un puerto deportivo por no estar al corriente de p

Lo que comentas Juanitu, sobre el papel esta muy bien, pero imaginate que los estatutos contemplan esa opcion, el socio aprovechando un descuido en la puerta entra, que haces ??? llamas a la GC para que lo expulsen ????
Es un tema muy peliagudo lo de la morosidad en los Clubs, y digo morosidad no a los deudores que con pactos van a trancas y barrancas pagando, si no al carota que pasando de todo esta convencido de que el resto de socios le tienen que pagar sus cuotas, gastos, consumos y caprichos. Saludos
__________________
www.kailoa.blogspot.es[/url]


ESP-9429

MMSI POL 261000281 - Call Sign SPA2244

Socio Fundador de ANAVRE
Citar y responder
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a kAILOA
Juanitu (10-12-2014)
  #6  
Antiguo 09-12-2014, 19:54
Avatar de whitecast
whitecast whitecast esta desconectado
Expulsado
 
Registrado: 21-11-2007
Localización: Balears
Edad: 46
Mensajes: 3,379
Agradecimientos que ha otorgado: 1,346
Recibió 1,311 Agradecimientos en 761 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Se puede encadenar un barco en un puerto deportivo por no estar al corriente de p

http://www.boe.es/boe/dias/2011/05/0...-2011-7751.pdf

http://www.boe.es/boe/dias/2011/08/3...2011-14222.pdf



Según el convenio intl de embargo preventivo firmado por nuestro país (CEPB 99) , es perfectamente legal encadenar el barco e impedir su salida hasta que se satisfaga la deuda ya que es un crédito marítimo privilegiado.

Citar y responder
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a whitecast
kAILOA (10-12-2014)
  #7  
Antiguo 09-12-2014, 21:18
Avatar de jiauka
jiauka jiauka esta desconectado
Hermano de la costa
 
Registrado: 01-10-2010
Mensajes: 11,570
Agradecimientos que ha otorgado: 3,519
Recibió 6,484 Agradecimientos en 3,564 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Se puede encadenar un barco en un puerto deportivo por no estar al corriente de p

Cita:
Originalmente publicado por toni.cnco Ver mensaje
Pueden encadenarte un barco prohibiendo el desamarre de un puerto deportivo por falta de pago?
Quien lo ha encadenado?. Si es 1 precinto judicial es legal.
Citar y responder
  #8  
Antiguo 09-12-2014, 21:37
Avatar de gambon
gambon gambon esta desconectado
Pirata
 
Registrado: 15-10-2014
Localización: Rías Baixas
Edad: 53
Mensajes: 135
Agradecimientos que ha otorgado: 98
Recibió 33 Agradecimientos en 31 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Se puede encadenar un barco en un puerto deportivo por no estar al corriente de p

Bueno lo primero una buena ronda
Hay algunas dudas que tengo....
-En la normativa habla de Buque.... ¿un velero de 8 m tiene la consideración civil de Buque?
-También habla del Crédito reclamado....yo entiendo que en este punto se refiere
a facturas de pertrechos ,combustible , etc. y que para reclamar se tendrá que presentar la correspondiente albarán debidamente sellado por el Capitán , que es la que demuestra la entrega del elemento que sea . Pero de ahí a que te presentes con unas cuotas de un náutico , marina etc impagadas .......
la mejor solución legal a mi modo de ver es.... le pones una lancha con cadenas por la proa o popa para que no pueda hacer maniobras y claro que sus cadenas las puede romper con una cizalla , pero si rompe las tuyas ...llamas a la Guardia Civil y que actué
Citar y responder
  #9  
Antiguo 09-12-2014, 23:16
Avatar de whitecast
whitecast whitecast esta desconectado
Expulsado
 
Registrado: 21-11-2007
Localización: Balears
Edad: 46
Mensajes: 3,379
Agradecimientos que ha otorgado: 1,346
Recibió 1,311 Agradecimientos en 761 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Se puede encadenar un barco en un puerto deportivo por no estar al corriente de p

Cita:
Originalmente publicado por gambon Ver mensaje
Bueno lo primero una buena ronda
Hay algunas dudas que tengo....
-En la normativa habla de Buque.... ¿un velero de 8 m tiene la consideración civil de Buque?

