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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola a todos y Estrella Galicia muy fria para todo el mundo..
![]() ![]() ![]() Mi pregunta es la siguiente..... Se ha apalabrado el barco de mi amigo (en Galicia) a un comprador de Andalucia. El comprador ha hablado conmigo y yo le he enseñado fotos y reportajes del barco......y hemos llegado a un acuerdo en el precio (siempre con el beneplacito del propietario) El problema es que el comprador no puede venir a Galicia......y propone pagar la mitad ahora y cuando el transporte se lo lleve al Sur y llégue....pagar la otra mitad, y entonces nosotros procederiamos a enviarle la documentacion. Que os parece? Que papeles hacen falta? Está bien así? Habrá otra forma para hacerlo? Por favor orientarme un poco..... ![]() ![]() ![]()
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#2
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Hay muchos timos de compradores que pretenden comprar sin ver el barco.
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javino (03-06-2015) | ||
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#3
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Gracias...tienes mucha razon....pero no es el caso.
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#4
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A mi intentaron comprarme un apartamento por fotos. Un extranjero. Me mandaba 3/4 partes del dinero... sin verlo.
No me gusto el tema. No se por donde me iban a venir los dolores de cabeza, pero seguro que iban a venir. No hice nada. Tanta amabilidad me confunde... ![]() |
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javino (03-06-2015) | ||
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#5
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Enfoque mal la pregunta.....nosotros nos fiamos del comprador (forero de otro foro nautico)....
Lo que buscamos...es una formula justa para hacer la compra-venta.
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#6
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La formula justa serían unas arras en concepto de reserva. Si se lo queda paga el resto y si no las pierde, te quedas el dinero por haber tenido el barco inmobilizado ese tiempo y ya esta.
Ahora bien. Si en ese tiempo, se incendia el barco o se hunde, que haces?? Le devuelves las arras o no. Mira bien lo que haces. Que coja un vuelo, vea el barco, lo pague y se haga cargo del amarre, seguro, mantenimiento, etc. |
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javino (03-06-2015) | ||
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#7
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Mi aventura rodeando la península en solitario: http://veleroskorpyo.blogspot.com/ |
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javino (05-06-2015) | ||
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#8
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Pero cuando te planteas dudas es porque algo "no está claro" ¿verdad?; pues justo eso que pensáis es lo que tienes que aclarar con el comprador. Quizá un contrato de compra venta en una "notaría" con fotos, detalles, etc y firmada en otra de su ciudad, junto con un talón, aval bancario, depósito o similar, sería lo más fácil de defender. Está claro que comprar un barco de segunda mano sin verlo y en España comprador y vendedor......como poco suena raro |
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#9
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Como dicen por Galicia: "amiguiños si, pero a vaquiña polo que vale!" Mejor que tu amigo cobre la totalidad y tenga el contrato firmado antes de enviar nada. ![]() ![]()
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javino (05-06-2015) | ||
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#10
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javino (03-06-2015) | ||
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#11
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javino (03-06-2015) | ||
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#12
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Pregunta a enricacion a ver que opina, tuvo un hilo que superaba al de Italia.
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...ad.php?t=41578 ![]() ![]()
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no hay viento favorable para quien no tiene puerto de destino (Socrates) Lo que posees acabará poseyéndote (el club de la lucha) |
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#13
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Buenas noches
solo por opinar no soy experto pero pienso q si hay confianza todo se puede arreglar primero se contrata a un surveyor por el comprador si da el ok se paga todo y trato cerrado -se vende con reserva de dominio hasta el pago total del barco -lo mas logico se sube uno a galicia un fin de semana se ve el barco se come una mariscada y lo paga amos digo yo q no es mas complicado q lo q uno lo quiera hacer ![]() ![]() ![]() |
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javino (03-06-2015) | ||
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#14
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Primero, no te fíes ni de tu padre, esto me lo decía el mio, segundo yo compre un barco en Menorca y por supuesto fui a la isla a verlo y después de varios tiras y afloja lo compre pagando el precio, no se te ocurra enviar el barco sin que te paguen el total, piensa que en España la compraventa es el título y la posesión en el momento que tenga la posesión la has fastidiado, no se te ocurra, un saludo, consejo de un picapleitos malo.
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javino (03-06-2015) | ||
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#15
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Yo compré mi barco a distancia, pero a una distancia mucho menor (300 kilómetros), con lo cual pude acercarme a verlo y conocer en persona al vendedor. Me pareció una persona digna de confianza, así que no tuve problema en hacerle una transferencia con una paga y señal. Luego firmamos un contrato de compraventa (yo lo redacté, firmé dos copias y se las envié por correo. Él las firmó, se quedó una y me devolvió la otra).