En la normativa internacional se habla de buque para referirse a cualquier tipo de barco, por ejemplo en el RIPA , MARPOL, en el convenio internacional del derecho del mar. Todos esos convenios hablan de buques pero se aplican también a embarcaciones.

-También habla del Crédito reclamado....yo entiendo que en este punto se refiere
a facturas de pertrechos ,combustible , etc. y que para reclamar se tendrá que presentar la correspondiente albarán debidamente sellado por el Capitán , que es la que demuestra la entrega del elemento que sea . Pero de ahí a que te presentes con unas cuotas de un náutico , marina etc impagadas ......

Créditos marítimos son los que has nombrado y muchos más entre ellos los gravámenes de los puertos. Con que el propietario de la embarcación sea el deudor ya te pueden embargar, cosa que no sucede si por ejemplo el barco es alquilado


la mejor solución legal a mi modo de ver es.... le pones una lancha con cadenas por la proa o popa para que no pueda hacer maniobras y claro que sus cadenas las puede romper con una cizalla , pero si rompe las tuyas ...llamas a la Guardia Civil y que actué

La mejor solución legal es pagar lo que se debe y no andar montando números
Citar y responder
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a whitecast
kAILOA (10-12-2014)
  #10  
Antiguo 10-12-2014, 00:18
Avatar de llanera
llanera llanera esta desconectado
Corsario
 
Registrado: 13-06-2014
Mensajes: 1,427
Agradecimientos que ha otorgado: 1,334
Recibió 764 Agradecimientos en 368 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Se puede encadenar un barco en un puerto deportivo por no estar al corriente de p

Hombre yo creo, que salvo mejor opinión, eso de colocar en un tablon en el pantalan y en los tablones del club,de manera detallada, con nombre y apellidos, las "supuestas deudas" de una persona, implicaría una denuncia, por parte de esta, ante la autoridad judicial, por vulneracion de la Ley de Protección de Datos, es lo mismo que en una comunidad de vecinos NO SE PUEDE HACER, otra cosa es colocar las "cuentas de TODA la comunidad, en este caso del Club Nautico, y en esa que figure, como no pagadas las mensualidades de determinados propietarios de pisos,amarres ctr. resumiendo, si una persona tiene una "supuesta" deuda, se le tiene que reclamar por vía judicial, y lo de "encadenarle el barco"...en fin de risa o de denuncia ante la Guardia Civil, o el Juzgado de Guardia, por retener, contra la voluntad de su legitimo dueño una propiedad privada, lo demás solo sirve para que el cara dura no pague y encima, si tiene un poco de suerte se le tenga que indemnizar, por un "atentado" contra su honor, así de sencillo, repito salvo mejor opinión fundada en derecho.
Citar y responder
  #11  
Antiguo 10-12-2014, 00:19
Avatar de whitecast
whitecast whitecast esta desconectado
Expulsado
 
Registrado: 21-11-2007
Localización: Balears
Edad: 46
Mensajes: 3,379
Agradecimientos que ha otorgado: 1,346
Recibió 1,311 Agradecimientos en 761 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Se puede encadenar un barco en un puerto deportivo por no estar al corriente de p

Analizando la normativa parece que el convenio CEPB 99 no se aplica cuando:

a) Se trata del embargo de una embarcación que arbola el pabellón del país en cuya jurisdicción se encuentra. Es decir, un barco español que está en España, y
b) Quien solicite el embargo tenga residencia en España.

Si no se aplica el convenio, hay que acudir al procedimiento regular.

Cito un artículo de NAUTICALEGAL sobre el derecho de retención:
http://www.nauticalegal.com/articulo...-embarcaciones

Cita:
III.- Derecho de retención

Dadas determinadas circunstancias, el derecho permite al acreedor marítimo la posibilidad de retener la embarcación y así presionar para que se satisfaga la deuda. El derecho foral catalán, incLuso va un poco mas lejos y si se cumplen unos requisitos el barco puede realizarse, es decir venderse, sin tener que pasar por los tribunales.

La Convención sobre privilegios marítimos antes tratada autoriza a los estados adscritos previsiones de este tipo, dando el visto bueno a los estados parte para que regulen un derecho a retención.

En España, este derecho esta previsto en ciertos casos, siendo de especial importancia en el ámbito que tratamos el derecho a retención que tiene aquel que ha realizado una obra en el barco y quien sea depositario. En cualquiera de los dos supuestos es necesario que quien retiene la embarcación sea el poseedor de buena fe de la misma. Es decir, lo que no se puede es que, para reclamar una deuda, el acreedor "asalte" la embarcación reteniéndola. Se es poseedor cuando se tiene la cosa de forma pacifica, haciéndose el poseedor responsable de la misma.

El supuesto de retención para cobrar por obras o reparaciones realizadas, se puede dar cuando un barco esta en un astillero o varadero. Evidentemente, cuando el barco está en seco es mas fácil retenerlo ya que difícilmente se lo podrá llevar el armador, además, queda mas claro que el acreedor esta en posesión del barco. En otros supuestos, con el barco a flote, no puede decirse en todos los casos que el barco este en posesión del reparador, a no ser que esté en sus propias instalaciones.

El supuesto del depositario entendemos que sería aplicable a los puertos. Conviene aclarar que para que el derecho exista, es necesario que el puerto se pueda reputar como responsable de la embarcación. En muchas ocasiones, mediante el contrato de amarre los puertos intentan declinar toda responsabilidad sobre el barco y de considerarse esa previsión válida, no sería depositario del yate y por lo tanto carecería de la posibilidad de retener.
Citar y responder
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a whitecast
kAILOA (10-12-2014)
  #12  
Antiguo 10-12-2014, 01:18
Avatar de llanera
llanera llanera esta desconectado
Corsario
 
Registrado: 13-06-2014
Mensajes: 1,427
Agradecimientos que ha otorgado: 1,334
Recibió 764 Agradecimientos en 368 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Se puede encadenar un barco en un puerto deportivo por no estar al corriente de p

En el supuesto de que el barco este en las instalaciones de un astillero, que no es el caso que nos ocupa,tampoco se podría retener, contra la voluntad del propietario, seria el acreedor el que tendría que presentar la correspondiente reclamación, por vía judicial, y que el juzgado autorizara la enajenación de ese bien, de lo contrario estaríamos ante la realización arbitrario del propio derecho, articulo 455 del C.P.,con las consecuencias penales que esto acarrearía, las cosas no son tan sencillas, aunque a veces lo parezcan una para todos...bueno menos para el cara dura que no paga ja,ja
Citar y responder
  #13  
Antiguo 12-12-2014, 22:05
Avatar de TAMAMOANA
TAMAMOANA TAMAMOANA esta desconectado
El aprendiz
 
Registrado: 27-10-2006
Edad: 54
Mensajes: 9,000
Agradecimientos que ha otorgado: 4,182
Recibió 3,100 Agradecimientos en 1,639 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Se puede encadenar un barco en un puerto deportivo por no estar al corriente de p

Cita:
Originalmente publicado por toni.cnco Ver mensaje
Pueden encadenarte un barco prohibiendo el desamarre de un puerto deportivo por falta de pago?
La respuesta es fácil SI

Otra cosa es que sea legal y para eso los cofrades están aportando sus opiniones, pero poder, pueden, porque lo hacen.

Venid a mi pueblo y vereis más cadenas que anclas

__________________
La vida es aquello que te va sucediendo mientras tú te empeñas en hacer otros planes.
Citar y responder
  #14  
Antiguo 13-12-2014, 01:31
Avatar de genoves
genoves genoves esta desconectado
El Quisqueyano
 
Registrado: 29-02-2008
Localización: Mar Adentro
Edad: 60
Mensajes: 5,163
Agradecimientos que ha otorgado: 4,682
Recibió 2,899 Agradecimientos en 1,116 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Se puede encadenar un barco en un puerto deportivo por no estar al corriente de p

SIEMPRE ME HAN PARECIDO SOCIALÓGICAMENTE CURIOSOS ESTOS HILOS EN LOS QUE UN COFRADE ABRE UN DEBATE CON UNA SOLA FRASE, PREGUNTA GENERALMENTE, Y NO VUELVE A APARECER YA JAMÁS, NI EXPLICAR POR QUÉ LO PREGUNTA, MIENTRAS EL RESTO DE LOS PARROQUIANOS DAMOS NUESTRA OPINIÓN, MÁS O MENOS FORMADA.