Con las copias ya firmadas, liquidé impuestos, le transferí el precio del barco y él se ocupó de poner la documentación del barco a mi nombre. Y ya con los papeles a mi nombre, bajé a buscarlo y me lo traje navegando. |
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#16
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Carta de pago. Aval bancario... etc. Si no puede ir a ver el barco no hay problema pero el dinero si puede viajar y que no salga el barco de su cama si el dinero no ha viajado o se encuentra garantizado el cobro.... que luego a 1000km es difícil mandar el barco de vuelta
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Hemos recorrido más de 100.000 Li de inmensas superficies marinas y en el océano hemos visto olas gigantescas, que se elevaban al cielo como montañas... nuestros ojos han visto regiones bárbaras y remotas, ocultas por una niebla azul e impenetrable. Mientras nuestras velas, desplegadas cual nubes, seguían su curso, raudo como el de una estrella. Zheng He (1371-1435) |
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javino (05-06-2015) | ||
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#17
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Contrato ligado a un depósito bancario (escrow en inglés). Es típico en la compra de barcos en otros países. No inicias ningún trámite hasta que el comprador no haga el depósito bancario. El dinero no se transfiere al vendedor hasta que no haya entregado el barco y los papeles de propiedad.
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javino (05-06-2015) | ||
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#18
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#19
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Creo que al final el comprador....va a pagar la totalidad del barco cuando la empresa de transporte que ha contratado venga para llevárselo.
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#20
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Yo lo del depósito bancario creo que es lo mas justo para todos.
Si no hay barco, no hay dinero y no hay dinero si no hay barco ![]() ![]()
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Hay un mismo amanecer para todos, pero distintas formas de ver el horizonte. Socio de ANAVRE https://veleroironia.blogspot.com/ |
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javino (05-06-2015) | ||
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#21
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Buenas a todos y rondas a discreccion.
Yo lo compre a 650 Km y claro que fui a verlo. Una vez decidido, lo pague a distancia, firme a distancia y me lo trajo un profesional. No se el importe de la venta. Pero si el comprador contrata a un experto que inspeccione el barco y le emita un informe ( para eso le paga, no el el broker que le vende) puede pagar tranquilo la totalidad del barco. con el contrato firmado y el precio pagado, el barco es suyo. Igual que va a pagar alguien que se lo lleve, se paga a alguien que se lo compre, que va a ser mas barato. En el comercio internacional se utilizan las remesas documentarias. Le mando la documentacion al banco y si el otro no paga en ese momento no le dan los papeles y no puede sacar el contenedor del puerto. Me parece un poco complicado estando en España ambas partes. se gasta un fin de semana, por lo menos para verlo. y se disfruta Galicia, que lo merece. |
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javino (05-06-2015) | ||
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#22
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No entiendo que para la compra de un barco, previsiblemente usado, el comprador no encuentre un sólo momento para reconocerlo en detalle antes de dar su consentimiento a la venta.Recuerda al órdago del que se ha comprado un barco sin querer....
Aun así, si el probema recae en que el vendedor no quiere enviar el barco antes de haber cobrado,y el comprador no quiere pagarlo entero sin tener la seguridad de que se le entrega, lo que yo haría como vendedor es obligar al comprador a reconocer que su decisión es firme, que está al corriente de su estado de usado y de las características esenciales del barco, que se le ha ofrecido la posibilidad de reconocerlo en detalle y la ha renunciado, que reconoce que el precio es el adecuado al modelo, antiguedad y equipamiento inventariados, y que renuncia en cualquier caso de forma expresa a nada pedir ni reclamar por vicios ni defectos. Seguidamente establecería a cargo de quien y a riesgo de quién se realiza el transporte, y finalmente le obligaría a aperturar una carta de crédito documentario estipulando que en el mismo momento en que el mismo transportista entergue a la oficina del Banco emisor de la misma el certificado de entrada del barco en el puerto de destino (que a buen seguro puede firmar la capitanía del puerto)junto a la documentación del barco, la sucursal de la misma entidad emisora de la carta de crédito establecida en el domicilio del vendedor le hará el ingreso en cuenta, o la transferencia, o le entregará el cheque al vendedor por el montante de la carta de crédito. Abierta la carta de crédito a favor del vendedor, su cobro ya no depende del comprador sinó del Banco. Creo que no hace ni falta aclarar que todo lo que antecede debe ser el contenido de un contrato de compraventa, al que la carta de crédito debe quedar anexada por copia y el ejemplar original en poder del beneficiario, ésto es de tu amigo, el vendedor. Si la descondianza alcanza a la legitimidad de las firmas, el contrato se puede celebrar en escritura pública simultaneamente en una notaría de las respectivas residencias de las partes, y cada Notario autorizante da fe de la identidad y capacidad de obrar del firmante a su presncia, dando fe seguidamente de la recpción del otro ejemplar que le encía su colega. En realidad todo ello mucho más complicado que no encontrar el moemento el comprador de desplazarse a reconocer el barco,y cerrar la compraventa a presencia del vendedor. Saludos y suerte en la transacción ![]() |
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