ESTA TABERNA MERECE UNA TESINA EN UNA FACULTAD.

__________________
'NAVEGAR NO ES UN LUJO, ES UN DERECHO'
Citar y responder
  #15  
Antiguo 13-12-2014, 17:46
Avatar de Chief Salamander
Chief Salamander Chief Salamander esta desconectado
Grumete Pirata
 
Registrado: 27-03-2012
Localización: 5
Mensajes: 10
Agradecimientos que ha otorgado: 1
Recibió 3 Agradecimientos en 3 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Se puede encadenar un barco en un puerto deportivo por no estar al corriente de pago

Una ronda para todos a mi cuenta. Por seguir con el tema, el convenio sobre embargo se aplica a buques extranjeros, pero en el Real decreto que acompañó su entrada en vigor extiende la aplicación de su régimen a supuestos internos. En cualquier caso, y sin perder de vista que la nueva ley de navegación determina la aplicación de la medida a embarcaciones (<24 m) , el embargo es una medida cautelar que tiene que ser decretada por un juez previa solicitud del acreedor.No puede ser ejercitada unilateralmente por el supuesto acreedor encadenando nada (y Los puertos deportivos que yo sepa no tienen derecho de retención para asegurar el cobro de cantidades adeudadas). Un saludo,
ChS


Enviado desde mi yate en Maldivas
Citar y responder
  #16  
Antiguo 13-12-2014, 22:59
Avatar de TAMAMOANA
TAMAMOANA TAMAMOANA esta desconectado
El aprendiz
 
Registrado: 27-10-2006
Edad: 54
Mensajes: 9,000
Agradecimientos que ha otorgado: 4,182
Recibió 3,100 Agradecimientos en 1,639 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Se puede encadenar un barco en un puerto deportivo por no estar al corriente de p

Ni aunque explícitamente lo contemplen los estatutos del puerto

Artículo 37.- En el caso de impago de cualquiera de los servicios prestados el Club podrá retener
la embarcación propiedad del usuario hasta el pago de los servicios. Para esta retención el Club
podrá varar la embarcación a seco, siendo los gastos que se generen a cuenta del propietario.



__________________
La vida es aquello que te va sucediendo mientras tú te empeñas en hacer otros planes.
Citar y responder
  #17  
Antiguo 14-12-2014, 16:53
Avatar de LSV
LSV LSV esta desconectado
Hermano de la costa
 
Registrado: 09-04-2008
Mensajes: 6,791
Agradecimientos que ha otorgado: 3,104
Recibió 3,801 Agradecimientos en 1,697 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Se puede encadenar un barco en un puerto deportivo por no estar al corriente de p

Así que aún habrá que agradecerles que te pongan la cadena, que es más barato que subir el barco a tierra y que te cobren grúa y estacionamiento.
__________________
LSV - BARCO KAU-BÉ.
"La información errónea es peor que la ignorancia pues se sigue ignorante y además engañado" (LSV).

MMSI: 261000743

VER Mi canal en YOUTUBE
VER TODOS MIS DISEÑOS 3D
Citar y responder
Responder Ver todos los foros en uno

Bandera de Polonia


Reglas del foro
No puedes crear discusiones
No puedes responder a mensajes
No puedes editar tus adjuntos
No puedes editar tus mensajes

BB code está activado
Emoticonos está activado
El código [IMG] está activado
El código HTML está desactivado
Ir a


Todas las horas son GMT +1. La hora es 03:14.


Powered by vBulletin® Version 3.7.0
Copyright ©2000 - 2026, Jelsoft Enterprises Ltd.
© La Taberna del Puerto